Etiqueta: subvención

  • Ayudas MOVEA – Adquisición de vehículos

    Ayudas MOVEA – Adquisición de vehículos

    Se ha publicado en el BOE 285 de 28 de noviembre el Real Decreto 1078/2015, de 27 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2016, MOVEA.

    BENEFICIARIOS:
    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este programa:

    1. Los profesionales autónomos, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
    2. Las personas físicas mayores de edad residentes en España no incluidas en el apartado a).
    3. Las empresas privadas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otros tipos de personas jurídicas tal que su Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W. Y administraciones públicas (en determinadas condiciones)

    No podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este programa los puntos de venta de vehículos ni los concesionarios.

    Las subvenciones de solicitudes realizadas al Plan MOVEA, se destinarán a la adquisición directa o a la adquisición por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (también llamado leasing operativo) de vehículos nuevos.

    También se aplicarán a la adquisición de vehículos eléctricos de hasta seis meses de antigüedad, exceptuando las bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico, desde la primera matriculación hasta la solicitud de las ayudas, cuya titularidad deberá ostentarla un concesionario, punto de venta o fabricante/importador del vehículo, en cuyo caso el vehículo deberá haber sido adquirido por el punto de venta como vehículo nuevo al fabricante o importador.

    En cualquier caso, el vehículo susceptible de ayuda deberá estar matriculado en España y pertenecer a alguna de las categorías que se detallan, en determinadas condiciones:
    a) Turismos M1
    b) Autobuses o autocares M2
    c) Autobuses o autocares M3
    d) Furgonetas o camiones ligeros N1
    e) Furgones o camiones ligeros N2.
    f) Furgones o camiones N3
    g) Cuadriciclos ligeros L6e:
    h) Cuadriciclos pesados L7e
    i) Motocicletas L3e, L4e, L5e
    j) Bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico nuevas.

    Real Decreto 1078/2015, de 27 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2016, MOVEA.

  • Ayudas e Incentivos Nacionales para empresas aragonesas

    Ayudas e Incentivos Nacionales para empresas aragonesas

    Información actualizada a: 16/05/2016.

    La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa presenta la Guía Dinámica de Ayudas e Incentivos Nacionales para empresas.

    Contiene información sobre ayudas e incentivos con plazo de solicitud abierto en la C.A de Aragón.

    20160406_GuiaAyudasAragon

    Fecha de actualización: 16/05/2016.

  • Subvenciones. Promoción de la salud y Prevención de la enfermedad

    Subvenciones. Promoción de la salud y Prevención de la enfermedad

    ORDEN de 30 de octubre de 2015, del Consejero de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones de salud pública para entidades sin ánimo de lucro que desarrollen programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad para el año 2015.

    ORDEN de 30 de octubre de 2015 (BOA 12/11/2015)

  • Subvenciones. Emprendimiento Social

    Subvenciones. Emprendimiento Social

    Subvenciones para la creación y consolidación de proyectos de Emprendimiento Social.

    Zaragoza Dinámica.

    Las solicitudes, dirigidas a la Presidencia de Zaragoza Dinámica, deberán presentarse en el Registro de dicho organismo, sito en calle Albareda, 4 (planta 2.ª), 50004 Zaragoza, en horario de 9:00 a 14.00, o por cualquiera de los medios previstos en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Convocatoria en BOPZ nº253, de 03/11/2015

  • Subvenciones. Emprendedores de Ejea de los Caballeros

    Subvenciones. Emprendedores de Ejea de los Caballeros

    BASES DE LAS SUBVENCIONES EN MATERIA DE APOYO A PERSONAS EMPRENDEDORAS DEL MUNICIPIO DE EJEA DE LOS CABALLEROS, AÑO 2015

    EL EXCMO.  AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS aprobó mediante DECRETO DE ALCALDÍA de fecha 6 de octubre 2015 las bases que han de regir la convocatoria de las subvenciones en materia de apoyo a personas emprendedoras del municipio de Ejea de los Caballeros en el año 2015
    BOP Z núm 241 de fecha 20 de octubre de 2015

    OBJETO

    El objeto de las presentes bases es apoyar e impulsar las iniciativas emprendedoras y de creación de empleo en la localidad, apoyando económicamente el inicio de actividad de trabajadores y trabajadoras autónomas y micropymes con sede social en Ejea de los Caballeros

    El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ y finalizará el 15 de noviembre de 2015

    Fuente: IAF (Instituto Aragonés de Fomento)
    Más información:
     http://www.iaf.es/admin/ayudas/ver.php?id=279

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