Etiqueta: subvención

  • Subvenciones para la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

    Subvenciones para la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

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    Extracto de la Orden EIE/995/2018, de 31 de mayo, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, modificada por Orden EIE/210/2018, de 5 de febrero.

    La finalidad de estas subvenciones es incentivar la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan por medio de esta orden las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos, las entidades privadas sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes y las sociedades civiles que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que contraten a trabajadores con discapacidad, siempre que no concurra ninguna causa de exclusión expresa de las previstas en su artículo 3 y se reúnan los requisitos y condiciones establecidos en el Capítulo II de la citada orden.

    Bases reguladoras

    Las bases para la concesión de estas subvenciones son las que se establecen en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento del empleo por cuenta ajena de las personas con discapacidad. (Ver BOA)

    Plazo

    Un mes a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador que da derecho a subvención. En caso de transformación de contratos temporales, el plazo de un mes se contará a partir de la fecha de inicio del contrato indefinido.

    Las subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo ocupados por trabajadores con discapacidad previstas en los artículos 10 y 11.1.b) de la citada Orden EIE/608/2016, podrán solicitarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato y, en todo caso, en el plazo de un mes desde el pago de la correspondiente adaptación.

    No obstante, para aquellos supuestos subvencionables que, encontrándose dentro del ámbito temporal de la presente convocatoria, se hubieren producido con anterioridad a la publicación de la misma, el plazo de un mes para la presentación de solicitudes se contará a partir de dicha entrada en vigor.

  • Subvenciones para pymes, autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza en 2018 para luchar contra la despoblación

    Subvenciones para pymes, autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza en 2018 para luchar contra la despoblación

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    EXTRACTO del decreto núm. 1.468, de fecha 4 de junio de 2018, de la Presidencia, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para pymes, autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza en 2018 para luchar contra la despoblación.

    Beneficiarios

    • Pymes y autónomos que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
    • Asociaciones y fundaciones que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
    • Organizaciones empresariales y sindicales que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza.

    Finalidad

    El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para las pequeñas y medianas empresas (pymes), trabajadores autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza referidas a gasto corriente y/o inversión, cuyo objeto sea la creación de nuevos empleos o el mantenimiento de los ya existentes y se desarrollen en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.

    Cuantía

    A) Importe de 500.000 euros, susceptible de ampliarse hasta un límite de 500.000 euros de importe adicional mediante la pertinente modificación presupuestaria en su caso, cuyos créditos iniciales y su distribución se realiza, con carácter estimativo, de la siguiente manera:

    1. Pymes y autónomos:

    • 275.000 euros destinados a financiar inversiones mediante transferencias de capital que se materializarán en la creación y el mantenimiento del empleo, subvencionando aquellas iniciativas de inversión en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
    • 56.250 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.

    2. Asociaciones y fundaciones:

    • 25.000 euros destinados a financiar inversiones mediante transferencias de capital, que se materializarán en la creación y el mantenimiento del empleo, subvencionando aquellas iniciativas de inversión en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
    • 18.750 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes, que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.

    3. Organizaciones empresariales y sindicales:

    • 125.000 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes, que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.

    B) El importe máximo subvencionable es de 30.000 euros teniendo en cuenta lo siguiente:

    1.º Para los gastos en inversión, la cuantía máxima individual a solicitar y conceder no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto y, en cualquier caso, la cuantía máxima a otorgar con cargo a esta convocatoria, no superará la cantidad de 24.000 euros.

    2.º Para los gastos corrientes, la cuantía máxima individual a solicitar y conceder no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto y, en cualquier caso, la cuantía máxima a otorgar con cargo a esta convocatoria, no superará la cantidad de 6.000 euros. No obstante, en el caso de organizaciones empresariales y sindicales, al subvencionarse únicamente gasto corriente, la cuantía máxima a otorgar no superará la cantidad de 30.000 euros.

    Plazo

    El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 11 de julio.

  • La DGA invita a las empresas del sector de la automoción a que manifiesten su interés en acceder a la futura línea de ayudas dirigida a proyectos de innovación

    La DGA invita a las empresas del sector de la automoción a que manifiesten su interés en acceder a la futura línea de ayudas dirigida a proyectos de innovación

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    ORDEN EIE/922/2018, de 28 de mayo, por la que se invita a empresas del sector de la automoción para que manifiesten su interés de acceder a una línea de ayudas para realizar en Aragón proyectos empresariales con desarrollo experimental y/o investigación industrial relativos al vehículo eléctrico.

    El Gobierno de Aragón quiere convertir a la Comunidad Autónoma en  un referente de la movilidad del futuro, tanto en fabricantes de vehículos como en sistemas de recarga, y continuar con el impulso al vehículo eléctrico cuyo inicio ha venido marcado por la adjudicación del Corsa eléctrico a la planta de Opel de Figueruelas (Zaragoza). El objetivo es convertir a Aragón en uno de los centros neurálgicos del vehículo eléctrico en España a corto plazo, haciéndolo atractivo para que otras empresas se instalen, aprovechando su posición estratégica y su carácter pionero en energías renovables.

    Por ello, el Departamento de Economía, Industria y Empleo invita a las empresas del sector de la automoción para que manifiesten su interés de acceder a una línea de ayudas para realizar en Aragón proyectos empresariales que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial, o estudios de viabilidad previos a los proyectos citados, relativos al vehículo eléctrico.

    Beneficiarios

    Las empresas deben estar radicadas y desarrollar o ir a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se entiende por radicada en Aragón la empresa que tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento, o solicite ayuda para un nuevo establecimiento, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Características de los proyectos

    Los proyectos empresariales que se presenten, bien por parte de una empresa individual o por varias empresas en cooperación, deben incluir una parte de desarrollo experimental y/o investigación industrial, o estudios de viabilidad previos a los proyectos citados, relativos al vehículo eléctrico.

    Se entenderá por investigación industrial, desarrollo experimental y estudio de viabilidad las definiciones incluidas en el artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

    La dimensión mínima de los proyectos debe ser superior a los 3 millones de euros, siendo gasto elegible, a efectos de la futura convocatoria, el destinado a desarrollo experimental y/o investigación industrial. En el caso de los estudios de viabilidad, podrán optar aquellos que den lugar a proyectos superiores a 3 millones de euros.

    Los proyectos deberán ser ambiciosos y proponer innovaciones disruptivas, por lo que se podrá establecer la colaboración efectiva con organismos de investigación a través de la cual se definan proyectos con objetivos innovadores más amplios y con mayor riesgo tecnológico.

    Condiciones de participación

    La participación en este procedimiento, los posibles contactos mantenidos con los participantes o los intercambios de información producidos en el seno de este procedimiento no podrán dar lugar a infracciones de los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, ni tener como efecto restringir o limitar la competencia, ni otorgar ventajas o derechos exclusivos.

    La participación en este procedimiento no otorgará derecho ni preferencia alguna respecto de las convocatorias de subvenciones que puedan realizarse con posterioridad en el ámbito del objeto de esta resolución.

    La participación en esta convocatoria no conlleva por parte de la Administración ninguna obligación de financiación o aceptación de las propuestas presentadas.

    Los costes derivados de esta participación correrán a cargo de los interesados.

    Plazo

    El plazo de presentación será de tres meses desde la fecha de publicación de esta orden en el “Boletín Oficial de Aragón”.

    Modelo manifiesto

  • Subvenciones para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo

    Subvenciones para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo

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    EXTRACTO de la Orden EIE/822/2018, de 17 de mayo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones para la promoción de la prevención de riesgos laborales frente a los riesgos psicosociales en el trabajo.

    MODIFICACIÓN POSTERIOR: Extracto de la Orden EIE/1404/2018, por la que se modifica la Orden EIE/822/2018, de 17 de mayo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones para la promoción de la prevención de riesgos laborales frente a los riesgos psicosociales en el trabajo.

    Beneficiarios

    • Tendrán la condición de beneficiarios, las empresas y entidades sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas, realicen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y lleven a cabo alguna de las acciones subvencionables señaladas en esta orden.
    • Las empresas y entidades beneficiarias, deberán cumplir con los requisitos generales siguientes:
      a) Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
      b) Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.
    • Los beneficiarios deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Hacienda del Estado, la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social, así como no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma ni ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.
    • Las empresas y entidades beneficiarias deberán acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de residuos.

    Acciones subvencionables

    • Programa de formación en liderazgo y comunicación destinado a trabajadores de las empresas o entidades que ocupen mandos intermedios.
      Objetivo: Potenciar el liderazgo y las estrategias comunicativas de los mandos intermedios, complementando sus conocimientos con contenidos prácticos de formación directiva y de comunicación.
      – Acciones formativas dirigidas a los mandos intermedios, con la finalidad de dotarlos de recursos y herramientas apropiadas, que permitan una correcta transmisión de información a sus equipos de trabajo y, que contribuyan a mejorar la calidad de las relaciones laborales y la productividad de la empresa.
      – Se incluirá talleres prácticos para la obtención de habilidades de liderazgo y comunicación, que supondrán como mínimo un 50 % de las acciones formativas.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.
    • Intervención y medidas que mejoren las condiciones de trabajo y beneficien la promoción de la salud de los trabajadores de las empresas del sector medios de comunicación audiovisuales y prensa escrita.
      Objetivo: Sensibilizar e incrementar la cultura preventiva de los trabajadores pertenecientes a este sector, dotándoles de herramientas que les permitan gestionar los factores de riesgo psicosocial.
      – Acciones formativas dirigidas a directivos, mandos intermedios y trabajadores pertenecientes al sector que faciliten el conocimiento de las herramientas o medidas que pueden establecer para la mejora de la seguridad y salud laboral.
      – Se incluirá talleres prácticos para la obtención de habilidades de liderazgo y comunicación, que supondrán como mínimo un 50 % de las acciones formativas.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.
    • Análisis sobre los riesgos psicosociales en las empresas del sector “call center”.
      Objetivo: Examinar los posibles factores de riesgo psicosocial, a los que se pueden enfrentar los trabajadores pertenecientes al sector “call center”.
      – Estudio y análisis de los factores de riesgos psicosociales de los trabajadores de este sector.
      – Recursos humanos del sector: características, perfiles, necesidades.
      – Diseño de intervenciones y medidas que mejoren las condiciones de trabajo y beneficien la promoción de la salud laboral de estos trabajadores.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.
    • Análisis de los factores de riesgo psicosocial de la población juvenil ante la incorporación al mercado de trabajo.
      Objetivo: Analizar y evaluar las competencias clave, así como el grado de conciencia y conocimiento de los jóvenes en materia de prevención e intervención relacionada con la prevención primaria de los riesgos psicosociales en su incorporación al mercado laboral. Sensibilizar y formar en prevención de riesgos psicosociales y planificar acciones para este colectivo.
      – Estudio de fuentes documentales y análisis experimental que permita una evaluación del estado de percepción de los riesgos psicosociales en los jóvenes y su influencia en la satisfacción laboral y la eficacia profesional.
      – Planificación y desarrollo de la acción formativa, conclusiones y difusión de los resultados.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros

    Plazo

    El plazo para la presentación de la solicitud será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”, y, deberá ir acompañada de la documentación que se indica en el apartado noveno de la presente convocatoria. El solicitante de la subvención deberá ser la empresa, entidad o representante legal y se presentará en modelo normalizado según anexo I de esta orden, que estará disponible en la página web del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón.

  • Presentación de las ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables

    Presentación de las ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables

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    Con motivo de la publicación de la ORDEN EIE/821/2018, de 17 de mayo, por la que se convocan para el año 2018, ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el BOA del viernes 25 de mayo, el Gobierno de Aragón va a realizar presentaciones de dicha convocatoria en Teruel, Huesca y Zaragoza.

    TERUEL

    Día: 4 de junio de 2018, lunes.
    Hora: 16:00
    Lugar: Salón de Actos. Edificio Carmelitas C/ San Francisco, 1, Teruel

    HUESCA

    Día: 5 de junio de 2018, martes.
    Hora: 16:00
    Lugar: Salón de Actos. Edificio de Servicios Múltiples. Plaza Cervantes, 1, Huesca

    ZARAGOZA

    Día: 6 de junio de 2018, miércoles.
    Hora: 16:00
    Lugar: Sala Jerónimo Zurita. Edificio Pignatelli, puerta 19 planta baja Paseo María Agustín, 36, Zaragoza

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