Etiqueta: subvenciones

  • Subvenciones para la realización de actividades de dinamización y promoción comercial en el año 2018

    Subvenciones para la realización de actividades de dinamización y promoción comercial en el año 2018

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    EXTRACTO de la resolución de la M.I. Presidencia del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza de fecha 9 de octubre de 2018 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades de dinamización y promoción comercial en el año 2018.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias de la presente convocatoria las asociaciones comerciales, siempre que más del 50% de sus miembros sean empresarios o autónomos que desarrollen su trabajo en empresas del sector comercial en cualquiera de sus tipos (minorista, detallista o ambulante), que, reuniendo los requisitos generales establecidos en la Ordenanza General Municipal sobre Subvenciones, presenten un proyecto conforme a las cláusulas de esta convocatoria.

    Podrán ser objeto de subvención los proyectos que se desarrollen íntegramente en el término municipal de Zaragoza encaminados a la realización de acciones para la promoción y dinamización del comercio de la zona y el desarrollo de las líneas del Plan de apoyo al comercio de proximidad, según lo establecido en la cláusula cuarta. En ningún caso la cuantía de la subvención que se conceda sobrepasará el importe solicitado por la asociación indicado en el anexo I de esta convocatoria.

    El proyecto presentado por la asociación comercial solicitante podrá contar para su desarrollo con la colaboración activa de una o más asociaciones de vecinos; asimismo, podrá contar con la colaboración de otras asociaciones comerciales. La colaboración entre la asociación comercial solicitante, las asociaciones de vecinos (como mínimo una) y, en su caso, las otras asociaciones comerciales, se denominará en adelante “Partenariado”. Este partenariado deberá quedar reflejado en un acuerdo escrito de colaboración firmado entre las diferentes asociaciones participantes en el proyecto.

    Si el proyecto presentado se instrumenta a través de un partenariado, todas las asociaciones de este partenariado deberán desarrollar su actividad en el término municipal de Zaragoza, tener su sede en Zaragoza y estar inscritas en el censo municipal de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza. Todas las asociaciones del partenariado deberán haber justificado las subvenciones de años anteriores otorgadas por el Ayuntamiento de Zaragoza y Zaragoza Dinámica, manifestada favorablemente la conformidad a las mismas por el órgano municipal competente.

    Cuantía

    La cuantía máxima prevista para esta convocatoria asciende a 270.000 euros, que podrá ser atendida con aplicación a la partida presupuestaria 2018.06-2411- 48013-Plan local de comercio, del presupuesto del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica).

    La cantidad mínima a otorgar a cada beneficiario será de 2.000 euros, quedando excluidos aquellos proyectos cuyo importe no alcance la citada cantidad una vez aplicados los criterios de valoración establecidos en la cláusula decimoquinta.

    La cantidad máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el 80% del presupuesto del proyecto presentado, con el límite de 15.000 euros, o, en su caso, el límite del presupuesto disponible.

    El solicitante deberá presentar una previsión del gasto corriente a realizar entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018, incluyendo el gasto corriente ya realizado a la fecha de presentación de la solicitud.

    La cuantía de la subvención vendrá determinada por el importe de gasto corriente presentado en la solicitud (según párrafo anterior) y por los coeficientes del cálculo que se obtenga en función del número final de beneficiarias y las puntuaciones obtenidas por estas.

    Plazo

    El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ.

  • Subvenciones para acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades

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    EXTRACTO de la Orden EIE/1396/2018, de 23 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados, que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades.

    La orden tiene como objeto convocar, para el ejercicio 2018, las subvenciones públicas del Programa de Formación con Compromiso de Contratación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria:

    Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.

    Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en la fecha de presentación de la solicitud, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón y que efectuarán la contratación. En este caso, será la entidad de formación beneficiaria quién asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.

    De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas jurídicas (empresas o entidades) que, aún careciendo de personalidad jurídica, se comprometan a desarrollar la formación y realizar las contrataciones requeridas, asumiendo cada miembro de dicha agrupación el compromiso de contratar un porcentaje determinado del alumnado hasta completar el porcentaje y los periodos mínimos de contratación exigidos.

    Cuantía

    La financiación para la realización de las actuaciones objeto de esta convocatoria asciende a un millón doscientos cincuenta mil euros (1.250.000 €), seiscientos veinticinco mil euros corresponden al ejercicio presupuestario 2018 y seiscientos veinticinco mil euros al ejercicio presupuestario 2019.

    Plazo

    La solicitud podrá presentarse desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, y hasta el día 15 de noviembre de 2018.

  • Subvenciones del Plan Renove Aragón 2018

    Subvenciones del Plan Renove Aragón 2018

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    EXTRACTO de la Orden EIE/895/2018, de 23 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2018 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.

    Beneficiarios

    • Serán beneficiarios de las ayudas, las personas físicas. Estas personas se acogerán al régimen de ayudas a través de los comercios o empresas instaladoras adheridas al Plan Renove Aragón 2018.
    • Los compradores de un aparato o equipo serán considerados beneficiarios finales de las ayudas y los establecimientos adheridos, comercios e instaladores, serán considerados beneficiarios directos del Plan, dado que se les abonará a estos últimos la ayuda que habrán trasladado al beneficiario final mediante la aplicación del correspondiente descuento en el precio de compra.

    Cuantía

    • La cuantía total de ayuda prevista para esta convocatoria es de 1.300.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15050/7311/780160 91002, denominada Plan Renove, de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2018.
    • Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar será de una cantidad fija por cada tipo de aparato o equipo, a descontar en el precio de la compra. Dichas cuantías son las siguientes:
      Frigorífico, frigorífico € congelador (c.e.) A++ : 120€
      Frigorífico, frigorífico € congelador (c.e.) A+++: 160€
      Congelador (c.e.) A++: 85€
      Congelador (c.e.) A+++ : 100€
      Lavadora (c.e.) A++: 110€
      Lavadora (c.e.) A+++: 150€
      Lavavajillas (c.e.) A++: 110€
      Lavavajillas (c.e.) A+++: 150€
      Horno clase energética A+ o superior: 85€
      Encimera de inducción total: 100€
      Encimera de gas: 50€
      Aparatos de aire acondicionado con clasificación energética A+ o superior y al menos A en calefacción, función de las siguientes potencias en kW (Pf):
      pf< 5 kW: 150€
      5 <=Pf<10 kW: 200€
      10 <= Pf<=12 kW: 250€
      Calderas de condensación con clasificación energética A+ o superior, de gas natural o GLP con potencia máxima, inferior a 70 kW y de baja emisión NOx (Clase 5): 350€
    • La cuantía de ayuda, en ningún caso podrá ser superior al 25 % del coste de los aparatos o equipos correspondientes (IVA no incluido).

    Adhesión de los establecimientos comerciales y empresas instaladoras al Plan Renove 2018

    Los establecimientos y empresas instaladoras que deseen participar en el “Plan Renove Aragón 2018”, deberán obtener la condición de establecimiento adherido. Para ello, deberán presentar solicitud de adhesión debidamente cumplimentada y firmada por el interesado según el modelo que se reproduce como anexo I de la orden convocatoria, a través de la web de la campaña: www.renovearagon.com, acompañando a dicha solicitud, la documentación justificativa que se recoge en el anexo III de la convocatoria.

    Plazo

    Con carácter general, el plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día de la entrada en vigor de esta orden hasta el momento en que se produzca el agotamiento de las disponibilidades presupuestarias existentes, destinadas al efecto y, en todo caso, hasta el día 28 de septiembre de 2018.

  • Ayudas a empresas de producción y distribución de artes escénicas, de teatro, de danza y/o de circo

    Ayudas a empresas de producción y distribución de artes escénicas, de teatro, de danza y/o de circo

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    EXTRACTO de la Orden ECD/703/2018, de 16 de abril, por la que se convocan ayudas a las artes escénicas para el año 2018.

    Beneficiarios

    Podrán solicitar estas subvenciones las empresas de producción y distribución de artes escénicas, de teatro, de danza y/o de circo, que se encuentren inscritas en situación de alta en el censo de empresarios, y tengan como actividad principal cualquiera de los epígrafes de actividades artísticas concordantes con las referidas artes escénicas. Dichas empresas deben tener el domicilio en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Actuaciones subvencionables

    La realización de actividades de producción y difusión vinculadas a las artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo, en las siguientes modalidades:

    • Producción de espectáculos de artes escénicas
    • Giras y actuaciones fuera de Aragón
    • Programación de artes escénicas en salas de exhibición de gestión privada

    Importe

    El importe total de la convocatoria es 920.700 €, que se reparten en las tres modalidades:

    Producción de espectáculos de artes escénicas: 424.950 €.
    Giras y actuaciones fuera de Aragón: 250.000 €.
    Programación de artes escénicas en salas de exhibición de gestión privada: 245.750 €.

    Plazo

    Quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Ayudas a empresas del sector audiovisual para la realización de mediometrajes o largometrajes

    Ayudas a empresas del sector audiovisual para la realización de mediometrajes o largometrajes

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    EXTRACTO de la Orden ECD/704/2018, de 16 de abril, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual en el año 2018, para la realización de mediometrajes o largometrajes por empresas del sector audiovisual.

    Beneficiarios

    Podrán solicitar estas subvenciones las empresas del sector audiovisual con domicilio en Aragón, que desarrollen su actividad básica en nuestra Comunidad y estén dadas de alta en el epígrafe de producción audiovisual del Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma.

    Actuaciones subvencionables

    La realización de producciones audiovisuales en el formato de mediometraje, con una duración de 30 a 60 minutos o de largometraje, con una duración superior a 60 minutos, pudiendo ser de ficción, documentales o de animación, y en las siguientes modalidades:

    a) Ayudas para desarrollo de proyectos:

    A los efectos de esta convocatoria se considera desarrollo de proyecto la preparación y diseño de un mediometraje o largometraje, es decir, todas aquellas actividades previas al inicio del rodaje y necesarias para la correcta realización del mismo.

    b) Ayudas a la producción y postproducción:

    Las ayudas de esta modalidad para realizar mediometrajes y largometrajes pueden ser solicitadas para una de las dos fases del proyecto: fase de producción incluyendo el rodaje, y fase de postproducción

    Importe

    El importe total de la convocatoria es 500.000 €:

    80.000 € para la modalidad a)
    415.745 € para la modalidad b)

    Plazo

    Quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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