Etiqueta: tributo

  • Campaña de Declaraciones Informativas 2017

    Campaña de Declaraciones Informativas 2017

    aeat

    La Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la AEAT (con fecha 4-12-17) ha elaborado un documento PDF sobre la CAMPAÑA DE DECLARACIONES INFORMATIVAS 2017, con efectos de presentación en 2018.

    En él se puede acceder a la siguiente información:

    • PRINCIPALES NOVEDADES MODELOS DE DECLARACIONES INFORMATIVAS
    • CONSULTAS Y OTRAS CUESTIONES
    • PRINCIPALES NOVEDADES TÉCNICAS
  • Calendario Contribuyente. DICIEMBRE 2017.

    Calendario Contribuyente. DICIEMBRE 2017.

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  • Módulos 2018. IRPF y Régimen Simplificado de IVA

    Módulos 2018. IRPF y Régimen Simplificado de IVA

    BOE

    Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2018 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

    Sin novedades esenciales sobre lo regulado en el pasado ejercicio fiscal se publican los “módulos” de IRPF para el método de estimación objetiva del IRPF, así como el régimen simplificado de IVA.

    Así, en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se mantienen para el ejercicio 2018 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación. Asimismo, se mantiene la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo.

    Por lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor Añadido, la presente Orden también mantiene, para 2018, los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial simplificado en el año inmediato anterior.

    El Artículo 1 recoge las actividades incluidas en el método de estimación objetiva y en el régimen especial simplificado, indicando en lista cerrada los epígrafes de IAE a los que es de aplicación. Por su lado, el Artículo 2 detalla las magnitudes por cada actividad (cifras de facturación, número de empleados, etc.) que -de excederse- impedirían aplicación del sistema de módulos y régimen simplificado, especificándose la forma de computar las mismas. En estos temas tampoco hay variación en relación al pasado ejercicio fiscal, manteniéndose las mismas actividades y magnitudes.

    Se recomienda un estudio detallado de ambos preceptos, a fin de no exceder sus límites y evitar las consecuencias fiscales de un error de encuadramiento en el régimen fiscal de determinación de rendimientos en IRPF y cuota de IVA.

    Por último se recuerdan los plazos de renuncia al régimen (Artículos 5 y 6).

    • Para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el plazo abarcaría desde la publicación de esta norma (30 de noviembre) hasta el 31 de diciembre del año 2017. También se entenderá efectuada la renuncia cuando se presente en el plazo reglamentario la declaración correspondiente al pago fraccionado del primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos en la forma dispuesta para el método de estimación directa. En caso de inicio de la actividad, también se entenderá efectuada la renuncia cuando se efectúe en el plazo reglamentario el pago fraccionado correspondiente al primer trimestre de ejercicio de la actividad en la forma dispuesta para el método de estimación directa.
    • En el caso del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, igualmente desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado» (30 de noviembre) hasta el 31 de diciembre del año 2017. También se entenderá efectuada la renuncia cuando se presente en plazo la declaración-liquidación correspondiente al primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos aplicando el régimen general. En caso de inicio de la actividad, también se entenderá efectuada la renuncia cuando la primera declaración que deba presentar el sujeto pasivo después del comienzo de la actividad se presente en plazo aplicando el régimen general.
  • CEPYME Aragón apoya la labor de Aragón Stop Sucesiones

    CEPYME Aragón apoya la labor de Aragón Stop Sucesiones

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    CEPYME Aragón ha firmado esta mañana un acuerdo de colaboración con la asociación Aragón Stop Sucesiones y Plusvalía con el que muestra su apoyo a las reivindicaciones y el trabajo que está realizando la plataforma ciudadana.

    El objeto del convenio es establecer un marco de cooperación entre ambas organizaciones que permita un mejor cumplimiento de sus fines, habilitando cauces de colaboración y comunicación.

    Entre los puntos del acuerdo firmado se encuentra el apoyo de la organización empresarial a las reivindicaciones y acciones que promueve Aragón Stop Sucesiones solicitando la supresión o rebaja de los Impuestos de Sucesiones, Donaciones y Plusvalía.

    Aurelio López de Hita, presidente de CEPYME Aragón, ha recordado que “el coste por la herencia de los negocios de padres a hijos sigue suponiendo una carga muy importante para los empresarios aragoneses que reduce su competitividad en relación con otros territorios. Además, en ocasiones, pone en riesgo la continuidad o supervivencia de la pequeña empresa de carácter familiar, que es la mayoritaria en Aragón y la que más empleo crea”.

    Francisco Langa, presidente de Aragón Stop Sucesiones ha señalado que “el Gobierno de Aragón es el principal responsable de que nuestra Comunidad Autónoma sea la peor tratada por los Impuestos de Sucesiones y de Donaciones, ya que en los presupuestos del próximo año no va a introducir ningún tipo de bonificación, algo que sí han hecho los gobiernos de otras Comunidades Autónomas. Por ello convocamos a todos los aragoneses a la concentración que realizaremos el domingo 3 de diciembre a las 12:00 horas, en la sede del Gobierno de Aragón, sita en el Paseo María Agustín, para demostrar, a nuestros gobernantes, la indignación y malestar que todos sentimos ante tal injusticia y maltrato fiscal”.

  • CEPYME insta al diálogo para solucionar el conflicto del ICA

    CEPYME insta al diálogo para solucionar el conflicto del ICA

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    Tras la emisión del primer recibo a los zaragozanos del Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas (ICA) y la polémica suscitada, CEPYME quiere pedir a las instituciones implicadas que negocien y dialoguen para una pronta resolución del conflicto que afecta tanto a ciudadanos como a pymes y autónomos.

    La organización empresarial considera que no tiene sentido mantener lo que claramente es una doble imposición resultante de la aplicación de una tasa municipal, a la que se va a sumar progresivamente en varios años un impuesto autonómico afecto al ciclo del agua (lo que en la práctica lo convierte en una tasa). Asimismo, tampoco parece razonable que la ciudad de Zaragoza esté exenta de un impuesto que, implantado desde hace muchos años en el resto de las poblaciones de Aragón desde una perspectiva ambiental y solidaria en la depuración de las aguas, afecta a la competitividad de las empresas.

    CEPYME espera que la aplicación de este impuesto ambiental se cierre lo antes posible con un acuerdo institucional, más aún ya iniciada la revisión del Plan de Depuración de Aragón, para evitar que se convierta en un “arma arrojadiza” entre instituciones gobernadas por diferentes opciones políticas, o que su aplicación dependa de sentencias judiciales que se resolverán cuando ciudadanos y empresas lleven años pagando ambos tributos.

    Aurelio López de Hita, presidente de CEPYME, ha señalado que “la confrontación política entre Ayuntamiento y Gobierno de Aragón tiene muchos frentes: ICA, tranvía, deudas, etc. y parece imposible cerrarlos todos a la vez. Mientras tanto las empresas, pymes y autónomos más consuntivos de agua en sus actividades empresariales van a recibir un impacto impositivo negativo en unos años todavía difíciles, que sólo podrá evitar un acuerdo político e institucional”.

    Por otra parte, la organización empresarial recuerda que el periodo de concesión de la actual depuradora de Zaragoza finalizará en 6 años y seguramente, salvo que las competencias en depuración en la ciudad fueran cedidas a la DGA resolviendo gran parte del problema de duplicidad impositiva, serán necesarias importantes inversiones que, de nuevo, repercutirán en los zaragozanos, en este caso por la vía municipal.

    CEPYME considera que la colaboración público-privada es fundamental para las actividades públicas, tanto en la obra afecta al ciclo del agua como en los servicios de mantenimiento del mismo, procedimiento habitual en las instituciones gobernadas por todas las opciones políticas, incluida la ciudad de Zaragoza. Por ello, solicita que se haga un mayor esfuerzo para favorecer la participación de pymes y autónomos en la redacción de pliegos de contratación, comprobando el cobro de los subcontratistas antes de aprobar las certificaciones de obra o servicio.

    Igualmente, la organización empresarial quiere expresar su disposición para asesorar a las pymes y autónomos afectados por este impuesto que lo necesiten o decidan recurrirlo.

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