
Se publica la convocatoria para la concesión de las ayudas destinadas a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en los establecimientos industriales (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales), mercantiles y comerciales, producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias torrenciales de los días 13 y 14 de junio de 2025.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales y demás establecimientos mercantiles debidamente registrados a efectos fiscales, en funcionamiento, con independencia del número de empleados, que hayan sufrido daños o pérdidas de cualquier naturaleza (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales) siempre y cuando sea como consecuencia directa de las lluvias torrenciales producidas entre los días 13 y 14 junio de 2025 y se encuentren ubicados en los municipios incluidos.
Municipios incluidos
- Aguilón
- Almochuel
- Almonacid de la
- Azaila
- Azuara
- Bádenas
- Belchite
- Herrera de los Navarros
- Híjar
- La Puebla de Híjar
- La Zaida
- Lagata
- Letux
- Moyuela
- Nogueras
- Quinto
- Santa Cruz de Nogueras
- Vinaceite
- Villar de los Navarros
Actuaciones subvencionables
Se consideran actuaciones subvencionables las siguientes:
- La reconstrucción de los edificios y de las instalaciones industriales, comerciales, mercantiles, incluidos posible daños producidos en la parcela en donde se ubican.
- La reposición del utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales, así como las existencias y productos propios derivados de su actividad, bien sean materias primas, materias en transformación, productos semielaborados o terminados y subproductos susceptibles de comercialización o valorización con anterioridad al desbordamiento, que hayan quedado inservibles o no comercializables.
- La reparación de los daños o sustitución de la maquinaria y de los vehículos afectos a las actividades de estos establecimientos.
Cuantía
La cuantía máxima por entidad o persona solicitante alcanzará los siguientes importes:
- En el caso de establecimientos industriales y mercantiles: hasta 300.000€
- En el caso de establecimientos comerciales: hasta 3.000€ La cuantía definitiva a reconocer será la obtenida de restar de la valoración, las cantidades que se hayan obtenido de seguros u otras ayudas concedidas por otras Administraciones o Entes Públicos o Privados, nacionales o internacionales.
Plazo
El plazo para presentar solicitudes finaliza el 24 de julio de 2025, salvo daños ocultos que puedan advertirse con posterioridad, en cuyo caso el plazo de presentación de solicitudes será de seis meses a contar desde la fecha de publicación en BOA.



