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Tras la aprobación por parte del Consejo de SODIAR, a propuesta del Gobierno de Aragón, de 2 nuevas Líneas de financiación relacionadas con el apoyo a Autónomos y Pymes aragonesas afectados por la crisis derivada del Covid-19: Línea “Reinicio de Actividad” y Línea “Digitalización de la Empresa”, que se suman a la ya existente Línea “Covid-19 Liquidez”.

En este caso, analizaremos la primera de ellas, que se destinará a financiar las inversiones que acometan los autónomos, PYMES y Entidades de economía social con actividad mercantil derivadas de las necesidades evidenciadas por la crisis sanitaria del Covid-19, referidas esencialmente a la adopción de medidas para el desarrollo seguro de la actividad profesional frente al Covid-19.

 

Beneficiarios

 

Autónomos, Pymes y Entidades de economía social con actividad mercantil, con:

  • Necesidades de financiar la adopción de medidas para el desarrollo seguro de la actividad profesional frente al COVID-19.
  • Domicilio fiscal y social en Aragón.

No podrán acceder a esta financiación los potenciales beneficiarios que:

  • Estén incursos en un procedimiento de insolvencia colectiva (concurso de acreedores y situaciones previstas en el artículo 5-bis de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal) o reúnan los requisitos para encontrarse sometidos a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de sus acreedores.
  • Hayan dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
  • No se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Hayan sido sancionados mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas.

 

Proyectos Financiables

 

Para obtener la financiación será necesario que:

  • Los proyectos presentados sean viables técnica y económicamente.
  • Se acredite y justifique la necesidad de la financiación solicitada y la capacidad de reintegro.
  • En el caso de Sociedades se deberá acreditar, en el último ejercicio concluido, un patrimonio neto de al menos el 15% sobre el total activo.

 

Costes financiables

 

Se podrán financiar con cargo a la Línea de Financiación los costes derivados de las medidas adoptadas para el desarrollo seguro de la actividad profesional frente al Covid-19, y en concreto los siguientes:

  • Costes de elementos de protección o barreras entre vendedor o proveedor de bienes y servicios y cliente y, en su caso, costes de su instalación.
  • Costes de sistemas para la higienización del local/centro de trabajo y, en su caso, costes de su instalación.
  • Costes de sistemas para la higienización de prendas de ropa y, en su caso, costes de su instalación.
  • Costes de sistemas para la higienización de personal trabajador o personal externo y, en su caso, costes de su instalación.
  • Costes de sistemas de control de aforo y, en su caso, costes de su instalación.
  • Se excluyen los gastos de adquisición de equipos de protección individual (EPIs) e hidrogeles.

 

Cuantía

 

Financiación con cargo al fondo hasta 25.000 €. SODIAR podrá hacerse cargo del 100% de la financiación:

  • Plazo: hasta 3 años con hasta 1 año de carencia.
  • Amortización: trimestral, coincidiendo con trimestres naturales.
  • Tipo de interés: Fijo del 0,5% anual.
  • Interés demora: Básico + 4%.
  • Garantías: en función de las condiciones del proyecto.
  • Amortización anticipada: los prestatarios deberán aplicar a la amortización anticipada total o parcial de los préstamos concedidos con cargo a esta línea, así como a los intereses correspondientes, los importes que perciban del Gobierno de Aragón como subvención por los mismos conceptos que los financiados con cargo a esta línea.

 

Solicitud y documentación

 

Las solicitudes se efectuarán hasta el 10 de diciembre de 2020 a través de la página web de SODIAR, donde se cumplimentará la solicitud y se insertará la documentación complementaria que debe acompañarse:

  • Plan de empresa con arreglo al siguiente modelo.
  • Presupuesto o facturas que justifiquen la inversión.
  • Certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria, con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Seguridad Social.

Además, copia de:

  • En el caso de autónomos:
    • Modelo 390 Declaración resumen anual del IVA de los dos ejercicios anteriores.
    • Modelo 100 IRPF de los dos ejercicios anteriores (apartados relativos a actividades empresariales).
  • En el caso de sociedades:
    • Cuentas Anuales de los dos últimos ejercicios.
    • Modelo 390 Declaración resumen del IVA de los dos últimos ejercicios.
    • Modelo 200 Impuesto sobre Sociedades de los dos últimos ejercicios
    • Balance y Cuenta de Explotación del último trimestre.

Resumen de los requisitos

Más información

Nueva línea de financiación de Sodiar para pymes y autónomos para los costes de los elementos de protección contra el COVID19
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