Autor: CEPYME Aragón

  • La Agencia Tributaria anuncia un cambio normativo que permitiría solicitar la devolución conjunta del IRPF a los mutualistas jubilados

     

    Hace poco comentamos el polémico cambio de criterio de la AEAT en tema de las devoluciones a mutualistas por los IRPF de  2019 a 2022 y años anteriores no prescritos, amparado en la Disposición final décimo sexta de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, y por la que, se dejaba sin efecto el formulario hasta entonces vigente para realizar el trámite.

    El formulario disponible en internet hasta entonces (22 de diciembre de 2024) permitía – a aquellas personas a las que Hacienda aún no les había pagado lo tributado de más por los años 2019, 2020, 2021 y 2022 – pedir la devolución conjunta de todos esos años. Tras la norma antes citada, y a partir de 2025, solo se les devolvería un año por cada ejercicio de IRPF.

    Y ese nuevo formulario y criterio es el oficialmente vigente a la fecha, pero ahora, la propia AEAT y de forma expresa indica, en una reciente Nota Informativa en dicha sección y como AVISO IMPORTANTE, lo siguiente:

    “ No obstante, está previsto que se produzca una modificación normativa, de tal manera que el formulario de solicitud que se presente permitirá obtener en 2025 la devolución de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos.”

    Es decir, se anuncia una modificación legal que permitiría solicitar nuevamente y de forma simultánea la devolución conjunta de todos esos años.

    Al mismo tiempo, y recogiendo idéntico aviso, se actualiza en la misma página web el contenido de dos preguntas frecuentes:

    ¿A partir del 22 de diciembre de 2024, cómo se puede solicitar la aplicación de la DT 2ª en IRPF de los ejercicios 2019 a 2022, y años anteriores no prescritos?

    De acuerdo con lo establecido en la DF 16ª de la Ley 7/2024, las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos que resulten de aplicación de la DT2 LIRPF se podrán solicitar mediante la presentación del nuevo formulario de solicitud de devolución que se publique en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria a partir del 2 de abril.

    Únicamente es necesario incorporar un número de cuenta bancaria de la que sea titular el solicitante y un número de teléfono.

    Para su presentación, es necesario disponer de número de Referencia, Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e). También se puede presentar el formulario, en nombre de un tercero, por apoderamiento o colaboración social.

    AVISO IMPORTANTE: No obstante, está previsto que se produzca una modificación normativa, de tal manera que el formulario de solicitud que se presente permitirá obtener en 2025 la devolución de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos.

     

    ¿Necesito presentar algún escrito para interrumpir la prescripción de los ejercicios 2020 a 2022?

    No, los contribuyentes que no hayan solicitado la devolución del IRPF de los ejercicios 2020 a 2022 para la aplicación de la DT2, no necesitan presentar ningún escrito al objeto de interrumpir la prescripción.

    Estas devoluciones se deberán solicitar mediante la presentación del formulario de solicitud de devolución que se pondrá a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria a partir del 2 de abril.

    AVISO IMPORTANTE: No obstante, está previsto que se produzca una modificación normativa, de tal manera que el formulario de solicitud que se presente permitirá obtener en 2025 la devolución de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos.

    Es de esperar, por ello, noticias en breve plazo, ya que tal modificación se vincula muy directamente a la Campaña IRPF 2024 iniciada este pasado 2 de abril.

  • Se abre la segunda Audiencia Pública sobre el proyecto de Real Decreto que establece el sistema de facturación electrónica entre empresarios y profesionales

     

    Se abre la 2ª Audiencia Pública sobre el 3er borrador del proyecto de Real Decreto de la ley Crea y Crece. Este borrador de real decreto desarrolla el artículo 12 de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas con el objetivo de establecer el sistema español de facturación electrónica entre empresarios y profesionales.

    Se recuerda que la publicación definitiva de este reglamento, una vez aprobado, dará inicio al cómputo del plazo de adaptación a la obligación de facturar electrónicamente (uno o dos años, en función del tipo de empresa) previsto en el artículo 12 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre (por el que se modifica de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información)

     

    Últimas novedades

     

    El borrador de real decreto se encuentra en una fase de tramitación avanzada. No obstante, son varias las novedades acaecidas en los últimos meses que aconsejan realizar algunas modificaciones puntuales del texto y, por lo tanto, volver a sustanciar un nuevo trámite de audiencia pública instado por la Dirección General de Política Económica:

    • La disposición adicional 21ª de la Ley 56/2007, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (Introducida por la disposición final duodécima de Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias), regula el tratamiento de datos personales, crea la solución pública de facturación electrónica y establece la obligación de remitir una copia de las facturas a la mencionada solución. Además, incluye un apartado relacionado con las haciendas forales.
    • La inminente modificación de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (conocida como “VAT in the digital age” o “VIDA”.)
    • La aprobación de la normativa relativa al software de facturación (conocido como verifactu).

     

    Finalmente, la propia maduración del proyecto ha puesto de manifiesto la necesidad de realizar algún ajuste adicional.

    Por lo tanto, se someten de nuevo a audiencia pública los artículos y disposiciones de este borrador de Real Decreto afectados por dichas novedades y ajustes. Para facilitar la comprensión, se presenta el texto en su estado actual de tramitación (es decir, el texto ya incorpora aportaciones realizadas en la primera audiencia pública y durante la fase de emisión de informes del artículo 26.5 de la Ley 50/1997 del Gobierno) y se resaltan en color azul los mencionados cambios.

     

    ¿Qué artículos se someten a audiencia pública?

     

    Estos son los artículos y disposiciones que se someten a la audiencia pública y la motivación de las modificaciones planteadas:

    • Artículo 1: pasa a reflejar que este Real Decreto también desarrolla la nueva disposición adicional 21ª de la Ley 56/2007.
    • Artículo 2, letra e): se introduce una definición más clara de copia fiel a remitir a la solución pública de factura electrónica cuando se intercambien las facturas mediante plataformas privadas de intercambio de facturas electrónicas.
    • Artículo 4: elimina la excepción de emitir factura electrónica para las facturas que se emiten voluntariamente sin que exista obligación de hacerlo según el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
    • Artículo 6.2: aclara, como se ha establecido ya en la Ley 56/2007, que serán las plataformas, soluciones o sistemas de facturación que utilicen los emisores de facturas electrónicas los obligados a remitir la copia fiel a la solución pública de facturación electrónica y que ello deberá realizarse en el formato UBL.
    • Artículo 10.5: aclara cuestiones relativas a la información de pago cuando se utilicen cargos y abonos.
    • Artículo 11.2: altera la sintaxis a utilizar por la solución pública de facturación electrónica, que pasa a ser UBL (Universal Business Language), alineándose de ese modo tanto con la norma europea EN16931 como con la inminente modificación de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido.
    • Artículo 15: aclara la forma de cómputo del plazo de pago de las facturas, enunciando la fecha de inicio y fin de dicho plazo.
    • Disposición adicional 1ª: aclara que las facturas emitidas mediante el formulario web de generación de facturas electrónicas de la solución pública de facturación electrónica serán, además, de la modalidad VERIFACTU, es decir, verificables conforme al artículo 6, apartado 5, letra b) del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
    • Disposición adicional 3ª: se revisa la redacción relacionada con las haciendas forales y la AEAT.
    • Disposición transitoria 2ª y 3ª y disposición final 4ª: aclara que la entrada en vigor se producirá al año de la aprobación de la Orden Ministerial que desarrollará la solución pública de facturación electrónica (y que culmina el desarrollo reglamentario de la Ley 18/2022) y mantendrá, a partir de esa fecha, el inicio de efectos escalonado ya previsto para las empresas de menor dimensión y para los autónomos y demás profesionales.

     

    Plazo

     

    Hasta el 7 de abril de 2025.

    Más información

  • Aragón EDIH ha impulsado más de 100 servicios de pruebas de digitalización avanzada en pymes aragonesas

     

    El hub aragonés Aragón EDIH ya ha impulsado más de 100 servicios de ‘Test Before Invest’ (‘prueba antes de invertir’) en empresas aragonesas, acciones que permiten probar la viabilidad de proyectos de digitalización avanzada en las organizaciones antes de acometer la inversión para su implementación. Este es uno de los servicios que ofrece a las empresas este hub formado por las principales entidades aragonesas en materia de innovación y digitalización – ITA, IAF, UNIZAR, TECNARA, CEOE Aragón, CEPYME Aragón y el Consejo aragonés de Cámaras de Comercio-, y que este martes ha organizado en TechnoPark Motorland (Alcañiz) la jornada ‘Impulsando el futuro digital y emprendedor en Teruel’.

    Daniel Urquizu, director gerente de TechnoPark y Pedro Pardo, director de la División de Desarrollo e Innovación Empresarial del Instituto Aragonés de Fomento (IAF), han abierto esta jornada en la que Silvia Ferrer, técnica de innovación estratégica del ITA, ha presentado los servicios del hub y en una mesa redonda se han expuesto experiencias de transformación de empresas de la zona en una sesión moderada por Carolina Álvarez, Directora de Innovación y Competitividad de CEOE Aragón.

    Ana Cristina Esteban, directora gerente de Alcanalytics, empresa de marketing digital con 12 años de trayectoria, ha destacado la importancia de “salirse del estereotipo del emprendimiento agroalimentario en el mundo rural, ya que hay muchas más opciones además de la agricultura”, y ha abogado por “el talento que hay en la zona y que se puede aprovechar” en el sector digital.

    En relación al liderazgo y gestión del cambio, José Antonio Lahoz, Project Manager de AMB Electrónica, empresa dedicada a la automatización industrial, robótica e informática industrial, ha destacado que “ser referentes en la industria 4.0 ha sido, desde hace años, uno de los objetivos estratégicos en AMB. Nos hemos formado, y hemos implementado estas tecnologías en nuestros clientes y en los proyectos internos de desarrollo”, y ha destacado uno de los actuales proyectos de innovación en los que participan junto con 32 empresas de distintos países en los que se han desarrollado dos células robotizadas para la clasificación de residuos.

    Por su parte, Ricardo Forcadell, CEO de la empresa de producción de trufa negra MyTruff, ha abogado por impulsar el “binomio centros de investigación y empresas colaborando para hacer evolucionar al sector”, y para promover redes que impulsen la transferencia de conocimiento. Tras la sesión se ha realizado una visita a las instalaciones y un encuentro de networking entre los asistentes.

     

    Servicios de Aragón EDIH

     

     La divulgación y capacitación es uno de los puntales de las acciones de Aragón EDIH. Además de los servicios de ‘Test Before Invest’, Aragón EDIH Academy ofrece un completo programa de formación en distintos niveles – Basic, Advanced y Expert–, del que ya se han beneficiado más de 200 profesionales. En las instalaciones de TechnoPark Motorland acaban de finalizar dos módulos de formación, y en los próximos meses se impartirán otros dos de nivel básico y en modalidad mixta: ‘Ciberseguridad y resolución de problemas’ e ‘Información y Alfabetización de datos. Decisiones basadas en datos’.

    En paralelo, próximamente se lanzará la tercera edición de StartTech, un innovador programa de aceleración empresarial y formación para empresas de reciente creación a partir de tecnologías disruptivas, que incluye itinerarios formativos a medida, acompañamiento y asesoría en el acceso a financiación de los proyectos. También está activo el servicio de Aragón EDIH que tiene como misión ofrecer un apoyo integral a las empresas que deseen acceder a fondos europeos, nacionales o regionales e incluye búsqueda personalizada de convocatorias de financiación alineadas con las prioridades tecnológicas de las empresas que lo soliciten.

    La información de todos estos servicios y programas se puede encontrar en nuestra web https://www.aragonedih.com

    Aragón EDIH es un ecosistema impulsado en 2017 por las siete principales instituciones aragonesas en materia de innovación y digitalización: ITA, IAF, UNIZAR, TECNARA, CEOE Aragón, CEPYME Aragón y el Consejo aragonés de Cámaras de Comercio. En 2022 fue reconocido como hub de Innovación Digital de referencia por la Comisión Europea por su especialización en las tecnologías de Inteligencia Artificial – sistemas cognitivos y computación de alto rendimiento en la nube (HPC-Cloud), especialmente aplicadas en áreas como procesos de fabricación inteligente, robótica y logística.

    Aragón EDIH nació con el objetivo de mejorar los resultados de innovación y convertir la digitalización en fuente de desarrollo, promoviendo el crecimiento de las empresas aragonesas. Cuenta con una inversión de 4,4 millones de euros en el periodo 2023-2025 financiados al 50% por el Programa Digital Europe, y el otro 50% por fondos del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR) a través de la convocatoria PADIH (Programa de Apoyo de los Digital Innovation Hub).

  • Ya puedes presentar tu candidatura al Premio Aragón Medio Ambiente

     

    El Gobierno de Aragón convoca el Premio Aragón Medio Ambiente para el año 2025. El galardón tiene por objeto el reconocimiento público de una labor continuada o de especial notoriedad e importancia en el área de la conservación del medio ambiente aragonés, de tal manera que ésta suponga un destacado beneficio para la Comunidad Autónoma de Aragón y constituya un modelo ejemplar para la sociedad aragonesa. 

     

    Candidatos

     

    Podrán optar al Premio Aragón Medio Ambiente todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas cuya actividad a favor del medio ambiente se desarrolle en esta Comunidad Autónoma y que hayan destacado por su trayectoria o por un proyecto o actividad concreta en defensa de los valores ambientales y naturales, siempre que no hayan incurrido en sanción firme por la comisión de infracción administrativa o delito medioambiental.

     

    Modalidades

     

    Premio Aragón Medio Ambiente 2025
    Se otorgará a aquellas personas físicas o jurídicas de reconocido prestigio, cuya trayectoria se distingue por su labor en favor de la conservación y la mejora del medio ambiente aragonés.

    Premio Aragón Medio Ambiente por la contribución al medio ambiente rural
    Destinado a las personas físicas o jurídicas que hayan realizado una labor de mejora ambiental del medio rural en Aragón.

    Premio Aragón Medio Ambiente por la contribución al medio ambiente urbano
    Destinado a reconocer las iniciativas en favor del medio ambiente urbano aragonés, cuando éstas han sido llevadas a cabo por personas físicas o jurídicas.

    Premio Aragón Medio Ambiente por la contribución al conocimiento y difusión del medio ambiente
    Destinado a todas las personas físicas o jurídicas que hayan realizado una labor que contribuya al mejor conocimiento y a la difusión de la problemática ambiental o de los valores naturales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las candidaturas finaliza el 16 de abril de 2025.

    Más información

  • No te pierdas la sesión informativa sobre el PEAC en Teruel

     

    ¿Sabías que tus trabajadores pueden acreditar oficialmente lo que ya saben hacer?

    Te invitamos a la Jornada informativa sobre el Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias (PEAC) el próximo jueves 8 de mayo, a las 10:30 h, en el Palacio de Congresos de Teruel.

    El acto, coordinado por el Gobierno de Aragón y la colaboración de los agentes sociales: CEPYME Aragón, CEOE Aragón , UGT Aragón y CCOO Aragón, tiene como objetivo explicar los beneficios y detalles del proceso de acreditación para trabajadores y empresas.

    El PEAC permite a las personas con experiencia laboral, pero sin titulación, obtener una acreditación oficial. Una herramienta muy útil para empresas que quieren mejorar la cualificación de sus plantillas.

     

    ¿Qué te encontrarás?

    ?? Información práctica sobre el procedimiento
    ?? Experiencias reales de empresas y personas acreditadas
    ?? Mesa redonda con orientadores, evaluadores y centros formativos
    ?? ¡Y visita al campeonato Aragón Skills!

    Además, contaremos con una pausa-café para hacer networking.

    Más información e inscripción