Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • Abierto el plazo para la segunda edición del Programa de Aceleración Industria 5.0 del IAF

    El IAF abre el plazo de inscripción para la segunda edición del Programa de Aceleración Industria 5.0, una iniciativa desarrollada en el marco del proyecto Tech FabLab para impulsar la transformación de startups y pymes industriales en Aragón.

    El programa ofrece una experiencia formativa y estratégica de tres meses, con una combinación de mentoría individualizada, capacitación especializada y acceso a herramientas clave para el crecimiento empresarial.

     

    ¿Quién puede presentarse?

     

    Dirigido a startups y pymes industriales ubicadas en Aragón con proyectos orientados a la transición hacia la Industria 5.0. Se priorizarán empresas con menos de 10 años de antigüedad.

     

    ¿En qué consiste el programa?

     

    El programa incluye un diagnóstico inicial del modelo de negocio, formación en tecnologías avanzadas como inteligencia artificial, IoT, 5G, ciberseguridad o gemelos digitales, y un acompañamiento experto a través de mentores asignados. Además, se facilita el acceso a oportunidades de financiación, ferias tecnológicas y contactos estratégicos en el ecosistema industrial.

    La edición 2025 se desarrollará del 15 de septiembre al 4 de diciembre, con una dedicación media de 3,5 horas semanales. El formato combina 30 horas online con mentorías y formación, junto a tres sesiones presenciales en las instalaciones del IAF. Las empresas participantes podrán alternar la asistencia del equipo en función de sus intereses.

     

    Plazo

     

    El plazo de inscripción finaliza el 4 de septiembre.

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  • Ayudas a pymes para servicios de informe y diagnóstico de situación

     

    Se convocan subvenciones para el año 2025, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, del Programa de Análisis y Diagnóstico de Empresas, dirigido a la mejora de la situación financiera de Pymes y autónomos en Aragón.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las pequeñas y medianas empresas que estén legalmente constituidas en la fecha de presentación de la solicitud, así como las personas físicas que se encuentren, a fecha de solicitud, de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, o en cualquiera de las Mutualidades de Previsión Social existentes, que ejerzan su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, y que hayan adquirido los servicios a los que hace referencia el artículo anterior.

    En el caso de las personas físicas, será requisito que sigan el Plan General de Contabilidad.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se subvencionará la contratación, por parte de las entidades beneficiarias, de servicios de informe y diagnóstico de situación elaborados por economistas expertos colegiados e inscritos en
    alguno de los órganos especializados o registros profesionales del Consejo General de Economistas, y que hayan sido prestados desde el 1 de enero de 2025.

    El estudio realizado por los economistas deberá contener todos los elementos que proporcionen a la Pyme una visión financiera global de su situación actual y las áreas en las que se puede enfocar para mejorar su desempeño y su competitividad.

     

    Cuantía

     

    El porcentaje de la subvención será del 100% del coste del servicio, siendo el importe máximo a otorgar 2.000 euros por cada beneficiario y servicio.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el 31 de octubre de 2025.

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  • Así es el Plan Renove 2025 para aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío

     

    Se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2025, de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío.

    Esta línea de ayuda pretende servir de revulsivo para el sector comercial e igualmente de incentivo para la renovación de electrodomésticos y equipos productores de frío y calor por otros de mayor eficiencia energética y, en consecuencia, más respetuosos con el medio ambiente.

     

    Beneficiarios

     

    Los compradores de un aparato o equipo serán considerados beneficiarios finales de las ayudas y los establecimientos adheridos, comercios e instaladores, serán considerados beneficiarios directos del Plan, dado que se les abonará a estos últimos la ayuda que habrán trasladado al beneficiario final mediante la aplicación del correspondiente descuento en el precio de compra.

     

    ¿Qué establecimientos pueden adherirse?

     

    Se podrán adherir a este “Plan Renove Aragón 2025” los establecimientos comerciales minoristas o empresas instaladoras entre cuyas actividades figure la venta al por menor y/o la instalación de los aparatos previstos en esta orden y que dispongan al menos de un establecimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Los establecimientos minoristas adheridos deberán contar con la colaboración de una empresa instaladora adherida para realizar la instalación de los equipos y/o aparatos que necesariamente requieran una instalación.

    Todas las empresas instaladoras, tanto las que actúen independientemente como las que lo hagan en colaboración con un comercio, deberán estar habilitadas por el organismo competente para
    ejercer la actividad de empresa instaladora en la especialidad de instalaciones térmicas en los edificios y cumplir con todos los requisitos exigidos por la correspondiente reglamentación de seguridad industrial para el ejercicio de la mencionada actividad.

     

    ¿Cómo se puede adherir un establecimiento al Plan Renove?

     

    Los establecimientos que deseen participar en el “Plan Renove Aragón 2025”, deberán obtener la condición de establecimiento adherido. Para ello, deberán presentar solicitud de adhesión debidamente cumplimentada y firmada por el interesado o por persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho, a través de la web de la campaña: www.renovearagon.com.

    Se facilitará la participación en el presente plan a las empresas que ya estuviesen adheridas en el Plan Renove Aragón 2024. Estas empresas deberán confirmar la vigencia de sus datos.

    La adhesión no se producirá efectivamente hasta el momento en el que la entidad colaboradora manifieste su aceptación mediante la asignación individual al comercio o empresa instaladora de un código de adhesión, tras la comprobación de que el establecimiento cumple los requisitos exigidos.

     

    Cuantía

     

    La cuantía individualizada de la subvención a otorgar será de una cantidad fija por cada tipo de aparato o equipo, a descontar en el precio de la compra.

    La cuantía de ayuda, en ningún caso podrá ser superior al 25% del coste de los aparatos o equipos correspondientes (IVA no incluido). Asimismo, el importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de adquisición del aparato.

    Tipo de aparato y clasificación energética (ce) Ayuda (€/equipo)
    Frigorífico, frigorífico-congelador (ce) A o B 150
    Frigorífico, frigorífico-congelador (ce) C o D 125
    Congelador (ce) A o B 100
    Congelador (ce) C o D 85
    Lavadora (ce) A o B 150
    Lavadora (ce) C 125
    Lavavajillas (ce) A o B 145
    Lavavajillas (ce) C o D 125
    Horno clase energética A+ 85
    Encimera de inducción 105
    Aparatos de aire acondicionado con (ce) A+ o superior, en función de las siguientes potencias en kW (Pf) Pf<5 150
    Aparatos de aire acondicionado con (ce) A+ o superior, en función de las siguientes potencias en kW (Pf) 5?Pf 200
    Aparatos de aire acondicionado con (c.e.) A+ o superior, en función de las siguientes potencias en kW (Pf) 10?Pf?12 250

     

    Plazo

     

    El plazo para presentar solicitudes finalizará en el momento en que se produzca el agotamiento de las disponibilidades presupuestarias existentes destinadas al efecto y, en todo caso, hasta el día que se cumplan tres meses desde el inicio de la convocatoria. 

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  • Publicado un Plan Renove de calderas centrales

     

    Aragón publica un Plan Renove de Calderas Centrales que aportará ayudas económicas y otros incentivos provenientes del sector privado y tendrá como objeto principal la renovación de calderas centrales que utilicen combustibles distintos al gas natural a nuevos espacios con calderas de condensación que empleen este recurso, mejorando la eficiencia y la seguridad de las instalaciones existentes mediante la reducción del precio final del producto instalado.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada. Estas personas se acogerán al régimen de ayudas a través de las empresas instaladoras, que participen en el plan de renovación mediante la correspondiente adhesión.

     

    ¿Qué empresas pueden adherirse?

     

    Podrá adherirse al Plan Renove de Calderas Centrales 2025 cualquier instalador que posea la habilitación correspondiente y cualquier empresa fabricante de calderas centrales de condensación y compañía energética suministradora de combustible.

    Cada compañía energética definirá el proceso de adhesión para el Plan Renove de calderas centrales 2025.

    Los instaladores que se adhieran al Plan Renove, deberán estar habilitados por el organismo competente para ejercer la actividad de empresa instaladora en la especialidad de instalaciones térmicas en los edificios y cumplir con todos los requisitos exigidos por la correspondiente reglamentación de seguridad industrial para el ejercicio de la mencionada actividad.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Tendrán la consideración de inversiones incentivables las reformas de instalaciones térmicas con generadores de calor que no utilicen gas natural como combustible y ubicadas en el territorio de la Comunidad de Aragon, tras las que se instalen generadores de calor que utilicen gas natural como combustible. Dichos generadores, en adelante calderas eficientes, deberán ser siempre de condensación, no utilizarse en procedimientos industriales y dar servicio a:

    • Comunidades de propietarios o fincas de propiedad particular de dos o más viviendas
    • Edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes, con potencia térmica nominal mayor a 70 kW
    • Con carácter excepcional, podrá admitirse otro tipo de calderas, siempre y cuando no sea posible la instalación de calderas de condensación, tras la pertinente justificación técnica y con el acuerdo favorable de la comisión de seguimiento, que determinará, en su caso, el incentivo aplicable.

    Además, deben cumplir las condiciones siguientes:

    • Los aparatos que se instalen deben ser nuevos, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente.
    • En ningún caso se podrá acoger al Plan la compra sin instalación
    • Los generadores de calor sustituidos deben ser inutilizados
    • Podrán acogerse al Plan Renove todas aquellas sustituciones firmadas desde la fecha de firma de este convenio hasta el 31 de diciembre de 2025.

    Con carácter general sólo podrán ser beneficiarios de los incentivos previstos por este plan quienes, siendo los titulares o arrendatarios del inmueble en el que esté ubicada la instalación, sean, además – y en último término – quienes realicen la inversión necesaria para la ejecución de la instalación, con independencia de que la misma sea objeto de cualquier tipo de financiación expresa o tácita.

     

    Descentralización

    De manera adicional se habilita una partida económica en el Plan Renove de centrales 2025 que permite la sustitución de caldera central por calderas individuales.

    La oferta se encuentra sujeta a disponibilidad de gas en la zona, para contratación de nuevos puntos de suministro en fincas plurifamiliares y con uso centralizado de energía que sustituyan el sistema centralizado de calefacción y/o ACS que utilice otro combustible distinto del gas natural por sistemas individuales que utilicen gas natural. La finca sólo precisa la construcción de la acometida para conectarla a la red de distribución de la compañía energética.

    Requisitos para la aplicación:

    • Fincas con sistemas centralizados para calefacción y/o agua caliente sanitaria que utilicen combustibles distintos del gas natural, con un mínimo de 6 viviendas.
    • Fincas situadas sobre la red de distribución actual.
    • La IRC a construir será propiedad de la compañía energética, quien la cederá a los consumidores, que abonarán el canon correspondiente.

    Para estos supuestos la aportación de la compañía energética consiste en:

    Los clientes, a través de la empresa instaladora, recibirán una aportación de 600 € para la construcción y adaptación de las instalaciones y equipamiento existente necesario para el cambio a consumo de gas. Esta aportación será de aplicación a aquellos clientes que firmen el documento “solicitud conexión nuevo punto de suministro” antes del 31 de diciembre de 2025 y la instalación receptora a la que hace referencia el documento sea puesta efectivamente en servicio antes de sesenta días desde la construcción de la acometida.

    La empresa instaladora incluirá el importe de la aportación (600 euros) junto con el resto de conceptos en la certificación mensual que emita, una vez realizada la puesta en servicio y previa entrega de la siguiente documentación.

    La empresa instaladora deberá firmar con la compañía energética la correspondiente adhesión a la misma.

     

    Cuantía

     

    Para el caso de sustitución de calderas centrales, todas las empresas instaladoras que se adhieran al Plan Renove de Calderas Centralizadas 2025 concederán una aportación de 1€/kW por caldera central sustituida.

    Dicha aportación se materializará a través de un descuento que la empresa instaladora realizará en la factura de compra e instalación de la caldera.

    Las empresas fabricantes que se adhieran al Plan, realizarán los descuentos que cada una de ellas se haya comprometido a aplicar al adherirse al Plan, a las empresas energéticas por la compra de calderas centralizadas de potencia termina superior a 70 kw cuando se instale.

    Las empresas REDEXIS, NEDGIA e IBERPROPANO, contribuirán cada una, con el tipo de aportación por la compra de calderas centrales de potencia nominal superior a 70 kW de 200€ por vivienda en concepto de equipos y/o calderas.

    Para el caso de descentraliazaciones, las empresas energéticas contribuirán con una aportación 600€ por vivienda para la construcción y adaptación de las instalaciones y equipamiento.

     

    Plazo

     

    El Convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2025.

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  • Ayudas para actividades de divulgación científica en Aragón

     

    Se convocan subvenciones para la realización en Aragón de eventos y actividades que promuevan, divulguen y difundan la ciencia, la investigación y el desarrollo tecnológico, durante el año 2025.

    Se consideran especialmente aquellas actividades de divulgación y difusión de la ciencia dirigidas al público no especializado con el objetivo de acercar la actividad investigadora a la sociedad y favorecer la participación ciudadana (ciencia ciudadana), promoviendo las vocaciones científicas entre escolares y jóvenes en niveles educativos no universitarios mediante el contacto directo con el método y la práctica investigadora así como fomentando la puesta en valor de la utilidad social y económica de la ciencia y tecnología y su atractivo como profesión.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán tener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones las entidades que se enumeran a continuación, siempre que estén válidamente constituidas, y que estén ubicadas o tengan su domicilio social en Aragón:

    • Las universidades públicas y privadas, los centros y organismos de investigación, públicos o privados, y cualquier centro de I+D+i dependiente de las Administraciones Públicas, a través de sus centros, institutos y oficinas.
    • Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, o entidades sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+i, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia, contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas o realicen tareas de intermediación entre los agentes del sistema ciencia-tecnología-empresa con el fin de dinamizar y fomentar las relaciones entre ellos.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se considerarán actuaciones subvencionables la realización de eventos y cualesquiera otras acciones realizadas en Aragón en las que se promueva, difunda y divulgue la cultura científica, la investigación, el desarrollo tecnológico, proponiendo nuevas orientaciones que persigan elevar el interés de los sectores productivos por potenciar el talento emprendedor y la innovación creativa, en interés de la ciudadanía y de la sociedad aragonesa en su conjunto.

    A estos efectos se podrá considerar actuación subvencionable cualquier acción, presencial o telemática, destinada a la finalidad descrita en el párrafo anterior como páginas web específicas del evento, publicaciones, videos, contenido para redes sociales, campañas o folletos de difusión científica, reuniones científicas, congresos, simposios, seminarios, foros, jornadas, actividades de formación para la divulgación científica y otras actividades análogas, entre otras.

    Serán subvencionables aquellos eventos y actividades realizados entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025, ambas fechas inclusive.

     

    Cuantía

     

    Dentro del crédito disponible, las subvenciones concedidas podrán financiar hasta una cuantía máxima del 100% de los gastos específicos.

    Así, en función de la puntuación obtenida:

    • Hasta 10.000€ para solicitudes con 70 o más puntos 
    • Hasta 8.000€ para solicitudes con 60 a 69,99 puntos
    • Hasta 6.000€ para solicitudes con 50 a 59,99 puntos
    • Hasta 3.500€ para solicitudes con 30 a 49,99 puntos

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes de las subvenciones finalizará el 30 de julio de 2025.

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