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  • CEPYME Aragón advierte: 2023 destruyó 5.423 empresas en Aragón

    CEPYME Aragón advierte: 2023 destruyó 5.423 empresas en Aragón

     

    En los últimos tres años Aragón ha perdido 6.729 empresas, pasando de 90.682 en 2020 a 83.953 en 2023, siendo las pymes y las micropymes las que han sufrido una mayor mortandad. CEPYME Aragón ha advertido esta mañana de esta cifra que pone de manifiesto la difícil situación que están enfrentando las pequeñas y medianas empresas y que, además, se está viendo acrecentada por los continuos cambios normativos del Gobierno.

    Especialmente complicado ha sido el año 2023 en el que 5.423 empresas aragonesas han desaparecido respecto al año anterior, de las que el 96,3% son sin asalariados, es decir, autónomos. Cifra muy preocupante teniendo en cuenta que nuestro tejido empresarial está formado en un 99,1% por micropymes y pequeñas empresas (empresas con menos de 50 trabajadores).

    El 51% de las empresas de Aragón no tienen asalariados”, ha señalado María Jesús Lorente, presidenta de CEPYME Aragón, “¿quién sostiene el territorio? Las pymes y micropymes. Le pedimos al Gobierno que sea valiente y nos tenga en cuenta a la hora de legislar. Las pymes jugamos un papel vital en la economía y es importante que nos ayuden a crecer”, ha recalcado.

    La incertidumbre está marcando la actualidad, lo que provoca que las empresas, especialmente las pymes y los autónomos, alarguen sus decisiones de contratación e inversión, afectando, por ende, a la creación de empleo. 2024 ha venido cargado de nuevos costes para las empresas que condicionan su actividad y de medidas aprobadas sin tener en cuenta a todas las partes, menoscabando la competitividad del tejido empresarial.

    La productividad es un parámetro fundamental para medir la salud de una economía y en España la productividad ha bajado un 7,3% en lo que va de siglo, alejándonos de otros países que sí han logrado mejoras, como EEUU (+15,5%), Alemania (+11,8%), Reino Unido (+8,8%) o Francia (+0,8%), ha subrayado Benito Tesier, vicepresidente de CEPYME Aragón y presidente de la Federación de Empresas del Metal de Zaragoza, FEMZ.

    Entre los costes empresariales destaca la subida de las cotizaciones sociales, el incremento de la cotización por contingencias comunes, el aumento de la base máxima de cotización, la revisión salarial del 2023, la subida salarial del 2024 y el incremento general de costes.

    Subida de las cotizaciones sociales

    En 2023 se puso en marcha el denominado MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), que implica el pago de un porcentaje adicional en cotizaciones a la Seguridad Social. El año pasado, el MEI suponía a un 0,6% de cotización adicional a la Seguridad Social sobre la base de cotización por contingencias comunes: un 0,5% a cargo de la empresa y un 0,1% a cargo del trabajador. En el caso de los trabajadores autónomos, estos asumen íntegramente el incremento de cotización del 0,6%.

    En 2024 el MEI se ha incrementado hasta un 0,7% de cotización, distribuido a razón de un 0,58% a cargo de la empresa y 0,12% a cargo del trabajador (los trabajadores autónomos asumen íntegramente ese 0,7%).

    Subida de la cotización por contingencias comunes

    Sumando la sobrecuota del 0,7% del MEI vigente en 2024 al tipo de cotización por contingencias comunes, el tipo total se sitúa en el 29%, frente al 28,90% de 2023.

    Aumento base máxima de cotización

    Desde el 1 de enero el tope máximo de la base de cotización al Régimen General se ha incrementado un 5%, pasando de los 4.495,5 euros/mes anteriores a 4.720,5 euros mensuales.

    Revisión salarial del año 2023

    Consecuencia de la subida del IPC, las empresas tienes que hacer frente a las consecuentes revisiones salariales de 2023, que rondan el 4%, así como los aumentos salariales de 2024 que, siguiendo la cifra del ANC, estará en torno al 3%, más la posible revisión salarial del propio año que podría llegar al 1%.

    Aumento salarial del año 2024

    A estas revisiones salariales hay que añadir las nuevas subidas de este año fruto de la negociación colectiva y que, siguiendo lo pactado en el ANC, estarán en torno al 3%, más la posible revisión salarial del 2024 que podría llegar al 1%.

    Incremento costes generales

    A todos estos costes hay que añadir el aumento de otras cuestiones transversales como la energía, el transporte, la logística o la materia prima que se han incrementado, como mínimo, la cifra del IPC.

    Asimismo, hay que tener en cuenta que, después de lo vivido en los últimos años, las tensiones geopolíticas son imprevisibles y nunca se sabe cuándo va a aparecer un nuevo conflicto ni cómo va a afectar al tejido empresarial.

     

    Las empresas están haciendo frente a una situación adversa definida no solo por una política gubernamental de aumento de costes, sino también por la puesta en marcha de medidas y reformas normativas en materia laboral que afectan directamente a la rentabilidad empresarial. Medidas que, además, se han tomado de manera unilateral por parte del Ministerio de Trabajo sin tener en cuenta a todas las partes implicadas.

    Todos los cambios laborales que se están publicando están dificultando a muchos sectores, como el agrícola, que no trabajamos por horarios sino por momentos”, ha criticado Fernando Luna, vicepresidente de CEPYME Aragón y presidente de CEOE-CEPYME Huesca.

    CEPYME Aragón ha recordado que el Salario Mínimo Interprofesional ha subido un 54% en los últimos 6 años, pasando de los 735,9 euros mensuales en 2018 a los 1.134 euros actuales, mientras que la media europea apenas supera el 30%. Así, el incremento en España duplicó el de Bélgica (25,1%) y Luxemburgo (24,2%) y Reino Unido (20,7%); fue casi tres veces mayor que las de Francia (16,6%) y Holanda (16,5%), y más del triple que Irlanda (15,4%). Además, el coste total del salario mínimo, incluyendo cotizaciones, es el segundo más alto de la UE en relación con la productividad, sólo por debajo de Francia.

    Las alzas deben siempre ir acompasadas a la marcha de la situación empresarial para no impactar en el empleo. A este respecto, la organización empresarial ha subrayado las graves consecuencias sobre las empresas que mantienen contratos con las administraciones que se ven obligadas a cumplir su vigencia, con escasos márgenes de beneficio o trabajando a pérdidas.

    En algunas comarcas de Aragón la subida del SMI supone que el salario esté por encima del 70% del salario medio”, ha subrayado Lorente. “En nuestra Comunidad el marco del diálogo social hace posible que vengan inversiones. A nivel nacional el diálogo social ha saltado por los aires”, ha asegurado.

    Por otro lado, los empresarios están preocupados por la propuesta anunciada por el Gobierno de reducir la jornada laboral a 38,5 horas en 2024, para fijarse en las 37,5 horas el año que viene, una medida que no deja de ser una subida encubierta del SMI porque supone trabajar menos horas por el mismo salario, es decir, cobrar más. Un descenso de la jornada laboral de 40 a 37,5 horas semanales supone aumentar el coste laboral/hora en un porcentaje equivalente a un 6,25%.

    CEPYME Aragón considera que cuando se toman decisiones de este calibre es necesario valorar las consecuencias. “No sirve el café para todos, se debe tener en cuenta el tamaño de la empresa, la actividad a la que se dedica y la población en la que está establecida. La política económica debería estar guiada por la prudencia y adoptar medidas cuando se tenga certeza sobre sus efectos, tanto positivos como negativos”, ha indicado Lorente.

    En un escenario en el que los empleados trabajen menos horas siendo igual de productivos, su producción caerá en la misma proporción en la que baje el número de horas que trabajan, lo que provocaría una caída del PIB”, ha recordado Tesier. “Debemos estar atentos a no destruir el círculo virtuoso que necesitan las empresas para generar riqueza”, ha señalado.

    Asimismo, la organización empresarial cree que este tipo de cuestiones deben quedar en el marco de la negociación colectiva de cada sector o en los acuerdos entre empresa y trabajador, de forma que sea posible adaptar los ritmos de actividad.

    Por su parte, los representantes de CEPYME Teruel han reclamado de nuevo al Gobierno que modifique el alcance de las ayudas al funcionamiento para que se aplique tanto a empresas de nueva creación como a las ya existentes; así como que se incluya a los autónomos. “Actualmente las ayudas no llegan a los 25 millones de euros en toda España, de los que solo 8 llegan a Teruel”, ha criticado María Jesús Lorente.

    CEPYME Aragón ha vuelto a mencionar uno de los males crónicos de nuestro mercado laboral: la falta de profesionales. Una debilidad que reduce las posibilidades de relevo generacional en las empresas familiares y que, además, lastra especialmente a las pymes mermando su capacidad de crecimiento y de ampliación de plantilla.

    La organización considera que estas distorsiones en el mercado laboral requieren una revisión de los programas educativos, en coordinación con los representantes de empresas y trabajadores, para adecuarlos a las necesidades presentes y futuras del sistema productivo.

    Por otro lado, el presidente de CEOE-Huesca, Fernando Luna, ha querido pedir al Gobierno de Aragón que “agilice los trámites en el Inaga y el Instituto Aragonés del Agua para desbloquear algunas inversiones”.

    Con toda la problemática sobre la mesa, CEPYME Aragón ha recordado que el 29% de las empresas todavía registra pérdidas, 4,4 puntos más que antes de la pandemia, según los datos más recientes del Banco de España, del primer semestre de 2023. Unas cifras que ponen de manifiesto la necesidad de apoyar al tejido empresarial y de legislar de una vez por y para la pyme, generadora de 7 de cada 10 empleos en nuestra Comunidad.

    Es fundamental trabajar conjuntamente para mantener un ecosistema atractivo utilizando los recursos que tenemos o la logística de nuestra Comunidad”, ha señalado Benito Tesier.

  • Convocados los XI Premios CEPYME

    Convocados los XI Premios CEPYME

     

    Hasta el próximo 15 de julio está abierto el plazo de presentación de candidaturas a los XI Premios CEPYME, que organiza la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME).

    Las bases y el formulario de inscripción para optar a estos premios están disponibles en la página web de los Premios CEPYME.

    Con estos Premios, que nacieron en 2014, CEPYME quiere promover el reconocimiento social de la figura del pequeño y mediano empresario y del autónomo y divulgar su contribución al progreso económico y social y a la creación de empleo.

    En esta undécima edición los Premios CEPYME se convocan en doce categorías:

    • Pyme del Año,
    • Empresario Autónomo del Año,
    • Pyme Innovación Tecnológica,
    • Pyme Desarrollo Internacional,
    • Pyme Creación de Empleo,
    • Pyme Proyecto Emprendedor,
    • Pyme por la Igualdad
    • Pyme o Empresario Autónomo por la Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad
    • Pyme Eficiencia Energética y la Sostenibilidad
    • Pyme con Mejores Prácticas de Pago
    • Pyme Transformación Digital
    • Pyme Economía Circular

    Los Premios están patrocinados por Banco Santander y cuentan con la colaboración de destacadas empresas como Endesa, Randstad, Inserta-Fundación Once, Axa, Volvo, Iberia, Visa, Google, Ecoembes, Orange, Huawei, Informa, ISDI, Wolters Kluwer y Vocento.

  • No te pierdas la IV Aragón Bike Contra el Cáncer

    No te pierdas la IV Aragón Bike Contra el Cáncer

     

    ¡Cuenta atrás para la IV Aragón Bike Contra el Cáncer! Prepara tu reto de 10k, 30k o 50k y pedalea por una causa solidaria. 

    La Asociación Española contra el Cáncer, AECC, organiza una nueva edición de este evento de carácter meramente lúdico y participativo abierto a todas las edades y que se celebra de manera virtual.

    Con tu apoyo AECC va a trabajar para conseguir que, en 2030, el cáncer tenga una supervivencia del 70% y eso solo podemos conseguirlo gracias a la investigación tanto en tratamientos como en elementos de detección temprana del cáncer. Un ejemplo sería el cáncer de próstata, uno de los principales problemas de salud de la población masculina. Desde la Asociación Española Contra el Cáncer financiamos proyectos de investigación en esta patología.

    Esta carrera puede realizarse el 15 y 16 de junio o cualquier otro día. El reto personal de cada uno es hacer entre 10, 20 ó 50 km. pero pueden ser más. Lo importante es sumar y replicar en redes sociales con el hashtag #AragónBikeContraelCáncer 

     

    ¿Cómo inscribirme?

     

    Puedes  inscribirte y conseguir tu dorsal hasta el 31 de marzo a las 23:59 o fin de existencias de maillots.

    Más información

  • Se amplía el plazo de recepción de candidaturas para la XXX Edición del Concurso IDEA

    Se amplía el plazo de recepción de candidaturas para la XXX Edición del Concurso IDEA

     

    Ampliado el plazo de recepción de candidaturas para la XXX Edición del Concurso IDEA hasta el próximo viernes 29 de marzo de 2024.

    Se trata de un certamen destinado a identificar y reconocer las mejores iniciativas de emprendimiento innovador de base tecnológica en Aragón, convocado por el Departamento de Economía, Empleo e Industria del Gobierno de Aragón, a través de la Fundación Aragón Emprende.

     

    ¿Quién puede presentarse al Concurso IDEA?

     

    Premio IDEA Futuro

    Organizaciones con domicilio social y fiscal en Aragón con una vida máxima de un año y medio desde la fecha de constitución o primer alta en actividad económica (es decir, creadas entre el 01/09/2022 y el 28/02/2024).

    Los promotores del proyecto deben formar parte de la organización y ser sus fundadores.

    En esta categoría se admite la participación de personas en el régimen especial de trabajadores autónomos y otro tipo de sociedades o entidades que tengan actividad económica.

     

    Premio IDEA Acelera

    Organizaciones con forma jurídica societaria domicilio social y fiscal en Aragón con más de un año y medio y hasta 5 de vida desde la fecha de constitución o primer alta en actividad económica (es decir, creadas entre el 01/03/2019 y el 31/08/2022).

     

    Accésit IDEA

    El Jurado otorgará un único Áccesit a aquella candidatura no ganadora en cualquiera de las dos categorías anteriores, que destaque por algún aspecto clave de su propuesta de valor, o por cualquier especial fortaleza relacionada con los criterios de valoración de Concurso.

    La participación en el Áccesit IDEA es automática al inscribir la candidatura en el Premio IDEA Futuro o Premio IDEA Acelera y cumplir los requisitos de la categoría correspondiente.

     

    Dotación

     

    Para los ganadores, hay 8.000€ de dotación económica en premios, un viaje al MIT de Boston para asistir al Frontiers of Innovation and Entrepeneurship y un bono de actuaciones para la internacionalización de la iniciativa, valorado en 2.200€.

    Más información

  • ¿Cómo debe notificarse la modificación de la tarifa eléctrica por parte de las comercializadoras?

    ¿Cómo debe notificarse la modificación de la tarifa eléctrica por parte de las comercializadoras?

     

    Tema habitual en las reclamaciones de consumo, se ha dictado reciente sentencia sobre las exigencias formales mínimas y suficiencia de las modalidades habitualmente empleadas por las distribuidoras o comercializadoras de notificación de las modificaciones de tarifa en consumo eléctrico.

    La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 4 de diciembre de 2023 (y que se adjunta) indica:

    «La cuestión no es tanto si la factura resulta un medio hábil para informar sobre la modificación como si la información en ella contenida cumple las exigencias mínimas de comunicación al consumidor, de manera transparente, sobre el cambio de las condiciones de cálculo del precio».

    En el caso concreto sometido a su consideración, el TS concluye que el uso – habitual – de una factura que informa sobre la modificación tarifaria en un epígrafe titulado “información de utilidad” o similar, y que se incluye en todas las facturas periódicas, no cumpliría con  las exigencias informativas impuestas tanto por la normativa de consumidores, como por la normativa sectorial.

    El TS concluye que:

    «aunque aparentemente podría colmar las exigencias normativas al respecto, realmente no es así», porque «el mismo epígrafe, con una apariencia externa idéntica, pero sin la mención a la modificación tarifaria, era incluido siempre en las facturas, por lo que un consumidor medio, razonablemente atento y perspicaz, no tenía por qué advertir fácilmente, en un examen rutinario de un documento por naturaleza repetitivo, que se le variaba el sistema de facturación y cobro».

    En el mismo sentido informó el Ministerio Fiscal, que había defendido que «esa información trascendental, que afectaba a un elemento tan relevante como el precio del contrato, «ni siquiera se expone en primer lugar o se destaca en forma única por la tipografía o el color del resto de las informaciones, sin que parezca tampoco previsible para el consumidor medio que una modificación contractual figure en un apartado bajo ese título, máxime cuando ni siquiera fue advertido al contratar de que podía ser informado de las modificaciones contractuales por ese medio, por lo que parece lógico que solo espere en la factura comunicaciones sobre sus cargos mensuales«.

    Aunque el TS no entra a tratar o sugerir los medios que debe emplear la empresa para comunicar al usuario la modificación de los precios, hay que recordar que, sin perjuicio de las exigencias concretas de la normativa sectorial (muy laxas, en muchos casos), la empresa debería utilizar medios que permitan tener constancia fehaciente de su recepción. Podría concluirse que la factura mensual o cualquier otra comunicación enviada por correo ordinario no es un medio que permita tener constancia fehaciente de la recepción y, es habitual en reclamaciones la alegación del usuario de que no recibido dicha comunicación, lo que podría dejar sin efecto la aplicación de la revisión de precios, salvo que concurra algún otro prueba o indicio de que si tenía conocimiento de la notificación.

    Dado que la carga de la prueba podría entenderse que recae sobre el empresario en aplicación de los principios generales sobre la prueba de las obligaciones (vg. art. 217 de la LEC), éste debería utilizar medios que permitan dejar constancia de la recepción por el destinatario (burofax, notificación electrónica, correo certificado con acuse de recibo o análogo).

    Es también cierto que la normativa sectorial no exige tal rigorismo formal a las empresas, que existen contratos que ya prevén las actualizaciones periódicas, que resultaría – en la práctica – excesivo y gravoso el uso de medios “fehacientes” de tal notificación … Pese a ello, y de acuerdo con la comentada sentencia del TS , por regla general, la factura periódica (con un contenido recurrente similar– y no siempre es así – en el caso de la sentencia que nos ocupa) no es suficiente para informar de forma transparente al consumidor medio y ello incluso aunque la información se escriba en negrita y se incluya en un epígrafe titulado “información relevante”, recayendo sobre la empresa la carga de informar de modo pormenorizado y formalmente destacado en un epígrafe específico, distinto a los incluidos habitualmente en la factura, resaltando esa información con un color o tamaño de letra diferente o enviando esa información en una comunicación específica anexa a la factura o independiente de ella, cuyo objeto único sea la información sobre la modificación de tarifas. El contrato de suministro eléctrico que se haya firmado habrá de informar detalladamente sobre el medio a emplear  para notificar las modificaciones tarifarias (o cualquier otra modificación); siendo conveniente para la empresa – en lógica – usar  medios de notificación que permitan tener constancia de la recepción.

    Sentencia completa

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