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  • Convocadas las ayudas para la Transformación y Desarrollo Industrial en Aragón

    Convocadas las ayudas para la Transformación y Desarrollo Industrial en Aragón

     

    Publicada la convocatoria anticipada de las ayudas a proyectos empresariales para la Transformación y Desarrollo Industrial en Aragón con un presupuesto de 8.725.000 euros. Un programa que es cofinanciado por la Comisión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa FEDER Aragón 2021-2027.

    Las ayudas están destinadas a proyectos empresariales de grandes empresas y PYME que puedan considerarse como de actividad industrial o conexa, o que, desarrollando una actividad económica de cualquier índole, ésta tenga potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social, para la realización de las actuaciones previstas.

     

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas las empresas (PYME y grandes empresas) que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como
    estar vinculadas a la actividad industrial, a otras actividades conexas o complementarias que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma o a otras actividades económicas cuando éstas tengan un potencial diferenciado de valor añadido, económico o social.

    Así, por ejemplo, las empresas que prestan servicios a la industria tales como las de servicios de I+D+i, diseño industrial, TIC y soluciones digitales, medioambiente o logística son también potenciales beneficiarios de esta convocatoria de ayudas.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Ayudas regionales a la inversión:

    Una inversión en activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

     

    Ayudas a la inversión en favor de las PYME (solo en el término municipal de Zaragoza):

    Una inversión en activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

     

    Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental:

    Proyectos de investigación industrial, que consistan en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.

    Proyectos de desarrollo experimental, que consistan en la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.

     

    Ayudas a la innovación en materia de procesos y organización:

    Se contemplan proyectos de innovación en materia de organización que supongan la aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa.

    También se incluyen los proyectos de innovación en materia de procesos, en donde se aplique un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos).

     

    Ayudas a la innovación-derechos de propiedad industrial:

    Podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.

     

    Ayudas para servicios de consultoría técnica:

    Podrán ser objeto de ayuda las actuaciones que hagan uso de servicios de consultoría de planificación y orientación del negocio, de nivel estratégico. Estos servicios no podrán ir dirigidos a dar soporte a las actividades permanentes o periódicas de gestión habitual de la empresa, como pueden ser los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios informáticos de soporte, los servicios jurídicos o los de publicidad habituales en la gestión de la empresa.

    Ayudas para el asesoramiento y realización de trabajos específicos en materia de diseño industrial, tanto de productos como de servicios.

     

    Cuantía

     

    En función del proyecto a desarrollar, el tamaño de la sociedad o la ubicación de su inversión en la geografía aragonesa, las empresas podrán optar a una financiación de hasta el 80% de sus actuaciones.

    El importe máximo de la ayuda, que podrá acumular, en su caso, distintas categorías, no excederá de los 500.000 euros por solicitud o beneficiario, sin perjuicio de que ese importe máximo pueda ser incrementado.

    Por razones de economía procedimental, no se concederán ayudas que, aun cumpliendo todas las condiciones de elegibilidad, no alcancen en su cálculo un mínimo de 2.000 euros, contemplando el total de todas las categorías de ayuda solicitadas.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será hasta el 15 de enero de 2024, incluido.

    Orden completa

  • Jornada Fondos Europeos, una oportunidad para Aragón: FEAG como ejemplo de éxito

    Jornada Fondos Europeos, una oportunidad para Aragón: FEAG como ejemplo de éxito

     

    El próximo 14 de diciembre de 2023, a las 11 horas, tendrá lugar en el salón de actos de la Dirección General del Inaem, la jornada Fondos Europeos, una oportunidad para Aragón: FEAG como ejemplo de éxito.

    El acto se enmarca en el programa de apoyo a la reinserción laboral del Fondo europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) y del que CEPYME Aragón es entidad colaboradora.

    Las plazas son limitadas.

     

    Programa

     

    11:00 Bienvenida

    Excma. Sra. M.ª del Mar Vaquero Periánez
    Vicepresidenta segunda y consejera de Economía, Empleo e Industria

    11:10 El FEAG desde la perspectiva europea

    Video de presentación

    11:20 El despliegue de los programas FEAG a nivel nacional
    Dª Victoria Berrocal Ruíz
    Unidad administrativa del Fondo Social Europeo

    11:35 VISUALIZACIÓN VÍDEO /FEAG- Automoción.

    11:45 COLOQUIO/DEBATE: FEAG Automoción

    Dª. María Jesús Lorente Oscáriz
    Presidenta de CEPYME Aragón

    Dª. Purificación Huerta Laborda
    Responsable de la Secretaría de Formación y Empleo de UGT Aragón

    D. Manolo Pina Lasheras
    Secretario General de CCOO Aragón

    D. Miguel Marzo Ramo
    Presidente de CEOE Aragón

    D. Benito Tesier Sierra
    Presidente de CAAR – Clúster de Automoción y Movilidad de Aragón

    Modera: Pedro Arrufat Carilla
    Jefe de Servicio de Intermediación INAEM

    12:15 Proyectos de interés para las empresas desde INAEM

    Dª: Alicia Gálvez Gálvez
    Jefa de Área de Atención a Empresas INAEM

    12:30 Cierre del Acto

    Dª. Ana López Ferriz
    Directora Gerente INAEM

    12:35 Vino Aragonés

    Inscripción

  • ¿Cómo es el tratamiento contable del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables?

    ¿Cómo es el tratamiento contable del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables?

     

    Compartimos una Consulta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, publicada en el BOICAC  Nº 133/2023 Consulta 1, referente al Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables regulado en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

    La consulta se centra en el aspecto contable del citado impuesto:

    Se indica que el Impuesto sobre Envases de plástico no reutilizables es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización en territorio español de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancía.

    Está sujeta al impuesto la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular de productos que forman parte del ámbito objetivo.

    El artículo 92 determina que el contribuyente de este impuesto son las personas físicas o jurídicas y las entidades que fabriquen, importen o adquieran intracomunitariamente determinados envases no reutilizables en la medida en que, de acuerdo con la norma tributaria (aspecto sobre el que este Instituto no se manifiesta), la empresa adquirente del plástico no tenga derecho a la deducción del impuesto, se contabilizará en el momento de su devengo y formará parte del precio de adquisición del bien o servicio que lo genera.

    Por otra parte, el impuesto no formará parte de los ingresos de la empresa que lo repercute.

    Consulta completa

  • Abierto el plazo para presentar alegaciones al Reglamento contra la morosidad

    Abierto el plazo para presentar alegaciones al Reglamento contra la morosidad

     

    El Ministerio de Industria acaba de abrir la consulta pública el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

    El objetivo de esta propuesta de reglamento es garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior y la competitividad de las empresas de la UE mediante el establecimiento de normas que concedan a las empresas condiciones adecuadas para recibir un pago justo y puntual por sus bienes o servicios.

    Entre las medidas propuesta se incluye el límite general del plazo de pago de 30 días para todas las operaciones comerciales, el pago automático de intereses y de una cuota fija de compensación, la obligación de designación en los Estados miembros de una autoridad de ejecución que deberá tomar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los plazos de pago, o el uso voluntario de mecanismos alternativos de resolución de controversias entre deudores y acreedores, eficaces e independientes.

     

    Plazo de remisión

     

    Plazo para presentar alegaciones desde el jueves 23 de noviembre de 2023 hasta el viernes 15 de diciembre de 2023

     

    Presentación de alegaciones

     

    Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: normativapyme@mincotur.es indicando en el asunto: “Nombre de la empresa/entidad”

    Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado, haciendo constar en ellas:

    • Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante
    • Organización o asociación (si corresponde)
    • Contacto (correo electrónico).

    Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

    Texto de la propuesta

  • Calendario laboral 2024: Descargable

    Calendario laboral 2024: Descargable

     

    CEPYME Aragón pone a disposición de los asociados el Calendario Laboral correspondiente al año 2024 en formato PDF.

    Se recuerda la obligación legal para la empresa -con base en el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores- de exhibir el mismo en lugar visible del centro de trabajo.

    Elaboración y trámites:

    • Anualmente la empresa, tras consulta y previo informe de los representantes de los trabajadores, elaborará un calendario laboral que comprenderá el horario de trabajo y la distribución anual de los días de trabajo, festivos, descansos semanales o entre jornadas, y otros días inhábiles, teniendo en cuenta la jornada máxima legal o, en su caso, la pactada.
    • El calendario estará de acuerdo con la regulación que anualmente efectúa el Ministerio de Empleo y Seguridad Social de los días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables y los establecidos por cada Comunidad Autónoma y por los Ayuntamientos correspondientes, siendo catorce días la totalidad de estos.
    • El calendario deberá exponerse en sitio visible en cada centro de trabajo.

    Descargar

     

    Festivos locales

     

    Si todavía no conoces los festivos locales de los municipios de Aragón, aquí te los contamos.

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