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  • ¿Cómo calcular las retenciones a partir del 1 de febrero?

     

    La web de la AEAT publica, además del cuadro informativo general de los tipos de retención, el servicio de cálculo de retenciones aplicables a partir del 1 de febrero de 2023, distinguiéndose, como indicamos en anteriores notas, entre el período desde el 1 al 31 de enero y a partir del 1 de febrero:

    Cuadro informativo tipo de retenciones

    Cálculo de retenciones (del 1 al 31 de enero de 2023)

    Cálculo de retenciones (a partir del 1 de febrero de 2023)

     

    Además, la propia página de la AEAT pone a disposición de los usuarios – en especial para la incorporación a los programas informáticos de contabilidad y de liquidación de impuestos – el algoritmo de cálculo e información técnica para el cumplimiento de la obligación de retención antes indicada.

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  • Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado para 2023

    Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado para 2023

     

    El Consejo de Ministros aprobó el 31 de enero el Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado para 2023 (PAN-23). En él se contienen las iniciativas legislativas o reglamentarias que los distintos departamentos ministeriales prevén elevar durante dicho año natural al Consejo de Ministros para su aprobación.

    El plan incluye un total de 117 iniciativas normativas, que se concretan en tres leyes orgánicas, 33 leyes ordinarias y 81 reales decretos.

    El mantenimiento de algunas de las novedades ya implementadas en la tramitación de los Planes de 2021 y 2022, y la vinculación de un buen número de iniciativas normativas con los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, son los principales ejes vertebradores de la articulación del nuevo Plan Anual Normativo para 2023.

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  • Ya puedes solicitar el “Sello Aragón Circular” 2023

    Ya puedes solicitar el “Sello Aragón Circular” 2023

     

    Se convoca el distintivo relacionado con la Economía Circular, “Sello Aragón Circular”, para el año 2023, un reconocimiento a las entidades aragonesas que destacan por el desarrollo e implantación de la economía circular en Aragón.

     

    Candidatos

     

    Podrán solicitar y obtener el “Sello Aragón Circular” en la categoría “Empresas” las grandes empresas, pymes y personas trabajadoras autónomas, así como cualquier entidad, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón y dispongan de un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en ella en el momento de la solicitud.

    Podrá solicitar y obtener el “Sello Aragón Circular” en la categoría “Administración Local” cualquier entidad local aragonesa.

     

    Requisitos para la categoría Empresa

     

    Se valorará el grado de implantación de los principios de la economía circular dentro de la gestión de la entidad solicitante, su impacto a lo largo de la cadena de valor y su contribución a lograr en Aragón una economía sostenible, descarbonizada, eficiente en el uso de los recursos y competitiva.

    Para ello, se establecen los siguientes criterios:

    • Incorporación de criterios de ecodiseño que contribuyan a la circularidad de los procesos productivos o que permitan incrementar el ciclo de vida de los productos (durabilidad, reparación, reciclado, eficiencia, etc.).
    • Origen de las materias primas empleadas (porcentaje de materiales renovables, reciclados o reutilizados).
    • Gestión de residuos y/o subproductos generados en el proceso productivo (subproductos y/o residuos que se reintroducen en proceso, sustitución materias primas originarias por secundarias, tasas de reciclado, valorización en la cadena de valor…).
    • Consumo y tratamiento del agua (reducción de su empleo, tratamiento, procesos de recirculación, etc.)
    • Procedimientos o criterios de circularidad aplicados en la compra de materiales y servicios.
    • Disponer de análisis de ciclo de vida de producto, proceso o actividad, certificaciones de producto u organización relativas a circularidad, indicadores de circularidad.
    • Contribución de la actividad de la empresa a la circularidad a lo largo de la cadena de valor (socios, clientes, proveedores, usuarios, etc.).
    • Buenas prácticas utilizadas en circularidad.
    • Personal de la entidad destinados a la implantación y desarrollo de la economía circular.
    • Actividades de información y formación a personal de la entidad en economía circular.
    • Porcentaje de inversión en economía circular respecto de la facturación anual.
    • Actuaciones de comunicación y/o concienciación a lo largo de la cadena de valor (personas o entidades asociadas, clientes, proveedores, etc.).
    • Participación en proyectos de I+D+i que fomenten la circularidad.
    • Actuaciones relativas a la reducción del consumo energético, porcentaje de energías renovables empleadas, reducción de gases de efecto invernadero u otras actuaciones relativas a la eficiencia energética de la actividad y reducción de emisiones.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 3 de abril de 2023.

    Orden completa

  • Se modifica la normativa sobre las garantías financieras en materia de residuos

    Se modifica la normativa sobre las garantías financieras en materia de residuos

     

    El RD 2008/2022 sobre las garantías financieras en materia de residuos establece el marco general que deben tener en cuenta los diferentes operadores que intervienen en las distintas fases del tratamiento de los residuos, así como las administraciones competentes, para la aplicación de las garantías financieras exigidas por la normativa que regula la gestión de residuos.

    La modificación del mismo, tras su publicación y entrada en vigor, viene derivada de la necesidad de modificar aspectos puntuales de su redacción para clarificar su aplicación. En primer lugar, han surgido dudas sobre el alcance del artículo 3.3. Este artículo regula las garantías que deben constituir determinadas entidades o empresas que intervienen en la producción y/o gestión de residuos, para atender la responsabilidad que se les pueda exigir por daños medioambientales. Para la formalización de las mencionadas garantías el artículo se remite a la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, y al Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. En aras de una mayor seguridad jurídica se incluye una referencia a las posibles exenciones que contempla la Ley 26/2007, de 23 de octubre.

    Adicionalmente el MITECO constató la necesidad de modificar el criterio establecido para calcular el importe de la fianza correspondiente a las instalaciones de tratamiento y almacenamiento de residuos, con objeto de reducir su importe, que era muy superior al que han venido estableciendo las autoridades competentes. E, igualmente, modificar dicho criterio para los gestores de residuos de construcción y demolición y de escorias siderúrgicas, para adaptarlo al que, desde hace años, han venido utilizando las autoridades competentes de distintas comunidades autónomas.

    Real Decreto completo

    Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con nosotros a través de medioambiente@cepymearagon.es

  • Abierta la convocatoria de 2023 para la integración de empresas en la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES)

    Abierta la convocatoria de 2023 para la integración de empresas en la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES)

     

    Ya está abierto el plazo para solicitar la integración en la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES).

    La RAES la constituyen aquellas empresas que han manifestado su interés en implementar en su organización proyectos tendentes a promover y facilitar a los trabajadores la adopción de modos de vida sanos en ambientes favorables a la salud. Asimismo, la Red proporciona una infraestructura para el intercambio de información, la colaboración entre las empresas, la innovación en promoción de salud y contribuye a visibilizar las acciones emprendidas por estas.

     

    Candidatos

     

    Podrán solicitar la integración tanto microempresas, pymes, grandes empresas, entidades públicas o cualesquiera otras empresas que cumplan los objetivos y criterios determinados, que hayan implementado un proyecto o proyectos de promoción de salud en su organización, estando dichos proyectos apoyados tanto por la dirección como por las personas trabajadoras y basados en una amplia participación de todos los integrantes de la empresa.

     

    Características de los proyectos

     

    El proyecto o proyectos presentados a esta convocatoria, deben reunir las siguientes características:

    1. Estar orientados a la promoción de un estilo de vida saludable por parte de los integrantes de la empresa y a la creación de un entorno laboral favorecedor de las opciones saludables. Se valorará especialmente el carácter innovador y promotor de la participación de las personas trabajadoras en los proyectos.

    2. Llevar como mínimo un año de funcionamiento, tener proyección de futuro, ser transferible a otras empresas y contemplar la perspectiva de género.

    3. Desarrollarse por un equipo de trabajo interdisciplinar que impulse el o los proyectos, que contará, entre sus miembros, con una persona con funciones de coordinación.

    4. Contar con una programación temporalizada de actividades y un sistema de evaluación de los resultados

    5. Se valorarán especialmente los proyectos cuya temática se ajuste a las áreas de trabajo priorizadas por el Gobierno de Aragón que figuran en el anexo de la Orden EPE/219/2021, de 15 de marzo.

     

    Plazo

     

    Las solicitudes se presentarán hasta el 2 de abril de 2023.

    Resolución completa

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