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  • Participa en la encuesta del Instituto de Crédito Oficial

    Participa en la encuesta del Instituto de Crédito Oficial

     

    Con motivo de la elaboración de su Memoria Integrada 2022, el Instituto de Crédito Oficial se encuentra realizando una encuesta para identificar los aspectos de su actividad que tienen mayor importancia para sus stakeholders.

    La encuesta parte de un listado con los principales temas relevantes (materiales) para el Grupo ICO identificados y les gustaría conocer el grado de interés o relevancia que despierta cada uno de ellos en los diferentes grupos de interés.

    El cuestionario permanecerá abierto hasta el próximo 13 de enero.

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  • Se elimina el sellado de contratos de arrendamiento y tramitación electrónica del pago de la fianza

    Se elimina el sellado de contratos de arrendamiento y tramitación electrónica del pago de la fianza

     

    Tras un detenido análisis en el marco del proyecto de rediseño del servicio prestado a la ciudadanía en materia de fianzas de arrendamientos, se ha concluido la necesaria eliminación del estampado del sello de la Unidad de Fianzas en los contratos de arrendamiento presentados ante el Gobierno de Aragón, tanto en el trámite del depósito de la fianza como en el de la devolución de la misma. Con ello se pretende contribuir a evitar una percepción errónea de la función que realiza el Gobierno de Aragón en cumplimiento del mandato de la Ley 10/1992, de 4 de noviembre, de fianzas de arrendamientos y otros contratos, agilizar la prestación del servicio y simplificar su tramitación.

    En consecuencia, a partir de la publicación de esta Circular en el “Boletín Oficial de Aragón”, la forma de justificar que la fianza ha sido depositada o ha sido solicitada su devolución, se hará, única y exclusivamente, a través de la entrega del correspondiente justificante de depósito o devolución, según proceda, sin que quepa, en ningún caso, sellar los contratos de arrendamiento que se presenten en el curso de la tramitación. Al igual que ocurre en el régimen general, en el caso de las fianzas depositadas en el régimen concertado no procederá sellar los contratos de arrendamiento. En consecuencia, en el régimen concertado, la forma de acreditar el depósito de la fianza de un contrato de arrendamiento será, bien mediante la autoliquidación anual debidamente presentada y la justificación del ingreso correspondiente, o bien mediante un certificado emitido al efecto por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, previa solicitud por el interesado.

    Se ha realizado una revisión del contenido de la página web para hacer una versión más accesible y que se pueda incorporar en breve el pago telemático. Además, se ha realizado un trabajo de coordinación entre las tres subdirecciones provinciales, revisando cuestiones que se tramitaban de forma diferente y garantizando una tramitación uniforme en todo el territorio de Aragón.

    De esta forma, para formalizar el depósito de la fianza bastará con la justificación de que se ha hecho el ingreso y con la aportación de otros datos generales como una copia del contrato “y esto se podrá hacer íntegramente de manera telemática” ha señalado Soro. Seguirá siendo posible presentar la documentación de manera presencial en los registros del Gobierno de Aragón. El trámite se puede realizar a través del enlace de la web del Gobierno de Aragón.

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  • CEPYME Aragón advierte que las pymes y los autónomos comienzan el año con incertidumbre

    CEPYME Aragón advierte que las pymes y los autónomos comienzan el año con incertidumbre

     

    El paro registrado en Aragón en el mes de diciembre ha bajado en 457 personas respecto al mes de noviembre, lo que supone un descenso del 0,78%. Así, la cifra total de desempleados en la Comunidad es de 58.308. Por provincias, Huesca ha registrado la mayor caída con un 2,62% de variación mensual, que se traduce en 212 personas menos; le sigue Zaragoza con un descenso del 0,48%, que supone 218 desempleados menos; y Teruel que ha registrado una bajada del 0,52%, que supone 27 personas desempleadas menos.

    Por otro lado, en cifras interanuales y respecto al mismo mes de 2021 el paro ha descendido un 4,51%, que se traduce en 2.757 personas desempleadas menos que hace un año.

    La presidenta de CEPYME Aragón, María Jesús Lorente, ha señalado que “diciembre es un mes que tradicionalmente registra descensos por la campaña de Navidad y, de hecho, las cifras reflejan que el único sector que ha registrado descenso ha sido el sector servicios, el resto ha sufrido incremento del desempleo, un dato muy preocupante. Asimismo, hay que recordar que las personas demandantes de empleo con contratos fijos discontinuos no computan en el paro, por lo que las cifras son mayores de lo publicado; una información que, además, no conocemos”.

    CEPYME Aragón recuerda que el 99,9% del tejido empresarial aragonés está formado por PYMES y autónomos de los que el 95,43% son empresas con menos de 10 trabajadores. Asimismo, son las PYMES y los autónomos los que crean 7 de cada 10 empleos generados en nuestra Comunidad.

    Las empresas comienzan 2023 con un pronóstico nada halagüeño, especialmente pymes y autónomos, que tendrán que hacer frente a unos elevados costes que impactarán de forma muy negativa en su productividad y competitividad: alzas salariales, problemas en las cadenas de suministro, el precio de la electricidad, del gas, del transporte…”, ha subrayado Lorente. “Unas dificultades que, recordemos, han ido minando la situación de nuestro tejido empresarial desde hace meses”, ha concluido.

  • Obligaciones derivadas de la Ley de Residuos que ya ha entrado en vigor en 2023

    Obligaciones derivadas de la Ley de Residuos que ya ha entrado en vigor en 2023

     

    Recordamos las medidas establecidas en la ley 7/22 de Residuos cuya obligación de cumplimiento se establece a partir del 1 de enero de 2023.

     

    Art 18- Medidas de prevención

     

    • Los establecimientos del sector de la hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento.
    • Con el fin de promover la prevención de envases de un solo uso, a más tardar el 1 de enero de 2023, los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400 metros cuadrados destinarán al menos el 20% de su área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.
    • Todos los establecimientos de alimentación que vendan productos frescos y bebidas, así como alimentos cocinados, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables (bolsas, táperes, botellas, entre otros) adecuados para la naturaleza del producto y debidamente higienizados, siendo los consumidores los responsables de su acondicionamiento. Tales recipientes podrán ser rechazados por el comerciante para el servicio si están manifiestamente sucios o no son adecuados. A tal fin, el punto de venta deberá informar al consumidor final sobre las condiciones de limpieza e idoneidad de los recipientes reutilizables.

     

    Art 55- Reducción del consumo de determinados productos de plástico de un solo uso

     

    • Todos los agentes implicados en la comercialización fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico. En cualquier caso, a partir del 1 de enero de 2023, se deberá cobrar un precio por cada uno de los productos de plástico incluidos en la parte A del anexo IV que se entregue al consumidor, diferenciándolo en el ticket de venta.

     

    Anexo IV: Productos de plástico de un solo uso

    Productos de plástico de un solo uso sujetos a reducción:

    • Vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones.
    • Recipientes para alimentos, tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos que:
      – Están destinados al consumo inmediato, in situ o para llevar.
      – Normalmente se consumen en el propio recipiente.
      – Están listos para el consumo sin ninguna otra preparación posterior, como cocinar, hervir o calentar, incluidos los recipientes para alimentos utilizados para comida rápida u otros alimentos listos para su consumo inmediato, excepto los recipientes para bebidas, los platos y los envases y envoltorios que contienen alimentos.

    Además, recordar que el 1 de enero de 2023 entrarán en vigor los Impuestos relativos a la eliminación de residuos y a envases de plástico de un solo uso.

    Más detalles

     

    Jornada informativa

     

    Dada la importancia de la norma aprobada y las afecciones que pueden suponer para nuestras empresas, CEPYME Zaragoza y la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza han organizado un seminario informativo en formato mixto (on-line o presencialel jueves 19 de enero a las 9 h para intentar resolver las dudas que puedan surgir.

    Más info e inscripción

  • Ya está en vigor el nuevo Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables

    Ya está en vigor el nuevo Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables

     

    El BOE de 30/12/2022 publica la Orden HFP/1314/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban el modelo  592 «Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.  Autoliquidación» y el modelo A22 «Impuesto especial sobre los envases de  plástico no reutilizables. Solicitud de devolución», se determinan la forma y  procedimiento para su presentación, y se regulan la inscripción en el Registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de  existencias.

    Orden completa

    Recordamos que el 1 de enero entra en vigor este nuevo Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.

    Se trata de un impuesto de muy amplia base, ya que afecta no sólo a los fabricantes de envases de plástico, sino también a los importadores y empresarios que realicen adquisiciones intracomunitarias de envases de plástico (vacíos o conteniendo productos) de cualquier sector económico.

    Más detalles

    Para consultas: Asesoría medioambiente o Asesoría Fiscal 976 766060 o mediante email a: medioambiente@cepymearagon.es

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