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  • VII Encuentro Triple Hélice con Unizar

    VII Encuentro Triple Hélice con Unizar

     

    El Vicerrectorado de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza organiza el VII Encuentro Triple Hélice con UNIZAR que tendrá lugar el día 1 de diciembre.

    Está dirigido a investigadores, empresas e instituciones tractoras de Aragón con el fin de estimular el desarrollo de proyectos con UNIZAR, mostrando casos de éxito en proyectos con empresas, resultados de investigación y empresas UNIZAR, en un concurso con formato elevator pitch.

    Se entregarán premios especiales 2021 a la Cátedra Térvalis de Bioeconomia y Sociedad, a la Empresa LEAR CORPORATION HOLDING SPAIN, S.L.U, al Cluster de Automoción de Aragón (CAAR), y a la Diputación Provincial de Huesca premio Acción institucional pública como reconocimiento a su apoyo y colaboración con la Universidad de Zaragoza en su labor de fomentar la transferencia e innovación tecnológica.

    Se contará con la presencia del Rector de la Universidad de Zaragoza, la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad de Conocimiento del Gobierno de Aragón, la Vicepresidenta Primera de la Cámara de Comercio de Zaragoza y la Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica UZ.

    La jornada será presencial y retrasmitida On Line. Una semana antes del evento, se le enviará a su dirección de correo de su inscripción, el enlace para poder seguir el evento on line si lo desea.

     

    Programa

     

    9.30h Inauguración del acto, presidida por el Rector de la Universidad de Zaragoza

    9.45h Concurso Elevator Pitch UNIZAR entre Proyectos I+D con empresas, Resultados de investigación y Emprendedores UNIZAR

    10.30h Deliberación del Jurado

    10.40h Ceremonia de entrega de Premios y Reconocimientos Triple Hélice con UNIZAR. Presidida por:

    • Rector de la Universidad de Zaragoza
    • Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento del Gobierno de Aragón
    • Vicepresidenta Primera de la Cámara de Comercio
    • Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza

    11.00h Clausura de la Jornada

    Inscripción

  • Calendario laboral 2022: Festivos locales

    Calendario laboral 2022: Festivos locales

     

    El DECRETO 84/2021, de 30 de junio, del Gobierno de Aragón, estableció las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles, para el año 2022 en la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que los días inhábiles correspondientes a las entidades locales fueran determinados con posterioridad, una vez publicado el calendario laboral de éstas.

    El artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio (“Boletín Oficial del Estado”, número 180, de 29 de julio de 1983) sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos en relación con el artículo 37.2 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece que la autoridad laboral competente, a propuesta del Pleno del ayuntamiento correspondiente, determinará hasta dos fiestas locales de carácter inhábil, retribuido y no recuperable.

    La mayor parte de los ayuntamientos de la provincia de Zaragoza, Huesca y Teruel han efectuado sus respectivas propuestas que procede acoger, quedando así completado el calendario de fiestas laborales para el año 2022.

    En consecuencia, las Subdirecciones Provinciales de Trabajo de Zaragoza, Huesca y Teruel, ordenan la publicación de las fiestas de ámbito local de dichas provincias.

    Fiestas locales en los municipios de Zaragoza

    Fiestas locales en los municipios de Huesca

    Fiestas locales en los municipios de Teruel

    * Pendiente de publicación la modificación del festivo del municipio de Zaragoza por el que se traslada la festividad local de San Valero, el 29 de enero, al lunes 31 de enero de 2022. 

  • Convocatorias del PEAC publicadas el 8 de noviembre

    Convocatorias del PEAC publicadas el 8 de noviembre

     

    La Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón abre NUEVAS CONVOCATORIAS con carácter permanente, referidas a unidades de competencia incluidas en diversos títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad ofertados en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    El Procedimiento de Evaluación y Acreditación de CompetenciasPEAC, es un procedimiento que permite ACREDITAR competencias profesionales que han adquirido las personas, a través de su experiencia laboral, facilitando la obtención del título de Formación Profesional o el Certificado de Profesionalidad vinculado a esa cualificación.

     

    Nuevas convocatorias permanentes abiertas publicadas el 8 de noviembre de 2021

     

    CÓDIGO PEAC DENOMINACIÓN PEAC CENTRO GESTOR
    AGAT107 Técnico Básico de Agro-jardinería y Composiciones Florales CPIFP DE MOVERA
    EOCT201 Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación CPIFP CORONA DE ARAGÓN
    FMET302 Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica CPIFP CORONA DE ARAGÓN
    HOTT105 Técnico Básico de Cocina y Restauración CPIFP SAN LORENZO
    HOTT303 Técnico Superior en Guía, Información y Asistencia Turísticas CPIFP ESCUELA DE HOSTELERÍA Y TURISMO DE TERUEL
    IFCT104 Técnico Básico de Informática y Comunicaciones CPIFP LOS ENLACES
    IFCT121 Técnico Básico de Informática de oficina CPIFP BAJO ARAGÓN
    IMPT202 Técnico en Estética y Belleza CPIFP DE SAN BLAS
    IMPT303 Técnico Superior en Estilismo y Dirección de Peluquería CPIFP ESCUELA DE HOSTELERÍA Y TURISMO DE TERUEL
    IMST301 Técnico Superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de Imagen CPIFP LOS ENLACES
    IMST303 Técnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos CPIFP LOS ENLACES
    MAMT301 Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento CPIFP PIRÁMIDE
    QUIT304 Técnico Superior en Química Industrial CPIFP PIRÁMIDE
    SSCT201 Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia CPIFP MONTEARAGÓN
    SSCT301 Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística CPIFP MONTEARAGÓN
    TMVT204 Técnico en Electromecánica de Maquinaria CPIFP BAJO ARAGÓN

    Periodo de inscripción

     

    El periodo de inscripción a las convocatorias estará abierto de manera permanente; si bien, estas se irán publicando progresivamente en la página web de la Agencia de Cualificaciones de Aragón, para adaptar así los recursos y la realización del propio proceso.

     

    ¿Cómo realizar la inscripción?

     

    A través de la página web de la Agencia de las Cualificaciones Profesionales encontrarás el apartado convocatorias, convocatorias permanentes , busca en el desplegable la convocatoria que te interesa y completa todos los campos en la aplicación informática.

     

    ¿Tienes alguna duda?

     

    CEPYME Aragón colabora con la Agencia de las Cualificaciones en la labor de difusión e información de estos procedimientos.

    Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico peac@cepymearagon.es o llamando al 976 76 60 60.

    Más información

  • Jornadas PRL: Los pilares de las empresas saludables

    Jornadas PRL: Los pilares de las empresas saludables

     

    El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, reanuda sus jornadas en materia de prevención de riesgos laborales. La primera de estas citas tendrá lugar en Aragón, concretamente en Zaragoza, los días 9 y 10 de noviembre, y estará centrada en “Los pilares de las empresas saludables”. Un evento, organizado en colaboración con el Gobierno de Aragón, que contará con la participación de los agentes sociales –CEOE Aragón, CEPYME Aragón , UGT y CCOO-, además de diversos expertos y representantes de destacadas empresas aragonesas en materia de prevención de riesgos laborales.

    Estas jornadas se insertan en el marco de la Estrategia Española de Seguridad y Salud 2015-2020, correspondiente al Plan de Acción 2021-2022, cuya línea de actuación es potenciar la sensibilización de la sociedad en materia de prevención de riesgos laborales, con una mayor implicación de los medios de comunicación. Después de celebrarse en Aragón, este evento se llevará a cabo en otras tres Comunidades Autónomas: Cantabria, La Rioja y Región de Murcia.

    En la Comunidad aragonesa tendrán lugar en Zaragoza, con una primera jornada el martes 9 de noviembre por la tarde, en el antiguo Casino Mercantil, actual sede de Bantierra (calle Coso, 29), y una segunda jornada, el miércoles 10, en la Sala de la Corona del edificio Pignatelli, la sede central del Gobierno de Aragón.

    El objetivo de estas jornadas es concienciar en el mundo laboral sobre la importancia de modos de vida sanos y de un ambiente favorable a la salud, así como fomentar la innovación y la transferencia de modelos de buenas prácticas en promoción de la salud en dicho ámbito. Para ello, en el caso de Aragón, los tres pilares que sostienen la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES) ejercerán de hilo conductor. Dichos pilares son:

    • La participación activa, buscando la coordinación entre dirección, trabajadores y colaboradores y el intercambio de conocimientos y experiencias.
    • La mejora continua, valorando el impacto en la salud y las condiciones de trabajo, con el objeto de optimizarlas.
    • La actitud positiva, generando un mayor grado de compromiso y participación.

    La Red Aragonesa de Empresas Saludables fue puesta en marcha en 2020 por los departamentos de Sanidad y de Economía, Planificación y Empleo del Gobierno de Aragón con la incorporación inicial de 24 empresas y entidades. Este verano se abrió de nuevo el proceso de adhesión de nuevos miembros que se integrarán en esta iniciativa que pretende favorecer y apoyar el desarrollo de actividades y proyectos que promuevan modos de vida sanos en las empresas de la Comunidad Autónoma, así como fomentar la innovación y la transferencia de buenas prácticas en la promoción de la salud en el ámbito laboral.

    Para ello, la RAES permite identificar proyectos de promoción de salud que se estén llevando a cabo en las empresas aragonesas para mejorar su visibilidad y reconocimiento; fomenta la realización de experiencias nuevas y apoya la consolidación de las líneas de actuación y los equipos de trabajo ya existentes para que los proyectos tengan sostenibilidad y continuidad y se ajusten a las mejores prácticas desde el punto de vista científico. Además, facilita la relación y el intercambio de información y experiencias entre las empresas integrantes de la red, de forma que se favorece esa transferencia de modelos de buenas prácticas.

    Actualización: El aforo ya está completo pero puedes seguir las jornadas en directo a través de https://jornadasprevencion.es/ 

    Más información

  • Ayudas para el sector vitivinícola

    Ayudas para el sector vitivinícola

     

    El Gobierno de Aragón pone en marcha dos convocatorias de ayudas al sector vitivinícola, financiadas íntegramente con fondos comunitarios: una línea de subvenciones para inversiones en el sector y otra línea para la promoción del vino en los mercados de terceros países. Ambas convocatorias se encuentran enmarcadas en el nuevo programa de apoyo al sector vitivinícola 2019-2023 del FEAGA, que supondrá una mayor eficacia en la ejecución de los fondos para el sector vitivinícola español.

     

    Subvenciones para la promoción del vino en mercados de terceros países, para la anualidad 2022

     

    Beneficiarios

     

    • Empresas vinícolas

    A efectos de la medida de promoción, se entenderá como empresa vinícola aquella empresa privada en la que más del 50% de su facturación provenga de la producción y/o comercialización de vino o cuya producción supere los 500 hl, de acuerdo con su último ejercicio fiscal cerrado.

    • Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas
    • Organizaciones interprofesionales
    • Organizaciones profesionales

    Se entenderá como organizaciones profesionales aquellas que ejerzan su actividad mayoritariamente en el sector del vino, y que estén reconocidas a nivel nacional de acuerdo con la normativa vigente, y que tengan entre sus fines estatuarios la realización de actividades de promoción.

    • Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas vínicas, así como sus asociaciones.
    • Las asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
    • Cooperativas que comercializan vinos elaborados por ellas o por sus asociados.
    • Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.
    • Los Organismos Públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.

     

    Gastos subvencionables

     

    Con carácter general, se considerarán gastos subvencionables aquellos que respondan inequívocamente a la naturaleza de la actividad subvencionada.

    Serán subvencionables también:

    • Gastos administrativos de la entidad beneficiaria

    Siempre y cuando dichos gastos se consignen en una partida específica del presupuesto recapitulativo del programa. Estos gastos incluirán, en su caso, los correspondientes al informe de auditoría (certificados de los estados financieros).

    • Costes de personal

    Si se producen con motivo de la preparación, ejecución o seguimiento de esa operación subvencionada concreta, incluida la evaluación. Dichos costes de personal incluyen los costes del personal contratado por la entidad beneficiaria específicamente con motivo de la operación y los costes correspondientes a la proporción de las horas de trabajo invertidas en la operación por parte de personal permanente de la entidad beneficiaria.

    Las condiciones para la subvencionabilidad de estos y otros gastos son las establecidas en el anexo II de la Orden.

    El gasto será subvencionable siempre que:

    • Se haya llevado a cabo la actividad promocional subvencionada que origina el gasto dentro de la anualidad del programa, esto es, entre el 1 de mayo y el 30 de abril
    • El gasto haya sido efectivamente pagado por la entidad beneficiaria con anterioridad a la finalización del plazo de justificación, es decir, antes del 1 de junio.

     

    Cuantía

     

    La participación financiera de la Unión Europea en los programas seleccionados no podrá superar el 50 % de los gastos subvencionables. En los programas de dos o tres años de duración dicho límite máximo se considera para cada año de ejecución.

    Sólo se concederá el porcentaje de ayuda aprobado en la última resolución vigente cuando el grado de ejecución del presupuesto del programa aprobado y/o modificado alcance, al menos, el 50%, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales. No se concederá ayuda y se ejecutará la garantía depositada si el grado de ejecución está por debajo del 50%.

    La cuantía máxima de ayuda solicitada por beneficiario no podrá superar el 5% del presupuesto total destinado a la medida, en la ficha financiera del programa de apoyo para el ejercicio correspondiente. Dicha limitación solo será aplicable a las empresas vinícolas

    La aportación económica de las entidades beneficiarias podrá proceder de tarifas o contribuciones obligatorias.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el día 14 de enero de 2022.

    Orden completa

     

    Subvenciones para las inversiones en el sector del vino, para el año 2022

     

    Beneficiarios

     

    • Las empresas vitivinícolas que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen los productos contemplados el anexo VII parte II del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización. Las empresas deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Las organizaciones de productores vitivinícolas, reconocidas de acuerdo con el artículo 152 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
    • Las asociaciones de dos o más productores, con personalidad jurídica, de los productos mencionados en el anexo VII parte II de dicho Reglamento. Las asociaciones deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Las organizaciones interprofesionales.

    No obstante, cuando se trate de empresas cuya actividad sea únicamente la comercialización al menos, un 80€ de su facturación del último ejercicio cerrado deberá proceder de la comercialización de los productos del anexo VII parte II del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.

     

    Gastos subvencionables

     

    • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
    • Compra de nueva maquinaria y equipo hasta el valor de mercado del producto.
    • Costes generales vinculados a los gastos contemplados en los dos primeros puntos, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, así como estudios de vialidad, con el límite del 8% del presupuesto aprobado para la operación de inversión.
    • La adquisición o el desarrollo de soportes lógicos de ordenador y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas.

     

    Cuantía

     

    El porcentaje máximo de ayuda en relación con los costes de inversión admisibles al que se refiere el artículo 50.4 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 será del 40%. Adicionalmente, al tipo de ayuda se le aplicarán las siguientes consideraciones:

    • El 40% se aplicará a las microempresas y pequeñas y medianas empresas
    • Para las empresas que no están cubiertas por el título I, artículo 2, apartado 1 de la Recomendación 2003/361/CE con menos de 750 empleados o cuyo volumen de negocios sea inferior a 200 millones de euros, la intensidad de ayuda será el 50% del tipo de ayuda máximo señalado en el apartado primero.
    • Para las empresas que no están cubiertas por el título I, artículo 2, apartado 1 de la Recomendación 2003/361/CE con 750 o más empleados y cuyo volumen de negocios sea igual o superior a 200 millones de euros, la intensidad de ayuda será el 25% del tipo de ayuda máximo señalado en el apartado primero.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el día 31 de enero de 2022.

    Orden completa

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