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  • Se convocan los Premios al Comercio de Aragón 2021

    Se convocan los Premios al Comercio de Aragón 2021

     

    Convocados los Premios al Comercio de Aragón, cuyo objetivo es dotar de prestigio social a la actividad comercial, que es fundamental no sólo en términos económicos sino también sociales en esta Comunidad Autónoma, y así reconocer el esfuerzo de este sector para adaptarse a la evolución de las tecnologías, a las nuevas formas de comercio, y a la competitividad del sector, todo ello, en ejecución de lo dispuesto en los ejes y programas del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón.

     

    Candidatos

     

    La finalidad de los premios es distinguir la especial actuación en favor del comercio aragonés en las siguientes modalidades:

    Iniciativa comercial de sostenibilidad medioambiental

    Iniciativa de sostenibilidad impulsada por el comercio, que promueva la conservación del entorno, la preservación y la concienciación medio ambiental, para un desarrollo sostenible.

    Podrán concurrir los siguientes candidatos: asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de comercio, Pymes y Grandes Empresas dedicadas al comercio minorista que se encuentren en los epígrafes 64, 65 y 66 del Impuesto de Actividades Económicas.

     

    PYMES de comercio

    Pymes de comercio que destaquen por su atención al cliente, el desarrollo y modernización del establecimiento comercial, la innovación y el uso de las nuevas tecnologías, la internacionalización, el sucursalismo o la franquicia.

     

    Grandes empresas de comercio

    Grandes empresas que destaquen por su atención al cliente, el desarrollo y modernización del establecimiento comercial, la innovación y el uso de las nuevas tecnologías, la internacionalización, el sucursalismo o la franquicia.

     

    Proyecto destacado de inclusión social

    Proyecto destacado de inclusión social en la actividad comercial. Aquel que haya puesto en marcha o desarrolle, un proyecto destacable de inclusión de la diversidad, en su actividad comercial.

    Podrán concurrir los siguientes candidatos: asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de comercio, Pymes y Grandes Empresas dedicadas al comercio minorista que se encuentren en los epígrafes 64, 65 y 66 del Impuesto de Actividades Económicas.

     

    Asociaciones de comerciantes y Entidades sin ánimo de lucro

    Entidades sin ánimo de lucro que destaquen en el desarrollo empresarial mediante el asociacionismo comercial, la promoción, desarrollo y gestión de centros comerciales a cielo abierto, la prestación de servicios a sus asociados, o el desarrollo de actividades de promoción y dinamización comercial, fidelización de clientes, y atracción de compradores entre turistas y consumidores de ocio y cultura.

    Podrán presentar su candidatura las asociaciones, instituciones, federaciones u otros organismos intermedios de comerciantes de carácter territorial, sin fines de lucro, así como las que gestionen un Centro Comercial a cielo abierto o aquellas que se constituyan expresamente a través de un modelo de colaboración público – privada para la promoción de un área determinada.

    A efectos de este premio, se entiende por centro comercial a cielo abierto (CCA) los espacios urbanos, de titularidad pública, que presenten una alta densidad comercial con un grado de asociacionismo de, al menos, el 40 por 100 de los comercios existentes en el área, que ofrezcan una imagen y conducta de actuación única, que tengan una gestión profesionalizada y cuenten con una oficina de atención al público consumidor.

     

    Mejor gestión comercial de centros urbanos

    Proyecto destacado de gestión comercial de los centros urbanos.

    Podrán presentar su candidatura las asociaciones, instituciones, federaciones u otros organismos intermedios de comerciantes de carácter territorial, sin fines de lucro, así como las que gestionen un Centro Comercial a cielo abierto o aquellas que se constituyan expresamente a través de un modelo de colaboración público – privada para la promoción de un área determinada.

    A efectos de este premio, se entiende por centro comercial a cielo abierto (CCA) los espacios urbanos, de titularidad pública, que presenten una alta densidad comercial con un grado de asociacionismo de, al menos, el 40 por 100 de los comercios existentes en el área, que ofrezcan una imagen y conducta de actuación única, que tengan una gestión profesionalizada y cuenten con una oficina de atención al público consumidor

     

    Multiservicios rurales

    Se premiará a aquel que haya contribuido de una manera más eficaz al mantenimiento y potenciación de la actividad comercial minorista en las zonas afectadas por la despoblación en Aragón.

    Podrán ser candidatos las Entidades locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, en las que se ubiquen uno de los Multiservicios Rurales o que promocionen una actividad ferial oficial inscrita en el Registro Oficial de Actividades Feriales de Aragón, con independencia de la temática.

     

    Ferias

    Se premiará aquella que destaque por su nivel de organización, labor de promoción, relevancia e impacto comercial generado en el municipio donde se haya celebrado la misma.

    Podrán ser candidatos las Entidades locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, en las que se ubiquen uno de los Multiservicios Rurales o que promocionen una actividad ferial oficial inscrita en el Registro Oficial de Actividades Feriales de Aragón, con independencia de la temática.

     

    Premio extraordinario

    Podrá introducirse una categoría de premio extraordinario, cuando las categorías establecidas no prevean, una actuación, iniciativa o actividad que merezca el reconocimiento público según el criterio de la organización.

     

    Procedimiento de concesión

     

    El procedimiento de concesión se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva.

     

    Plazo

     

    Se presentará una única solicitud por solicitante, pudiendo solicitar más de una categoría en la misma solicitud.

    El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 28 de septiembre de 2021.

    Orden completa

  • CEPYME Aragón valora el descenso del paro, pero lanza un mensaje de prudencia

    CEPYME Aragón valora el descenso del paro, pero lanza un mensaje de prudencia

     

    El paro registrado en Aragón en el mes de agosto ha descendido en 3.528 personas respecto al mes de julio, lo que supone una bajada del 5,02%. Así, la cifra total de desempleados en la Comunidad es de 66.736. Por provincias, Teruel ha registrado el mayor descenso con un 5,57% de variación mensual, que se traduce en 312 personas menos; seguida de Zaragoza con una bajada del 4,99%, que supone 2.768 personas menos, y Huesca que ha registrado una caída del 4,86%, que se traduce en 448 personas desempleadas menos.

    Estas cifras sitúan a Aragón como la cuarta Comunidad en la que más ha bajado el paro respecto al mes anterior; asimismo, desciende el desempleo en cifras interanuales y respecto al mismo mes de 2020 el paro ha descendido un 13,24%.

    El presidente de CEPYME Aragón, Aurelio López de Hita, ha señalado que “los datos son positivos y reflejan tanto la campaña de verano, como la relajación de las restricciones, pues el descenso se ha concentrado en el sector servicios. Nos comenzamos a acercar a cifras anteriores a la pandemia pero hay que ser muy prudentes ya que seguimos en la senda de la recuperación y este descenso tiene mucho que ver con la contratación estacional. Lo importante es mantener ese empleo”.

    El tejido empresarial aragonés está formado en un 99,9% por pymes y autónomos que, actualmente, están pasando por una crisis muy grave. Todas ellas están intentando luchar para sostener como pueden el empleo para que cuando todo esto acabe, se sigan manteniendo el mayor número de puestos de trabajo.

    Las pymes de los sectores más afectados por esta pandemia continúan con dificultades, por lo que es necesario que se sigan tomando medidas para que puedan superar dicha situación. Es imprescindible saltar de una vez la dicotomía entre sanidad y economía y actuar de manera preventiva para mantener el equilibrio entre ambos aspectos”, ha señalado López de Hita. “No hay que olvidar, además, que a los problemas propios de la situación que estamos viviendo, las empresas están haciendo frente a nuevas cargas y costes como la subida de la luz”, ha concluido.

  • Jornada Virtual “Ideas powered for business” para start-ups y PYMEs

    Jornada Virtual “Ideas powered for business” para start-ups y PYMEs

     

    El próximo 14 de septiembre del 2021, a las 9.30h CEST, la Oficina Española de Patentes y Marcas O.A. (OEPM) y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) celebran conjuntamente un seminario virtual para start-ups y PYMEs donde los expertos presentarán servicios, iniciativas y subvenciones que ayudan a este colectivo a gestionar la protección de sus activos intangibles por medio de la Propiedad Industrial; de esta manera, los derechos que se generen podrán ofrecerles un posicionamiento en el mercado de una manera competitiva y les pueden facilitar un crecimiento sostenible y constante en el tiempo.

     

    Programa:

    09:25 Conexión a la plataforma digital (Zoom)
    09:30 Bienvenida
    09:40 El Fondo para PYMEs “Ideas Powered for Business”, un programa de subvenciones dotado de 20 millones de euros
    10:05 Ayudas prestadas a las PYMEs desde la OEPM: financieras y servicios de atención y acompañamiento
    10:30 Preguntas y respuestas
    10:40 El “Easy Filing”, un formulario en línea de la EUIPO dirigido a las PYMEs
    11:05 Presentación telemática de marcas nacionales en la plataforma ProtegeO
    11:30 Preguntas y respuestas
    11:40 Caso de éxito empresarial: NABRAWIND
    12:05 Preguntas y respuestas
    12:00 Resumen, agradecimientos y cierre de la jornada

     

    El seminario es gratuito y abierto, previa inscripción.

    Inscripción

  • Ayudas para la creación, crecimiento y consolidación de proyectos para emprendedores del Ayuntamiento de Zaragoza

    Ayudas para la creación, crecimiento y consolidación de proyectos para emprendedores del Ayuntamiento de Zaragoza

     

    Abierta la convocatoria de las subvenciones para el año 2021, del programa de ayudas para la creación, el crecimiento y la consolidación de proyectos empresariales de emprendedores del Ayuntamiento de Zaragoza.

     

    Beneficiarios

     

    Podrá ser beneficiario/a de la presente convocatoria cualquier persona física o jurídica que sea titular de una actividad empresarial o profesional, quedando expresamente excluidas las fundaciones o asociaciones con o sin ánimo de lucro, que cumpla los siguientes requisitos específicos:

    • Que desarrolle su proyecto en el término municipal de Zaragoza y tenga su domicilio fiscal y social en la ciudad de Zaragoza.
    • Que esté dado/a de alta como empresario/a o como empresa en el momento de la solicitud de la subvención, sin que se supere los dos años desde su constitución o alta hasta la fecha de la solicitud de la subvención. Se deberá justificar un máximo de 24 meses desde el primer alta dentro del régimen especial de trabajadores autónomos bajo la misma actividad económica. 
      Excepcionalmente, en el caso de entidades o personas beneficiarias que hayan realizado el programa ZAC Growth se anula el requisito de plazo máximo de alta.
    • Que, además, los proyectos empresariales cumplan alguno de los siguientes requisitos:
      1. Que estén o hayan estado incubados en alguno de los viveros cuyas dependencias sean de titularidad municipal en un plazo máximo de 3 años antes de la solicitud, quedando expresamente excluidas las permanencias no presenciales o virtuales.
      2. Que las personas que los promuevan sean o hayan sido beneficiarias en un periodo inferior a 3 años en el momento de la solicitud de alguno de los programas de alojamiento empresarial o formativo de titularidad municipal. En el caso de que el programa sea La Colaboradora se deberá tener saldo positivo en el banco del tiempo del programa en el momento de la solicitud.
      3. Que el proyecto empresarial forme parte de la red Made in Zaragoza con una antigüedad mínima de 3 meses en el momento de presentar la solicitud.
      4. Que haya participado en el programa de aceleración empresarial, ZAC Growth, en alguna de las dos últimas ediciones.
      5. Que el proyecto forme parte de algún programa de emprendimiento municipal no contemplado en los epígrafes anteriores.
    • Además deberán cumplir las siguientes condiciones:
      – Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, Estado, Comunidad Autónoma y Seguridad Social, desde el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes hasta la correcta justificación de la subvención.
      – Acreditar, mediante declaración responsable, el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad.
      – Estar en disposición de poder recibir el pago anticipado de la subvención, de acuerdo a lo establecido en el artículo 41 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón

     

    Cuantía

     

    La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario/a no podrá superar el 80% del presupuesto del proyecto presentado de la actividad empresarial que desarrolla, con el límite de 6.000,00 euros. En todo caso, el importe de la subvención vendrá determinada por los coeficientes del cálculo que se obtenga en función del número final de beneficiarios/as y las puntuaciones obtenidas.

    El importe mínimo de las subvenciones a conceder será de 300,00 euros. Por ello, si tras la puntuación obtenida no se alcanzara este importe, según lo dispuesto en la citada base, la solicitud de subvención quedará desestimada.

     

    Plazo

     

    Las solicitudes de subvención del “Programa de ayudas para la creación, crecimiento y consolidación de proyectos para emprendedores del año 2021”, podrán presentarse durante el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente día al de publicación en el B.O.P.Z (28 de agosto de 2021).

    Bases de la convocatoria

    Más información

  • Ayudas para proyectos empresariales que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial en economía circular

    Ayudas para proyectos empresariales que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial en economía circular

     

    Se abre convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar la realización de proyectos empresariales en Aragón que contengan desarrollo experimental y/o investigación industrial, relativos a procesos o productos para adaptarlos a los principios de la economía circular.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se entiende que una empresa u organismo está establecido en la Comunidad Autónoma de Aragón cuando tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento o haya solicitado ayuda para un nuevo establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. En este último caso, deberá disponer de establecimiento abierto y en funcionamiento en el momento de hacerse efectiva la ayuda.

    Las entidades solicitantes deberán estar válidamente constituidas antes de que concluya el plazo para presentar las solicitudes.

    Será necesario que la entidad solicitante desarrolle o vaya a desarrollar la actividad productiva o de investigación, así como la ejecución del proyecto subvencionable, en la Comunidad Autónoma de Aragón, salvo en el supuesto excepcional de que no exista en la Comunidad Autónoma un organismo de investigación y difusión de conocimientos que desarrolle la actividad investigadora necesaria.

    No podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

    • Las empresas que estén sujetas a una Orden de recuperación pendiente en aquellos casos en que la Comisión haya declarado una determinada ayuda como ilegal e incompatible con el mercado interior.
    • Las empresas en crisis.
    • Las entidades solicitantes que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones

    Las entidades solicitantes para poder ser beneficiarias de estas ayudas deberán cumplir la legislación medioambiental y de transparencia, y no haber sido sancionadas en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo.

    En concreto en materia laboral, para poder ser beneficiaria, la entidad no debe estar incursa en el cumplimiento de sanción administrativa firme o de sentencia firme condenatoria que implique la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública.

    Si las entidades beneficiarias son empresas de 50 o más trabajadores, deberán cumplir la obligación de reserva de cuota del 2% de trabajadores con discapacidad, salvo que tengan autorizada la aplicación de las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.

    Las condiciones para ser entidad beneficiaria habrán de mantenerse hasta el momento del pago de la ayuda. Cualquier variación deberá ser comunicada por parte del beneficiario de la ayuda en el momento en que se produzca.

    Si se desprendiese que la entidad solicitante no se encontrara al tanto del cumplimiento de las obligaciones exigidas, se le concederá un plazo de 10 días hábiles para que, o bien aclare la situación, o bien proceda a aportar documentación acreditativa al efecto. En caso de que no subsane y, por lo tanto, persista el incumplimiento, se denegará la ayuda por no cumplir la condición de beneficiaria.

     

    Modalidades de presentación

     

    Las empresas podrán presentar los proyectos de manera individual o en cooperación de varias empresas en un proyecto común.

    Los organismos de investigación y difusión de conocimientos sólo podrán participar en la modalidad de cooperación con una o varias empresas, debiendo cada organismo desarrollar un mínimo del 10% del proyecto.

    En caso de proyectos de cooperación, todas las empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos participantes deben estar establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón, en los términos señalados en el apartado anterior.

    Excepcionalmente, en el caso de que no exista en la Comunidad Autónoma un organismo de investigación y difusión de conocimientos que desarrolle la actividad investigadora necesaria para el desarrollo del proyecto, por sus especiales características o especificidad técnica, se podrá cooperar con un organismo de investigación y difusión de conocimientos establecido en otra comunidad autónoma. Este extremo deberá justificarse en la memoria explicativa del proyecto.

     

    Costes subvencionables

     

    Se consideran costes subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se ejecuten en el plazo señalado.

    El gasto elegible será únicamente el destinado a desarrollo experimental y/o investigación industrial y en concreto los que comprendan los conceptos siguientes:

    • Los costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto
    • Los costes del instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados
    • Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

    En ningún caso serán gastos subvencionables:

    • Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
    • Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
    • Los gastos de procedimiento judiciales.
    • Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
    • No se admitirán pagos en efectivo.

     

    Cuantía

     

    La intensidad bruta de las ayudas (expuesta en porcentaje de los costes subvencionables), así como la cuantía máxima que se podrá subvencionar serán las indicadas a continuación:

    Categoría de la ayuda Intensidad de la ayuda (%) Importe máximo de la ayuda (euros)
    Desarrollo experimental 25% 250.000
    Investigación industrial 50% 325.000

     

    La intensidad y el importe máximo de la ayuda para investigación industrial y desarrollo experimental se aumentará un 15 % si el proyecto implica una colaboración efectiva entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimiento, asumiendo estos como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 15 de septiembre de 2021.

    Orden completa

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