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  • Se pone en marcha la cuarta línea de avales ICO

    Se pone en marcha la cuarta línea de avales ICO

     

    El Consejo de Ministros ha acordado la puesta en marcha con carácter inmediato de un nuevo tramo – el cuarto – de la línea de avales creada en el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, por un importe de 20.000 millones de euros.

    El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital avalará la financiación otorgada a pequeñas y medianas empresas y autónomos por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos para paliar los efectos en su actividad como consecuencia del COVID-19.

    La práctica está demostrando que las pymes y los autónomos son los que están recurriendo de manera más destacable a la financiación avalada, cuestión lógica, dado el papel fundamental que juegan en el sostenimiento de la actividad económica del país. Mediante este Acuerdo, se liberan 20.000 millones de euros más en avales para pymes y autónomos, canalizados directamente por entidades de crédito establecimientos financieros de crédito, entidades de pago y entidades de dinero electrónico.

    En sus Anexos I y II se detallan las condiciones aplicables y requisitos para cumplir son los siguientes:

    • Todas las condiciones y términos previstos en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo y 10 de abril de 2020, incluyendo sus anexos, y la parte relevante del Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de mayo 2020, incluyendo el anexo I, se entenderán aplicables también a este cuarto tramo, no siendo necesarios trámites adicionales a este Acuerdo de Consejo de Ministros.
    • Importe total del cuarto tramo de la línea de avales: Hasta 20.000 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y empresas que reúnan la condición de pyme.
    • Plazo de solicitud de los avales: Los avales de este cuarto tramo podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020. El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.
    • La distribución de la línea de avales entre los operadores se llevará a cabo conforme a los mismos criterios que los establecidos en el Acuerdo de Consejo de ministros de 10 de abril para el segundo tramo, si bien para este cuarto tramo la distribución del volumen máximo asignado será válida hasta el 30 de junio. A partir de esa fecha, los importes de aval asignados y no utilizados por las entidades se distribuirán entre el resto de operadores, de forma proporcional al importe de aval que hubieran utilizado hasta esa fecha.

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  • A partir del jueves será obligatorio llevar mascarilla en espacios públicos si no se garantiza la distancia

    A partir del jueves será obligatorio llevar mascarilla en espacios públicos si no se garantiza la distancia

     

    Se publica la Orden (BOE 20/05/2020) con el objeto de regular el uso obligatorio de mascarilla por parte de la población.

     

    ¿A partir de cuándo es obligatorio llevar mascarillas?

    Al día siguiente de su publicación (Jueves 21/05/2020) y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

     

    ¿Qué mascarilla ha de usarse?

    Se entenderá cumplida la obligación mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca. Se observarán, en todo caso, las indicaciones de las autoridades sanitarias acerca de su uso.

     

    ¿Qué personas están obligadas a llevar mascarilla?

    Las personas de seis años en adelante.

    No será exigible a (supuestos):

    • Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
    • Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
    • Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
    • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

     

    ¿Cuándo es obligatorio llevar mascarilla?

    El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

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  • FAQs sobre el tercer trimestre del curso escolar

    FAQs sobre el tercer trimestre del curso escolar

     

    El Gobierno de Aragón ha colgado una guía de preguntas frecuentes con las directrices de actuación para el desarrollo del tercer trimestre del curso escolar 2019/2020 y la flexibilización de los procesos de evaluación, promoción y titulación. 

    El documento, además, resuelve las dudas que pueden surgir en los distintos ciclos formativos.

    Descargar guía

  • Se levanta la suspensión de procedimientos del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda en Aragón

    Se levanta la suspensión de procedimientos del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda en Aragón

     

    Por la Orden publicada hoy en el BOA (19/05/20) y con efectos desde el mismo día de su publicación, se acuerda levantar la suspensión y ordenar la continuación de los procedimientos administrativos en tramitación del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda que se relacionan a continuación y  que no comportan compromiso de gasto, suspendidos con la entrada en vigor del artículo siete del Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 (BOA de 25 de marzo de 2020):

    De la Secretaria General Técnica:

    • Procedimientos de responsabilidad patrimonial

    De la Dirección General de Urbanismo:

    • Asuntos competencia de los Consejos Provinciales de Urbanismo de Huesca, Teruel y Zaragoza.
    • Inspecciones urbanísticas al territorio o emplazamientos de cada uno de los expedientes o procedimientos.

    De Dirección General de Carreteras:

    • Clave A-493-Z: Aprobación de Liquidación de obras de Acondicionamiento de la A-121 Magallón-La Almunia, tramo Travesía de Fuendejalón. 
    • Clave A-438-HU: Propuesta de Prórroga sin imposición de penalidades de la obra Acondicionamiento de la carretera A-126, de Monzón a Fonz, p.k. 5,6 a 14,6. – Procedimientos en materia de selección y provisión de puestos de trabajo competencia de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, que no comporte compromiso de gasto.

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  • Subvenciones para asociaciones comerciales de Zaragoza

    Subvenciones para asociaciones comerciales de Zaragoza

     

    El objeto de esta convocatoria es subvencionar actuaciones y proyectos de digitalización y promoción del comercio que desarrollen las asociaciones de comerciantes de Zaragoza.

    Los objetivos que se pretenden conseguir con esta convocatoria de subvenciones son:

    • Impulsar iniciativas de digitalización y promoción del comercio local realizadas por las diferentes federaciones y asociaciones del sector comercial de Zaragoza.
    • Fomento de la digitalización de los comercios de Zaragoza con la idea de favorecer que los pequeños comercios se incorporen a la venta online, que tengan una presencia mayor en la red y que mejoren su productividad.
    • Fomento de un consumo sostenible.
    • Eliminación de las brechas generadas por locales vacíos en las calles de Zaragoza con el objetivo de obtener la renovación estética de locales vacíos o la dinamización de estos locales

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las asociaciones comerciales con implantación en la ciudad, siempre que más del 50% de sus integrantes sean empresarios o autónomos que desarrollen su trabajo en empresas del sector comercial en cualquiera de sus tipos: minorista, detallista o ambulante que, reuniendo los requisitos generales establecidos en la ordenanza general municipal sobre subvenciones, presenten un proyecto conforme a las cláusulas de esta convocatoria.

    Cuantía

    La cuantía máxima prevista para esta convocatoria asciende a 220.000 euros, todo ello conforme a lo previsto en la base tercera de las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones comerciales 2020.

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes será veinte días naturales a partir del día siguiente de la publicación en el BOPZ.

    Los formularios para la presentación de solicitudes están disponibles en la web municipal.

    Extracto completo

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