Blog

  • CEPYME Aragón valora positivamente la continuidad de los buenos datos de ocupación

    cropped-cropped-Logo_CEPYMEAragon2016.png

    Según la Encuesta de Población Activa (EPA), publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), la tasa de ocupación de Aragón ha subido un 1,28% respecto al mismo trimestre de 2017 y el paro ha bajado un 12,75%, así la cifra total de desempleados en Aragón es de 63.900 y la tasa de paro es del 9,97%, más de 5 puntos por debajo de la media nacional.

    Los datos intertrimestrales también son positivos ya que el número de personas en desempleo ha bajado este segundo trimestre de 2018 un 13% respecto al primer trimestre del año, pero debido, entre otros motivos, a un aumento de la población activa del 1% y de la población ocupada del 2,86%.

    El presidente de CEPYME Aragón, Aurelio López de Hita, ha señalado que “los datos son positivos y, además, si nos comparamos con la media nacional indican que la senda que seguimos es la correcta. Asimismo, es de destacar que la tasa de paro femenina continúa descendiendo”.

    CEPYME Aragón insiste en la importancia del apoyo a la actividad empresarial y, más especialmente, a las PYMES y autónomos que crean 7 de cada 10 empleos generados en nuestra Comunidad. Recordamos, asimismo, que el 99,9% del tejido empresarial aragonés está formado por PYMES y autónomos de los que el 95,43% son empresas con menos de 10 trabajadores.

    “Hay que tener en cuenta que en este segundo trimestre ha habido factores coyunturales como la Semana Santa que han podido influir en el buen resultado de los datos. No obstante, los sectores principales que han creado empleo han sido la industria y la construcción, un dato muy importante ya que son dos sectores básicos para la estabilidad económica de nuestra Comunidad.”, ha concluido López de Hita.

  • Guía sobre tecnologías innovadoras para el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales

    GuiaTecnologiasInnovadorasPRL

    CEPYME ARAGÓN con la Financiación de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, F.S.P., en el marco de la acción GABINETE TÉCNICO DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD INDUSTRIAL DE PYMES (AT2017-0070) acaba de publicar la Guía sobre tecnologías innovadoras para el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.

    En los últimos años estamos asistiendo a una evolución tecnológica sin precedentes, las nuevas tecnologías avanzan a un ritmo vertiginoso lo que supone por una parte la aparición de riesgos asociados a estas tecnologías novedosas, pero, por otra parte, surge la oportunidad de utilizar dichas tecnologías como herramienta para ayudar en la gestión preventiva de la empresa y contribuir a la reducción de la siniestralidad y la mejora de las condiciones de las personas trabajadoras. Así tecnologías como el Internet de las cosas, Wearables, Gamificación, Machine Learning o el Big Data pueden ser de gran ayuda para colaborar en la gestión preventiva de la empresa.

    Mejorar e innovar para alcanzar la máxima eficacia de la Seguridad y Salud en el trabajo es una preocupación permanente y constituye un fin en sí mismo en primer lugar indudablemente por el coste humano que provocan los accidentes y enfermedades profesionales en las personas que los sufren, y, por otra parte, no debemos olvidar que una buena política de prevención y gestión de riesgos contribuye a la mejora de la competitividad empresarial.

    Por ello CEPYME ARAGÓN, con la financiación de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, F.S.P., pone a su disposición esta guía que pretende mostrar las diferentes tecnologías que pueden ser aplicadas a la prevención de riesgos laborales, acercando al lector a estas tecnologías y viendo posibles casos de uso de las mismas.

    Descargar la Guía

  • Calendario laboral 2019. Fiestas laborales

    time-273857_1920

    DECRETO 114/2018, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se fijan las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2019 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Se establecen las festividades para el año 2019 en la Comunidad Autónoma de Aragón, a las que se añadirán hasta dos más, de carácter local, a propuesta de los respectivos Ayuntamientos.

    Las fiestas laborales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles para el año 2019 en la Comunidad Autónoma de Aragón, serán las siguientes:

    • 1 de enero, martes, Año Nuevo.
    • 7 de enero, lunes, en sustitución del día 6 de enero, Epifanía del Señor.
    • 18 de abril, Jueves Santo.
    • 19 de abril, Viernes Santo.
    • 23 de abril, martes, San Jorge, Día de Aragón.
    • 1 de mayo, miércoles, Fiesta del Trabajo.
    • 15 de agosto, jueves, Asunción de la Virgen.
    • 12 de octubre, sábado, Fiesta Nacional de España.
    • 1 de noviembre, viernes, Todos los Santos.
    • 6 de diciembre, viernes, Día de la Constitución Española.
    • 9 de diciembre, lunes, en sustitución del día 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
    • 25 de diciembre, miércoles, Natividad del Señor.
  • Nuevos modelos de presentación de cuentas anuales e información sobre blanqueo de capitales

    writing-828911_1920

    El BOE de 27 de marzo publicó la Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación. Esta nueva Orden Ministerial de presentación de cuentas anuales homologa nuestro sistema a los europeos, con la inclusión de un apartado o formulario a cumplimentar, referente a la declaración de la titularidad real, de acuerdo con la normativa de blanqueo de capitales.

    Tal obligación tiene su origen en la Directiva (UE) 2015/849, del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo –que debería haberse traspuesto antes del 26 de junio de 2017–  que determina que “Los Estados miembros se asegurarán de que la información (…) sobre la titularidad real se conserve en un registro central en cada Estado miembro, por ejemplo un registro mercantil (…) o en un registro público” (artículo 30.3).

    El modelo de declaración del titular real incorporado por la Orden Ministerial con ocasión del depósito de cuentas no es más que un reflejo de lo exigido por la Directiva europea en materia de blanqueo de capitales y no supone – en opinión del Colegio de Registradores – algo que atente a la intimidad de los pequeños y medianos empresarios, puesto que no hace sino recoger lo que ya en la actualidad se establece.  Asi, la publicidad de las titularidades reales, que se refiere solo a aquellos supuestos en los que se ostenta el 25% o más del capital social, se realizará previa calificación por el registrador mercantil del interés legítimo alegado por el solicitante, aun cuando la solicitud se realice por Internet.

    Por último, no se puede olvidar que recientemente -el pasado 19 de abril- ha sido aprobada por el Parlamento Europeo una modificación de la Directiva en algunos de sus artículos, para ampliar la transparencia. La nueva redacción del artículo 30.5 señala al respecto que los Estados miembros garantizarán que la información sobre la titularidad real esté en todos los casos a disposición de las autoridades competentes y las UIF (Unidades de Información Financiera), sin restricción alguna; de las entidades obligadas en el marco de la diligencia debida con respecto al cliente y, por último, de cualquier miembro del público en general pero con posibles excepciones y limitaciones derivadas de situaciones especiales.

    El nuevo formulario en las Cuentas Anuales se denomina “Declaración de Identificación del Titular Real” y, mediante él, las sociedades deberán informar, entre otros extremos, sobre la identidad de los titulares reales que puedan existir en la sociedad. Tal información se incluirá en las Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2017. En ejercicios posteriores solamente deberá cumplimentarse nuevamente cuando se produzcan cambios en la titularidad real.

    • La obligación de comunicación existe cuya titularidad real se encuentre, directa o indirectamente, en manos de personas físicas con más de un 25% del capital social o de los derechos de voto de la sociedad en cuestión
    • En caso de no existir titulares de más del 25%, se indicarán los llamados, titulares asimilados (esto es, los administradores)
    • Por último, para el caso de titularidad indirecta, se deberá incluir la información relativa a la cadena de control, identificando a la “persona jurídica dominante que tiene inmediatamente una participación en la sociedad o entidad que deposita, hasta remontarse al titular real último”, debiendo identificar a “cada entidad jurídica controladora de la cadena de control por su denominación social, código de la nacionalidad, domicilio y datos registrales
  • CEPYME Aragón cuenta con el sello solidario Vencer el Cáncer

    CEPYME_VEC_Sello

    CEPYME Aragón ha recibido el SelloSolidarioVEC, el distintivo con el que la Fundación Vencer el Cáncer certifica a las entidades que se comprometen en el apoyo a la investigación oncológica. La organización empresarial quiere así reforzar su apuesta por la responsabilidad social empresarial. 

    Con los fondos obtenidos a través de sus actividades y el apoyo de socios y empresas colaboradoras, la fundación financia proyectos de investigación oncológica en España para desarrollar nuevos métodos de detección precoz y tratamientos más eficaces.

    Únete al Sello Solidario

    Sello Solidario VEC es el programa con el que Pymes y autónomos pueden desarrollar su programa de Responsabilidad Social Corporativa ayudando a potenciar la investigación oncológica en España. La Fundación Vencer el Cáncer certifica con este sello el compromiso social de los participantes adscritos para colaborar en la lucha contra el cáncer. 

    Si quieres que tu empresa pueda ostentar el Sello Solidario VEC, puedes hacerlo de dos formas:

    • Realizando una donación mensual. Sólo tienes que darte de alta, contárselo a tus empleados y clientes y usar el Sello Solidario como distintivo en tu web, tienda, oficina…
    • Donando un porcentaje de las ventas de alguno de tus productos.

    Más info.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies