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  • Ley de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en Aragón

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    LEY 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón.

    El Pleno de las Cortes de Aragón aprobó el pasado 28 de junio la Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que:

    1. Establece los principios generales de actuación de los poderes públicos de Aragón en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
    2. Prevé medidas dirigidas a prevenir y combatir en los sectores público y privado aragoneses toda forma de discriminación por razón de género.
    3. Incorpora medidas y recursos dirigidos a promover y garantizar la efectiva igualdad de oportunidades y de trato en todos los ámbitos de la vida en Aragón.
    4. Desarrolla medidas para transversalizar el enfoque de género y modificar los roles masculinos estereotipados que sustentan la desigualdad de género.

    La ley contiene 103 artículos y se estructura en un Título preliminar, cinco Títulos, tres disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y siete disposiciones finales.

    El Título preliminar establece el objeto, el ámbito de aplicación, los principios generales que han de presidir la actuación de los poderes públicos de nuestra Comunidad Autónoma con la finalidad de alcanzar la igualdad de género y las categorías básicas, así como los conceptos relativos a la igualdad.

    El Título I se centra en las competencias, funciones, la organización institucional y la coordinación entre las Administraciones públicas de Aragón.

    El Título II regula las políticas públicas para la igualdad de género.

    El Título III contiene las medidas de acción positiva para promover la igualdad de género en los diferentes ámbitos y se estructura en ocho Capítulos.

    El Título IV está dedicado a las garantías específicas para la igualdad de género, entre las cuales incluye a la institución del Justicia de Aragón, la evaluación de la aplicación de la ley, la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios y su suministro y acciones frente a la publicidad ilícita, frente a la discriminación por razón de género en los convenios colectivos y, en general, frente a la discriminación y desigualdad de género.

    Y , finalmente, el Título V versa sobre la inspección y el régimen de infracciones y sanciones.

  • Novedades tributarias introducidas por la Ley de Presupuestos para 2018

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    Novedades información AEAT

    Se informa por la Agencia Tributaria, tras la publicación en el BOE del pasado día 4 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2018, de las novedades de naturaleza tributaria más relevantes:

    IRPF:

    • Con efectos desde el 5 de julio, se aumenta la cuantía de las reducciones por rendimientos del trabajo, para contribuyentes para rendimientos del trabajo netos inferiores a 16.825,00 € (e inferiores a 6.500 € de otras fuentes)
    • Se establecen asimismo variaciones en el tipo de retención o ingreso a cuenta en rendimientos del trabajo. Dada la fecha de la Ley y de su entrada en vigor, se establecen normas de cálculo y regularización de las cantidades, según se hayan devengado antes o después del 5 de julio.
    • Se incrementa al 30% (antes 20) la deducción por inversión en empresas de nueva creación, con un máximo de 60.000 € (antes 50.000).
    • Las deducciones por maternidad, familia numerosa o personas con discapacidad a cargo, se incrementan. La deducción por cónyuge discapaz no separado será de 100 € y la de familia numerosa se incrementará 50 € por cada hijo que supere el número necesario para constituir familia numerosa.
    • Se aumenta el mínimo exento de obligación de declarar, que pasa a 14.000 € (antes 12.000)
    • Se modifica asimismo el gravamen especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas.

    IVA:

    • Desde el 1 de enero de 2019, a fin de coordinarse con la normativa europea, se limita la exención de IVA para las uniones, agrupaciones, entidades autónomas y Agrupaciones de Interés Económico relativa a servicios a sus miembros, aplicándose solo a las AIE cuyos miembros desarrollen actividades de interés general que queden exentas de IVA (sanitarias, asistencia social, educación, etc).
    • Se elimina el requisito de importe superior a 90 € para tener derecho a el reembolso del IVA a viajeros con residencia fuera de la CE en los gastos de viaje.
    • La exención del IVA en los gastos de viajes se acepta en el supuesto de que se amparen en un mismo título de transporte, aunque incluyan tramos no exentos.
    • Se reduce el tipo impositivo de salas cinematográficas (al 10%) y el de asistencia a personas en situación de dependencia (al 4%).
    • Se modifican las reglas de localización en servicios prestados por vía electrónica y telecomunicaciones: se considerará prestado en el país del que sea la empresa en cuestión si no supera la cantidad de 10.000 €.

    IMPUESTO DE SOCIEDADES:

    • Se modifica la regulación de deducciones de las rentas procedentes de determinados activos intangibles (patentes, modelos de utilidad, medicamentos, … que deriven de actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.
    • La reducción se aplicará igualmente a los supuestos de rentas positivas por transmisión de tales activos, cesión de uso o explotación.
    • Modificación de la deducción por inversiones en producciones cinematográficas.
    • Se amplían las facultades de la Administración para determinar la base imponible del impuesto (supuesto de conversión de activos por impuesto diferido en créditos exigibles frente a la Administración Tributaria).
    • Se modifica el régimen de pagos fraccionados, exceptuando a las sociedades de capital-riesgo.
    • Se modifica el régimen transitorio de la reducción de ingresos procedentes de determinados activos intangibles.

    IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE):

    • Se modifican las tarifas del los Epígrafes 251.3, 253.1, grupo 847, así como la regla 4ª de aplicación de las tarifas.

    TIPOS DE INTERÉS:

    • El tipo de interés legal del dinero para el año 2018, queda establecido en el 3,00 por ciento, manteniendo el del pasado ejercicio.
    • Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere al artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será del 3,75 por ciento. Asimismo, y durante el mismo período, el interés de demora a que se refiere el artículo 38.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, será el 3,75 por ciento.
  • CEPYME Aragón con el Corredor Cantábrico Mediterráneo por Teruel

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    Tras el encuentro mantenido esta mañana en Teruel de los presidentes del Gobierno de Aragón y Generalitat Valenciana, Javier Lambán y Ximo Puig, con sendas delegaciones de agentes sociales y empresariales de ambas Comunidades para analizar la situación del Corredor Cantábrico Mediterráneo, CEPYME Aragón quiere mostrar su total apoyo a esta infraestructura.

    En representación de CEPYME Aragón ha asistido Carmelo Pérez, secretario general de la organización empresarial, quien ha señalado que “el Corredor no solo ayudaría a mejorar las conexiones ferroviarias de mercancías entre nuestro país y Europa, sino que supondría una apuesta estratégica para el desarrollo logístico y empresarial de España”.

    La reunión

    Los presidentes de Aragón y de la Comunidad Valenciana, Javier Lambán y Ximo Puig, respectivamente, han celebrado un encuentro en Teruel, a la que han asistido con sendas delegaciones compuestas por representantes de organizaciones empresariales y sindicales, además de otros miembros institucionales. Con el apoyo de todos, harán un frente común ante el Gobierno de España y la Unión Europea.

    Los presidentes de Aragón y Valencia responsabilizan de esta exclusión a la falta de apoyo del anterior gobierno y piden la colaboración del actual gabinete, porque o van juntos de la mano, o la iniciativa de estas dos comunidades estará condenada al fracaso.

    Para llevar los deberes hechos y que Bruselas contemple la viabilidad del eje Cantábrico-Mediterráneo en el ramal Sagunto-Teruel-Zaragoza, es necesario contar con la colaboración del Gobierno de España y se muestran optimistas ante el hecho de que el propio ministro de Fomento, José Luis Ábalos, sea firme defensor de la línea por su origen valenciano.

    Por ello, han pedido la inmediata reunión de la Comisión de Seguimiento del Corredor Cantábrico-Mediterráneo, de la que forman parte, además de ADIF, RENFE, Puertos, CEOE…, los gobiernos valencianos y aragonés, que ya ha celebrado dos reuniones y que la tercera se truncó por los acontecimientos políticos en el país que acabaron con la presentación de la moción de censura. Lambán ha recordado que se habían dado pasos adelante y está sobre la mesa la presentación de un Plan Director en el que se reflejen obras, presupuestos, plazos, etc.

    Lambán y Puig reclaman una mayor inversión que la prevista por el anterior gobierno, de 300 millones de euros y volver a la propuesta presentada en su día por el ministro José Blanco. A juicios de los presidentes autonómicos, esta cifra es manifiestamente “insuficiente” si se trata de adecuar una infraestructura del siglo XXI, adaptándola al ancho de vía europeo, suprimiendo limitaciones de velocidad, aumentando apartaderos en las plataformas de Calamocha y Platea y habilitando dobles vías que posibiliten el tráfico de personas y mercancías, además de contemplar que las traviesas y otro tipo de electrificación tenga un horizonte europeo.

    Creen que llevar estas actuaciones actualizadas, ofreciendo solvencia y eficiencia, será más fácil convencer a Bruselas, donde Lambán viaja el próximo lunes y ya tiene cerrada una entrevista con el comisario de Transportes. Cuenta con el apoyo de europarlamentarias socialistas, como la aragonesa Inés Ayala, que es ponente en esta comisión y trabajará para la inclusión del eje en el periodo 2021-2027.

    La exclusión del eje Sagunto-Teruel-Zaragoza en la financiación de nuevos ejes transeuropeos ha sido un varapalo pero también un reto con fecha 13 de septiembre, para la presentación de alegaciones, aunque el Parlamento lo aprobará definitivamente entre finales de octubre y noviembre en pleno. Por ello, constituyen un lobby y presentar “una oferta que Bruselas no pueda rechazar” pero no será en contra nadie, sino en convencer a la Comisión Europea de que esta línea tiene un valor añadido europeo . Creen que hay que coser España, no abrir una guerra entre corredores y tanto el ramal que conecta con el Cantábrico, y que sí ha sido incluido en la financiación, como este, favorecen el crecimiento de la economía y la generación de empleo.

    Los datos que demuestran que la línea es rentable, eficiente y racional para llevar a cabo la inversión demandada son determinantes: Lambán ha dejado claro que la importancia de este eje trasciende la repercusión local; es estratégica para toda la Comunidad, para España y para Europa. En este cuadrante noreste se concentra el 70% del PIB.

    Ximo Puig, por su parte, ha recordado que algunos de los nuevos ejes aceptados por la UE no alcanzar ni la tercera parte del corredor Cantábrico-Mediterráneo, donde el tráfico portuario supera tres veces la de los otros trazados y que el tráfico de contenedores del puerto de Valencia es cuarenta veces superior al de todos los puertos atlánticos incluidos, que solo alcanzan el 20% del PIB, mientras que la conexión de este tramo ferroviario llega al el 22% del PIB.

    Además, pone en valor la inversión realizada por el propio Puerto de Valencia, que ha invertido 84,6 millones de euros de su superávit en la mejora de la línea y los frutos ya se ven: de los primeros diez millones invertidos se ha aumentado el tráfico de vehículos en un 166%.

  • Presupuestos Generales del Estado para 2018

    BOE

    Publicados en el BOE la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

    En los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio del año 2018 se integran:

    • Los presupuestos con carácter limitativo de las siguientes entidades:
      1. Del Estado.
      2. De los organismos autónomos.
      3. De las integrantes del Sistema de la Seguridad Social.
      4. Del resto de entidades del sector público estatal a las que resulte de aplicación el régimen de especificaciones y de modificaciones regulado en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, o cuya normativa específica confiera a su presupuesto carácter limitativo.
    • Los presupuestos con carácter estimativo de las siguientes entidades:
      1. De las entidades públicas empresariales, de las sociedades mercantiles estatales, de las fundaciones del sector público estatal y del resto de entidades del sector público estatal que aplican los principios y normas de contabilidad recogidos en el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad de la empresa española, así como en sus adaptaciones y disposiciones que lo desarrollan.
      2. De los consorcios, las universidades públicas no transferidas, los fondos sin personalidad jurídica y de las restantes entidades de derecho público del sector público administrativo estatal con presupuesto estimativo.

    Ver PGE

  • Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes

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    Coincidiendo con el inicio del plazo legalmente previsto para la confección y presentación, ya figura en la web  de la Agencia Tributaria  (www.agenciatributaria.es) –  NOVEDADES – , información de interés sobre el Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes 2017.

    Ver más

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