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  • Rendimientos del trabajo en especie. Cesión de uso de vehículos eficientes

    Rendimientos del trabajo en especie. Cesión de uso de vehículos eficientes

    REDUCCIÓN DE LA VALORACIÓN DE LOS RENDIMIENTOS DEL TRABAJO EN ESPECIE DERIVADOS DE LA CESIÓN DE USO DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES EFICIENTES ENERGÉTICAMENTE.

    En el Real Decreto 633/2015, de 10 de julio, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio, (BOE 11 de julio) se  añade  al citado Reglamento de IRPF un artículo 48 bis, que queda redactado de la siguiente forma:

    «Artículo 48 bis. Reducción de la valoración de los rendimientos del trabajo en especie derivados de la cesión de uso de vehículos automóviles eficientes energéticamente.

    La valoración de los rendimientos del trabajo en especie correspondientes a la cesión de uso de vehículos automóviles resultante de lo dispuesto en el segundo párrafo de la letra b) del número 1.º del artículo 43 de la Ley del Impuesto, o en la letra f) del número 1.º del citado artículo, se reducirá en un 15 por ciento, cuando se trate de vehículos que cumpliendo los límites de emisiones Euro 6 previstos en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 715/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2007, sobre la homologación de tipo de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y sobre el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos, sus emisiones oficiales de CO2 no sean superiores a 120 g/km y el valor de mercado que correspondería al vehículo si fuera nuevo, antes de impuestos, no sea superior a 25.000 euros.

    Dicha reducción será del 20 por ciento cuando, adicionalmente, se trate de vehículos híbridos o propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás –GLP– y Gas Natural) siempre que, en este caso, el valor de mercado a que se refiere el párrafo anterior no sea superior a 35.000 euros.

    La reducción será del 30 por ciento cuando se trate de cualquiera de las siguientes categorías de vehículos:

    1.º Vehículo eléctrico de batería (BEV).
    2.º Vehículos eléctrico de autonomía extendida (E-REV)
    3.º Vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 15 kilómetros siempre que, en este caso, el valor de mercado que correspondería al vehículo si fuera nuevo, antes de impuestos, no sea superior a 40.000 euros.»

    Es decir, el pago en especie que implica la cesión al trabajador de un vehículo de la empresa, tendrá en su valoración a efectos de impuestos, una reducción del 15, 20 0 30% en función del tipo y características del vehículo energéticamente eficiente.

    – Real Decreto 633/2015 (BOE 11/07/2015)

  • Informe. Uso eficiente de los recursos: Avanzar hacia una economía circular.

    Informe. Uso eficiente de los recursos: Avanzar hacia una economía circular.

    Aprobado por el parlamento europeo el informe final sobre uso eficiente de los recursos, relativo a la Comunicación de la Comisión titulada “Hacia una economía circular: un programa de cero residuos para Europa” COM(2014)0398.

    Respalda el enfoque adoptado por la Comisión basado en el diseño y la innovación para una economía circular, el establecimiento de un marco de políticas para facilitar un uso eficiente de los recursos y la fijación de un objetivo de uso eficiente de los recursos tal como se indica en la Comunicación, así como el diseño de un marco de políticas especifico que permita que las pymes conviertan los desafíos medioambientales en oportunidades empresariales sostenibles desde un punto de vista ambiental; destaca la necesidad de medidas legislativas para avanzar hacia una economía circular, y pide a la Comisión que presente una propuesta ambiciosa sobre una economía circular antes de finales de 2015, tal y como anuncio en su programa de trabajo para 2015.

    INFORME sobre el uso eficiente de los recursos: avanzar hacia una economía circular (2014/2208(INI))

  • Programa Oportunidad Empleo Joven

    Programa Oportunidad Empleo Joven

    Si bien no se ha publicado todavía la convocatoria (y, por tanto, no se conoce la fecha a partir de la cual se podrán realizar contratos susceptibles de ser subvencionados)  en la Orden de de 22 de junio de 2015, del Departamento de Economía y Empleo, por el que se aprueba el Programa Oportunidad Empleo Joven y se establecen la bases reguladoras para la concesión de las subvenciones previstas en el mismo. (BOA 14/7/ 2015) se prevé la concesión de subvenciones por la contratación temporal o indefinida de jóvenes que ya figuren inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, siempre que sea alguna de las siguientes modalidades contractuales:

    • Contratos indefinidos a tiempo completo o tiempo parcial con jornada mínima del 50%.
    • Contratos temporales o de duración determinada con duración pactada de 6 meses o más (cualquier modalidad: eventual circunstancias, obra o servicio, prácticas, formación y aprendizaje, etc.) a tiempo completo o tiempo parcial con jornada mínima del 50%.

    El contrato deberá suponer un incremento de la plantilla total de la empresa en la provincia respecto a la plantilla existente en el último día del mes anterior a la fecha en que se publique la convocatoria.
    La cuantía de la subvenciones previstas serían las siguientes (compatibles – son ciertos límites – con otras reducciones o bonificaciones de cuotas de Seguridad Social igualmente previstas):

    • 350 € por mes (hasta máximo 12 meses), por joven contratado en grupo de cotización 10 y 11.
    • 400 € por mes (hasta máximo 12 meses), por joven contratado en grupo de cotización 9 al 5.
    • 500 € por mes (hasta máximo 12 meses), por joven contratado en grupo de cotización del 4 al 5.

    Requisitos de los trabajadores:

    • Jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Requisitos para inscribirse en este fichero:
      • Edad desde 16 y hasta 25 años, o hasta 30 años en el caso de personas con discapacidad en el momento de solicitar su inscripción en el fichero.
      • No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción en el fichero.
      • No haber recibido acciones educativas de más de 40 horas mensuales en los 90 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción en el fichero.
      • No haber recibido acciones formativas de más de 40 horas mensuales en los 30 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción en el fichero.
    • Desempleados e inscritos el día anterior a la contratación.
    • Que no hayan trabajado en los 30 días naturales anteriores.

    Orden de 22 de junio (BOA 14/07/2015)

    Actualización de la Noticia

  • 987 mill.€ para innovación, pymes y crecimiento ecológico.

    987 mill.€ para innovación, pymes y crecimiento ecológico.

    La Comisión Europea ha adoptado los «programas operativos» para 2014-2020 de cinco regiones españolas: Aragón, Asturias, Castilla y León, Madrid y Melilla. Estos programas reforzarán la competitividad regional, crearán nuevas oportunidades para el crecimiento y mejorarán la calidad de vida de los ciudadanos y empresas. En total habrá hasta 987 millones de euros de inversiones con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

    Corina Cre?u, Comisaria Europea de Política Regional, ha declarado: «Cada programa se ajusta a las necesidades y retos de cada región. Desde la investigación y la innovación hasta el crecimiento de las pymes, la innovación y la transición hacia una economía ecológica, estos programas beneficiarán a los ciudadanos y las empresas de dichas regiones. Ayudarán a España a continuar mejorando su situación económica, con la creación de empleo sostenible y crecimiento. Les deseo mucho éxito a las regiones al iniciar el proceso de aplicación».

    La financiación canalizará a la investigación y el desarrollo (I+D) unas inversiones vitales, prestando apoyo a las empresas privadas para llevar a cabo actividades de I+D, reforzando la cooperación entre empresas y centros de investigación y fomentando las inversiones privadas en I+D. Los fondos ayudarán a las pequeñas y medianas empresas (pymes) a innovar y a expandirse hacia nuevos mercados, de acuerdo con las estrategias de «especialización inteligente» de las regiones.

    • Aragón: Con un presupuesto total de unos 240 millones de euros, de los cuales la UE aportará unos 120 millones, Aragón tiene la intención de promover la investigación y la innovación con arreglo a la estrategia de especialización inteligente de la región. Como consecuencia de estas inversiones, se espera que participe en actividades innovadoras que generen crecimiento y empleo más de un tercio de las empresas de la región. Uno de los principales focos de las inversiones dentro del programa son las TIC, y Aragón persigue el objetivo de que el 100 % de la población tenga acceso a una velocidad de banda ancha igual o superior a 30 Mbps. El programa está concebido igualmente para ayudar a Aragón a pasar a una economía de bajas emisiones de carbono, aumentando su capacidad de producción de electricidad a partir de fuentes renovables hasta llegar a 4183 MW.

    Datos de contacto de la autoridad de administración:

    Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
    Subdirección General de Administración del FEDER
    Paseo de la Castellana, 162 – 28071 MADRID
    Teléfono: +34 915835223

  • Becas complementarias para movilidad internacional

    Becas complementarias para movilidad internacional

    ORDEN de 1 de julio de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocan las becas complementarias a las del programa europeo Erasmus + y a las de otros programas de movilidad internacional para el curso académico 2015/2016.

    ORDEN de 1 de julio (BOA 13/07/2015)

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