Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • Ayudas para acondicionar los alojamientos de temporeros del sector agropecuario de Aragón

    Ayudas para acondicionar los alojamientos de temporeros del sector agropecuario de Aragón

     

    Se convoca para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas dirigidas al fomento del acondicionamiento de instalaciones destinadas al alojamiento en condiciones adecuadas de personas trabajadoras que presten servicios de temporada en explotaciones agropecuarias en la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Beneficiarios

     

    Tendrán la condición de personas y entidades beneficiarias los empresarios y empresarias individuales, las empresas y cooperativas agrarias que se encuentren legalmente constituidas, realicen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Asimismo, podrán ser beneficiarias las cooperativas agrarias que acondicionen plazas de alojamiento destinadas a albergar a personas trabajadoras de temporada contratados por otras empresas.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Las acciones subvencionables en esta convocatoria son: las reformas, acondicionamientos o ampliaciones de inmuebles, ya constituyan obra menor o mayor, así como la compra o alquiler de módulos prefabricados cuyo objeto sea el alojamiento de personas trabajadoras temporales del sector agropecuario en Aragón.

    En el caso de que existiera presupuesto, una vez concedidas dichas subvenciones, será objeto de acción subvencionable la adquisición de equipamiento y mobiliario básico por parte de la persona o entidad beneficiaria.

    Estas acciones deberán haber sido ejecutadas entre el periodo del 1 de enero al 15 de octubre de 2025.

     

    Cuantía

     

    Según la puntuación obtenida en aplicación de los citados criterios, se subvencionarán los siguientes porcentajes, con el límite máximo de 20.000€:

    • 80% del importe de la base del presupuesto subvencionable presentado para los proyectos que obtengan una puntuación entre 45 y 50 puntos
    • 70% del importe de la base del presupuesto subvencionable presentado para los proyectos que obtengan una puntuación entre 40 y 44 puntos
    • 60% del importe de la base del presupuesto subvencionable presentado para los proyectos que obtengan una puntuación entre 25 y 39 puntos

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de la solicitud finaliza el 13 de junio de 2025.

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  • Ayudas a empresas para el uso de energías renovables en movilidad y logística

    Ayudas a empresas para el uso de energías renovables en movilidad y logística

     

    El Instituto Aragonés de Fomento ha publicado la convocatoria para fomentar entre las empresas la utilización de energías renovables en movilidad y logística con un presupuesto de 3,4 millones de euros.

     

    Beneficiarios

     

    Empresas manufactureras (grandes y pymes), establecidas en la Comunidad Autónoma de Aragón, que fueron beneficiarias de las ayudas para fomentar la utilización de las energías renovables en movilidad y logística, convocadas mediante la Orden EEI/1987/2023, de 28 de diciembre (publicada en el BOA de 10 de enero de 2024) y la Orden EEI/717/2024, de 27 de junio (publicada en el BOA de 5 de julio de 2024), que presentaron proyectos con un periodo de ejecución que excedía el periodo subvencionable.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se convocan ayudas a proyectos que contengan desarrollo experimental y/o investigación industrial para desarrollar equipos y/o tecnologías que posibiliten transformar sus procesos productivos o generar nuevos productos o servicios para fomentar la utilización de las energías renovables en movilidad y logística.

    Se entiende por “desarrollo experimental” la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

    El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados; puede incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación.

    El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.

    Se entiende por “investigación industrial” la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.

     

    Cuantía

     

    Por razones de economía procedimental, no se concederán ayudas que, aun cumpliendo todas las condiciones de elegibilidad, no alcancen en su cálculo un mínimo de 20.000 euros por beneficiario, contemplando el total de todas las categorías de ayuda solicitadas.

    Las intensidades máximas de las ayudas, expresadas en porcentaje de los gastos subvencionables serán:

    Tipo de proyecto Pequeña empresa Mediana empresa Gran empresa
    Investigación industrial 70% 60% 50%
    Desarrollo experimental 45% 35% 25%

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 4 de junio de 2025.

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  • Ayudas a pymes de base tecnológica de hasta 325.000 euros

    Ayudas a pymes de base tecnológica de hasta 325.000 euros

     

    El Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI) y la agencia de innovación del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades abren el periodo de solicitudes para la nueva convocatoria 2025 del Programa NEOTEC con un presupuesto total de 20 millones de euros en la modalidad de subvenciones de los cuales 5 millones quedan blindados en exclusiva para la línea Neotec Mujeres. Esta convocatoria financiará proyectos de pequeñas empresas de cualquier ámbito tecnológico y sectorial.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán solicitar las subvenciones las pequeñas empresas de base tecnológica con menos de tres años de antigüedad y un capital social mínimo de 20 000 €, que no hayan distribuido beneficios ni estén cotizadas en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa. 

    El aspecto más relevante en las propuestas apoyadas en esta línea ha de ser una estrategia de negocio basada en el desarrollo de tecnología (la tecnología debe ser el factor competitivo de diferenciación de la empresa), basándose en la creación de líneas de I+D+i propias.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se financiará la puesta en marcha por parte de pequeñas empresas de proyectos que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

    Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.

    Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.

     

    Cuantía

     

    Las ayudas podrán financiar hasta el 70% del plan de empresa presentado y los proyectos, que deberán iniciarse el 1 de enero de 2026 y, en caso de plan anual, finalizar antes del 31 de diciembre de 2026, o extenderse a proyectos plurianuales hasta el 31 de diciembre de 2027, deberán contar con un presupuesto mínimo de 175.000 euros y un límite de 250.000 euros por beneficiario. Sin embargo, los proyectos que contraten doctores en los términos previstos por la convocatoria recibirán hasta el 85% de financiación de su plan de empresa, con un límite de 325.000 euros.

    Además, la cuantía de la ayuda se incrementará en hasta 10.000 euros si se solicita acceso a la formación especializada en el “Enterprise Innovation Institute” de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU) para reforzar la capacitación de la empresa.

    Asimismo, tras la resolución definitiva de concesión, se posibilita el anticipo de hasta el 60 % de la subvención, con un tope de 150 000 €, sin avales ni garantías.

    El presupuesto total del programa es de 20 millones de euros en la modalidad de subvenciones de los cuales 5 millones quedan blindados en exclusiva para la línea Neotec Mujeres. Se considera que una empresa está liderada por mujeres cuando cumpla los siguientes requisitos:

    • El órgano de administración de la empresa deberá estar integrado mayoritariamente por mujeres
    • Las mujeres deberán tener la mayoría del capital social de la empresa

     

    Plazo

    Las solicitudes podrán presentarse del 12 de mayo hasta el 12 de junio de 2025.

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  • Ayudas al comercio rural en Aragón: hasta 5.000 euros para apoyar a pequeños negocios en localidades de menos de 500 habitantes

    Ayudas al comercio rural en Aragón: hasta 5.000 euros para apoyar a pequeños negocios en localidades de menos de 500 habitantes

     

    Se convocan ayudas para el apoyo al comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios, correspondiente al Programa de apoyo a la competitividad de las Pymes de comercio minorista aragonés y al Programa de apoyo especial al comercio de zonas rurales.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas los empresarios que, en la fecha de solicitud, cumplan alguna de estas condiciones:

    a) Estén gestionando algún Multiservicio Rural perteneciente a la Red de Multiservicios Rurales con oferta comercial, debiendo ser los titulares de los contratos de los consumos acreditados, así como cumplir los requisitos exigidos en esta convocatoria y que sus proyectos sean seleccionados conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado cuarto.

    b) Estén gestionando algún establecimiento comercial situado en una localidad o municipio aragonés con menos de 500 habitantes.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Serán objeto de subvención con cargo a estas ayudas:

    • Los gastos derivados del coste del consumo energético (electricidad, gas y gasoil), de comunicación y de abastecimiento de agua, generados directamente por la actividad comercial de los Multiservicios Rurales y de los establecimientos comerciales que estén en localidades de menos de 500 habitantes. En los casos en los que en el Multiservicio Rural se desarrolle otras actividades además de la comercial, los gastos subvencionables serán los ligados a la superficie destinada al uso comercial.
    • Los gastos de reparación y mantenimiento de los elementos destinados a la actividad comercial
    • Gastos de mantenimiento de programas informáticos, software, herramientas informáticas para la gestión del negocio y el marketing online

    En ningún caso serán objeto de subvención los siguientes conceptos:

    • Alquileres
    • Impuestos y tasas
    • Los bienes usados
    • No se podrán subvencionar inversiones o gastos cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquiriente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse auto facturación.

     

    Cuantía

     

    Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo subvencionable de 5.000 euros, por beneficiario.

    Si la disponibilidad presupuestaria fuera suficiente para poder dar el máximo de ayuda a todas las solicitudes favorables presentadas, se les dará el máximo porcentaje permitido.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 9 de junio de 2025.

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  • Ayudas al desarrollo del diseño industrial para la innovación

    Ayudas al desarrollo del diseño industrial para la innovación

     

    Se convocan para el ejercicio 2025, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la Pyme en Aragón (PAIP).

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas las pequeñas y medianas empresas y autónomos y, excepcionalmente, grandes empresas, que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Las empresas beneficiarias deberán estar válidamente constituidas como máximo antes de la finalización del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes correspondiente, así como estar vinculadas a la actividad industrial. También aquellas que realicen otras actividades conexas o complementarias que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma, y otras actividades económicas cuando éstas resulten innovadoras o con potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social.

    El beneficiario deberá contar con la necesaria solvencia técnica y económica para el desarrollo del proyecto empresarial presentado.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se considerará actuación subvencionable los trabajos específicos de consultoría externa en materia de gestión de diseño, contratada para potenciar o abordar nuevos procesos estratégicos, como método dirigido al desarrollo del diseño industrial para la innovación. Esta consultoría debe ser realizada por parte de colaboradores externos homologados con las siguientes excepciones para la presente convocatoria:

    • Las labores de la fase I, análisis de empresa del ámbito producto, podrán realizarse por consultores no homologados con una acreditada carrera profesional.
    • Las labores de la fase II, proceso de diseño del ámbito Servicio, podrán realizarse por equipos de al menos dos participantes en la cuarta edición (2024) del Programa de Especialización en Diseño de Servicios que cuenten con el certificado de aprovechamiento del programa.

    El catálogo de los colaboradores externos homologados estará a disposición de las empresas en el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI), y en la página web del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia.

    Acceder al catálogo

     

    Ámbitos de actuación

     

    Los trabajos a desarrollar dentro del sistema de ayudas podrán situarse en los siguientes ámbitos:

    • “Producto”, cuyo objetivo es incorporar la metodología que facilite la gestión del diseño de productos en las empresas.
    • “Servicios”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la gestión del diseño del servicio de las empresas.
    • “Identidad”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la mejora de la gestión de la identidad corporativa y de marca de las empresas y del diseño como parte significativa de ellas

     

    Cuantía

     

    La ayuda se concreta en forma de subvención sobre los honorarios de colaboradores externos homologados de servicios de consultoría y de servicios de diseño, ayuda que es destinada por tanto a facilitar el acceso a la contratación de estos servicios.

    Cuantías y porcentajes máximos de ayuda para la fase I

    Ámbito Producto Servicio Identidad
    Base subvencionable 10.000 euros 10.000 euros 10.000 euros
    Intensidad de ayuda 80% 80% 80%
    Subvención máxima 8.000 euros 8.000 euros 8.000 euros
    Tareas que incluye Análisis de la empresa Análisis de la empresa Test de concepto

     

    Cuantías y porcentajes máximos de ayuda para la fase II

    Ámbito Producto Servicio Identidad
    Base subvencionable 15.000 euros 12.000 euros 10.000 euros
    Intensidad de ayuda 70% (80%)* 70% (80%)* 70% (80%)*
    Subvención máxima 10.500 euros
    (12.000
    euros)*
    8.400 euros
    (9.600 euros)*
    7.000euros
    (8.000€)*
    Tareas que incluye Desarrollo de un proceso de diseño Desarrollo de un proceso de diseño Desarrollo de un proceso de diseño de marca y packaging
    Definición de un nombre (naming)

    *Para los proyectos en el ámbito de la transformación digital de las empresas, o en el de los avances hacia la economía circular, la intensidad de la ayuda se verá incrementada al 80%

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas finalizará el 2 de junio de 2025.

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