Categoría: Comunicación

  • Comienza el período de confección  del Impuesto sobre Sociedades

    Comienza el período de confección del Impuesto sobre Sociedades

    Casi finalizado el plazo de presentación de las declaraciones fiscales de IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio, comienza el período de confección del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2022, cuyo plazo de presentación finará el próximo 25 de julio.

    Al igual que en los precitados impuestos, están ahora disponibles, para las sociedades y entidades obligadas a su presentación, los datos fiscales del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) correspondientes al ejercicio 2022, tanto para su consulta como para su descarga.

    Los vínculos que facilita la AEAT a tales efectos son los siguientes:

    Visualización de datos fiscales  Documentación y fichero de datos fiscales

  • Convocados los premios Talento Empleo

    Convocados los premios Talento Empleo

    “TalentoEmpleo” tiene como finalidad reconocer la labor de aquellas empresas y entidades, asentadas en el territorio Aragonés, que contribuyen a la creación de empleo estable y de calidad, así como al desarrollo de sus trabajadores, fomentando la actividad económica, la competitividad del territorio y la integración social. La iniciativa presentada en la última semana de junio está desarrollada de la mano de CEPYME Aragón junto con el Grupo San Valero y CEOE Aragón. El plazo para presentar presentar las candidaturas es  hasta el día 22 de septiembre.

    Las bases reconocen el empleo generado en el año 2022 en base a cuatro categorías:

    • Microempresa.
    • Pequeña y mediana empresa.
    • Gran empresas
    • Tercer sector (fundaciones, organizaciones sin ánimo de lucro, centros especiales de empleo, entidades de inserción social, etc

    Toda la información en la web del grupo San Valero

    https://www.gruposanvalero.es/talentoempleo

    En la edición anterior se alzaron con este reconocimiento: en la categoría de Micropymes, Ibersyd; en la categoría de Pequeñas y Medianas Empresas, Magaiz; en Grandes Empresas, Adidas y en la que engloba a las entidades del Tercer Sector, Atades. El acto de presentación ha contaba con la presencia de Miguel Marzo, presidente de CEOE Aragón; Mª Jesús Lorente, presidenta de CEPYME Aragón; César Romero, director general del Grupo San Valero.

  • Las empresas deberán acreditar las titularidades reales en el contexto de los fondos Next Generation

    Las empresas deberán acreditar las titularidades reales en el contexto de los fondos Next Generation

    Con motivo de la publicación de la Ley 13/2003, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias, se han venido publicando sucesivas notas interpretativas o informativas en la sede electrónica de la AEAT, dado el gran número de novedades que implica tal Ley.

    Toca ahora el informar sobre la exigencia de acreditación de las titularidades reales en el contexto de los fondos Next Generation (y el uso de la herramienta informática de análisis de conflictos de intereses, “MINERVA”):

     

    La modificación legal

     

    La Ley 13/2023, de 24 de mayo ha modificado el artículo 93 de la LGT, añadiendo una nueva letra e) en el apartado 1, y el artículo 95 de la LGT, añadiendo una nueva letra n) en el apartado 1.

    En virtud de esta modificación normativa, las entidades deberán proporcionar a la Administración tributaria la información referida a las personas físicas que son los titulares reales de las mismas, y la Administración tributaria podrá ceder cierta información en esta materia para ser utilizada en los procedimientos de análisis del conflicto de interés que deban realizarse en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa Next Generation EU, instrumento de estímulo económico financiado por la Unión Europea, en respuesta a la crisis sin precedentes causada por el coronavirus.

    Para la materialización de estas ayudas se creó el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, instrumento que pone a disposición de los 27 Estados miembros apoyo a través de transferencias directas y préstamos para incrementar las inversiones públicas y acometer reformas estructurales que contribuyan a la recuperación de la economía y el empleo y a abordar los principales retos económicos y sociales en los años post COVID-19.

    Dicho Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia exige a cada Estado miembro la elaboración de un Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    La aplicación del Mecanismo debe efectuarse en consonancia con el principio de buena gestión financiera, incluyendo la prevención y persecución efectiva del fraude, en particular, el fraude y la evasión fiscal, la corrupción y los conflictos de intereses.

    En cumplimiento de lo anterior, la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, reguló el procedimiento de análisis sistemático y automatizado del riesgo del conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, basándose en una herramienta informática bautizada como MINERVA, íntegramente desarrollada con los medios técnicos de la Agencia Tributaria.

    Esta herramienta verifica las relaciones existentes entre los miembros de los órganos de contratación y los órganos responsables de concesión de subvenciones, y los participantes en esas convocatorias, cuando los contratos o subvenciones sean financiados con los fondos Next Generation. Se trata con ello de prevenir situaciones en las que exista conflicto de interés.

    Para poder realizar el análisis de conflicto de interés ha sido necesario constituir una base de datos de titulares reales de personas y entidades jurídicas. Y es en este contexto, con objeto de mantener de una forma ágil y actualizada información de dichos titulares reales, en el que se ha modificado el artículo 93 de la LGT para solicitar que se comunique esta información en determinadas declaraciones tributarias.

    Lo anterior debe entenderse sin perjuicio de que la base nacional de titularidades reales se constituya por parte del Ministerio de Justicia, responsable a estos efectos, con la participación de Notarios y Registradores.

    Por su parte, la modificación del artículo 95 de la LGT permite levantar la reserva de los datos e informaciones manejados por la administración tributaria, para comunicar los resultados del análisis del conflicto de interés sobre titularidad real y vinculaciones de tipo familiar, a los responsables de las operaciones que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para que, en su caso, puedan adoptar las medidas de prevención del conflicto de interés que procedan.

    De esta forma se garantiza la gestión ágil y segura de los Fondos europeos mediante un adecuado análisis ex ante del conflicto de interés.

    Texto íntegro de la Ley

     

  • La mujer en la empresa y el relevo generacional, entre los objetivos estratégicos de CEPYME Aragón

    La mujer en la empresa y el relevo generacional, entre los objetivos estratégicos de CEPYME Aragón

    El pasado jueves 21 se reunió la junta directiva de CEPYME Aragón para abordar la actualidad del ecosistema económico que rodea a la PYME aragonesa, definir su línea estratégica y nombrar a tres vicepresidentes.

    En ese sentido, los participantes abordaron la problemática actual referente a la ausencia de trabajadores en, prácticamente, todos los sectores. Los miembros de la junta plantearon dos posibles soluciones. Por una parte, crear un modelo de políticas activas de empleo que reformule los requisitos de permanencia en el paro. Por otra, la posibilidad de aumentar el cupo de extranjería y facilitar legislativamente la contratación de especialistas foráneos.

    También se reflexionó sobre la incidencia de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en la economía, haciendo un especial hincapié en el impacto desigual que produce dependiendo del sector y del territorio. En ese sentido, CEPYME Aragón llama a la moderación ante casos como el de Teruel, donde la subida del SMI ha provocado un incremento del salario medio hasta el 87%, 27 puntos por encima de la recomendación de la Unión Europea que se sitúa en el 60%.

    Otro punto clave tratado en la reunión fue la trascendencia que adquirirán los informes no financieros a la hora de conseguir financiación y la necesidad de transmitir a las PYMES un modelo de actuación ante un cambio radical en los procesos de acceso a la financiación.

    Cabe mencionar que, además, se le trasladó al comité el documento de propuestas para la presidencia española al Consejo de la Unión Europea elaborado por CEPYME nacional.

    A efectos internos, se aprobó la liquidación de cuentas de 2022, el presupuesto para 2023 y la propuesta estratégica de CEPYME Aragón por el territorio, el emprendimiento, el relevo generacional y la mujer en la empresa.

    También se proclamaron tres vicepresidentes: Benito Tesier por Zaragoza, Fernando Luna por Huesca y Jesús Blasco por Teruel.

  • Estos son los días que debes marcar como festivos en el calendario de 2024

    Estos son los días que debes marcar como festivos en el calendario de 2024

    Este es el listado de fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2024 en la Comunidad Autónoma de Aragón, recogido en el  Decreto 93/2023, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón.

    Así pues, los trabajadores aragoneses podrán desconectar de la oficina los siguientes días: 

    1 de enero, lunes, Año Nuevo.

    6 de enero, sábado, Epifanía del Señor.

    28 de marzo, Jueves Santo.

    29 de marzo, Viernes Santo.

    23 de abril, martes, San Jorge, Día de Aragón.

    1 de mayo, miércoles, Fiesta del Trabajo.

    15 de agosto, jueves, Asunción de la Virgen.

    12 de octubre, sábado, Fiesta Nacional de España.

    1 de noviembre, viernes, Todos los Santos.

    6 de diciembre, viernes, Día de la Constitución Española.

    9 de diciembre, lunes, en sustitución de día 8, domingo, Inmaculada Concepción.

    25 de diciembre, miércoles, Natividad del Señor.

     

    A los efectos de cómputo de plazos, de acuerdo con el artículo 30.7, de  la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, serán días inhábiles las fiestas relacionadas en el artículo anterior  y – además –  las que se determinen como fiestas locales por la autoridad laboral competente de la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta del Pleno de los ayuntamientos correspondientes, pendientes de publicación oficial.

     

    Accede al Decreto

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