Blog

  • Recuerda que las empresas de menos de 3 trabajadores ya pueden pedir su bono digital de 3.000 euros

    Recuerda que las empresas de menos de 3 trabajadores ya pueden pedir su bono digital de 3.000 euros

     

    Red.es publica una resolución de modificación parcial de la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de pequeñas empresas de entre 0 y menos de 3 empleados (segmento III) que incluye novedades respecto a la convocatoria del mismo segmento que se publicó el 12 de octubre de 2022.

    No aplican estas modificaciones a las comunidades de bienes, sociedades civiles profesionales, sociedades civiles con actividad mercantil y explotaciones agrarias de titularidad compartida que pertenezcan al segmento III.

     

    Bonos de 3.000 euros para las microempresas y autónomos/as

     

    Esta modificación de la convocatoria recoge que la cuantía de los bonos para este segmento de empresas será de 3.000 euros.

    El formulario para solicitar esta nueva cuantía estará abierto a partir del 14 de junio a las 11 horas, a través de la sede electrónica de Red.es. El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto hasta el 31 de octubre de 2025 a las 11 horas.

    En la modificación se detallan los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, los plazos para consumir el bono, el modelo de declaración de conformidad, entre otros detalles de la ayuda.

     

    ¿Cómo solicitar la ayuda?

     

    Para solicitar la ayuda, las empresas deberán primero registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital, a continuación, consultar la información disponible de las soluciones de digitalización en el catálogo y finalmente, solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.

    Para aquellas empresas del segmento III que han sido beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por un importe de 2.000 euros, y que no se haya extinguido por renuncia o por cualquier otra causa que diera lugar a ello, podrán solicitar los 1.000 euros adicionales mediante una declaración de conformidad a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.

    Tanto si la entidad es nueva solicitante como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses a contar desde la concesión.

    Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

     

    Nueva categoría de solución: Puesto de Trabajo Seguro

     

    Las microempresas y autónomos/as podrán adquirir una o varias soluciones de digitalización de las previstas en el catálogo: sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico; la gestión de clientes; servicios y herramientas de oficina virtual, inteligencia empresarial y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras, y ciberseguridad, presencia avanzada en internet, Marketplace y la nueva solución «Puesto de trabajo seguro»

    La solución «Puesto de trabajo seguro» incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X, de Ciberseguridad, además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo.

    Con esta categoría se pretende favorecer la automatización de tareas, la gestión eficiente de los datos y la comunicación fluida. El objetivo es mejorar la productividad y la competitividad de este segmento en un entorno seguro.

    La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa junto con monitor nuevos, que deberán cumplir unos requisitos que recoge la Orden de Bases.

    Con el objetivo de seguir contribuyendo a que las microempresas y autónomos/as continúen su proceso de transformación digital, las nuevas empresas beneficiarias que quieran formalizar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización de la Categoría de «Puesto de trabajo seguro», deberán haber formalizado y tener validado previamente uno o más Acuerdos de cualquier otra de Solución del catálogo.

    En el caso de la solución de Puesto de Trabajo Seguro, una vez implantada, y completado el periodo de 12 meses de prestación del servicio, el agente digitalizador deberá informar a la entidad beneficiaria del valor residual del equipo. Este valor será como máximo del 15% del importe del valor del Acuerdo firmado. En caso de que la empresa beneficiara quisiera quedarse con el equipo, pasados los 12 meses de servicio, deberá abonar esa cantidad.

     

    ¿Quiénes son agentes digitalizadores?

     

    Actualmente, el catálogo de agentes digitalizadores está compuesto por más de 10.800 agentes digitalizadores adheridos. El plazo de adhesión continuará abierto durante toda la duración del Programa, por lo que el catálogo se irá ampliando según se vayan resolviendo las solicitudes.

    Desde que se publicaron la modificación de las bases, los agentes digitalizadores adheridos han podido actualizar su oferta de soluciones en el Catálogo y los que no lo eran puede adherirse por primera vez , ya que la adhesión como agentes digitalizadores estará abierta durante toda la duración del Programa.

    Los agentes digitalizadores son los únicos habilitados para suscribir “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización” con las empresas beneficiarias de las ayudas del programa Kit Digital y titulares del bono digital, y podrán colaborar en el proceso de solicitud de las ayudas siendo también representantes voluntarios, así como en las actuaciones de control que se deriven de las mismas.

    Además, serán ellos los que presenten toda la documentación justificativa y los que reciban el pago del bono digital cedido por el beneficiario, una vez se haya aceptado su justificación.

    Resolución completa

  • Descárgate el Boletín Informativo PRL de CEPYME Aragón del mes de junio

    Descárgate el Boletín Informativo PRL de CEPYME Aragón del mes de junio

     

    CEPYME Aragón, con la financiación del Gobierno de Aragón, ha publicado el Boletín Informativo PRL correspondiente al mes de junio de 2024, esta acción se encuadra en el marco de las acciones en materia de prevención de riesgos laborales desarrolladas por la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME ARAGÓN) en virtud de la Orden de la Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, correspondientes a 2023.

    Este Boletín informativo que se edita de forma mensual contiene información sobre guías, publicaciones, e información de interés y trata de ser una herramienta de apoyo a la actividad preventiva, contribuya al fomento de la cultura preventiva y permita implantar la prevención de riesgos laborales de forma eficaz y eficiente.

    En el se incluye información actualizada sobre temas relacionados con la prevención de riesgos laborales, incluyendo información técnica y jurídica en materia preventiva, seguridad y salud laboral, higiene industrial, ergonomía, etc.

    A través de estos boletines pretendemos proporcionar a las empresas especialmente pymes y las personas trabajadoras información actualizada sobre prevención de riesgos laborales y apoyar en la gestión de la seguridad y salid en el trabajo en las pymes facilitando su gestión diaria.

    Descargar

  • Calendario contribuyente. Julio 2024

    Calendario contribuyente. Julio 2024

     

    • 01-07-2024  Hasta el 1 de julio
      • Declaraciones informativas
      • Impuestos especiales y medioambientales
      • IVA
      • Renta y patrimonio
    • 12-07-2024  Hasta el 12 de julio
      • Intrastat
    • 22-07-2024  Hasta el 22 de julio
      • Aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una CCAA
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto sobre las Primas de Seguros
      • Impuesto especiales y medioambientales
      • IVA
      • Renta y sociedades
    • 25-07-2024  Hasta el 25 de julio
      • Declaraciones informativas
      • Impuesto sobre sociedades
    • 31-07-2024  Hasta el 31 de julio
      • Declaraciones informativas
      • Impuesto sobre determinados servicios digitales
      • Impuesto sobre depósitos en las entidades de crédito
      • Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas
      • IVA
      • Número identificación fiscal

    Fuente: AEAT

  • Subvenciones para el traslado de biorresiduos en Teruel

    Subvenciones para el traslado de biorresiduos en Teruel

     

    Se convocan subvenciones para el traslado de biorresiduos de origen doméstico a plantas de tratamiento anaeróbico de estiércoles fluidos, en la provincia de Teruel, para el año 2024.

    La finalidad de la subvención consiste en minimizar el impacto ambiental de los estiércoles fluidos, subvencionando la adquisición de medios de transporte de los biorresiduos a plantas de digestión anaeróbica de estiércoles fluidos.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de esta subvención las empresas privadas (personas físicas o jurídicas) que, en el momento de la solicitud, tengan su sede social en la provincia de Teruel.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Podrá ser objeto de subvención la adquisición de medios de transporte para trasladar los biorresiduos de origen doméstico recogidos separadamente hasta las plantas de tratamiento anaeróbico que traten estiércoles fluidos. Tanto los puntos de recogida de los biorresiduos como las plantas de tratamiento de estiércoles deben estar ubicados en la provincia de Teruel.

    No podrán ser objeto de subvención las adquisiciones de bienes ya realizadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

     

    Cuantía

     

    El gasto subvencionable será el 80% de la inversión auxiliable condicionado a la existencia de crédito disponible.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 12 de julio de 2024.

    Más información

  • Ayudas al pequeño comercio de Teruel

    Ayudas al pequeño comercio de Teruel

     

    Se convocan ayudas con destino a iniciativas empresariales de inversión y mejora en el pequeño comercio de la provincia de Teruel correspondientes al Programa de apoyo a la competitividad de las Pymes de comercio minorista aragonés.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (Pymes) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles. Obligatoriamente deberán poseer y realizar su actividad comercial en un establecimiento físico permanente, inscrito en el Registro de Actividades Comerciales de Aragón.

    La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

    • 641
    • 642
    • 643
    • 644
    • 645
    • 647.1
    • 647.2
    • 647.3
    • 647.4
    • 651
    • 652.2
    • 652.3
    • 652.4
    • 653
    • 654.1
    • 657
    • 659
    • 661.3
    • 662.2.

    Solo podrá ser beneficiario de la ayuda prevista para la implantación del marketing digital o del comercio electrónico el solicitante que además de cumplir los requisitos previstos en este apartado sea titular de al menos un establecimiento incluido en el Registro de Actividades Comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón. 

     

    Actuaciones subvencionables

     

    La realización de obras o reformas para la apertura de un nuevo local comercial o para su modernización, ampliación o acondicionamiento y el equipamiento de locales comerciales

    En el caso de que en un mismo establecimiento se realice más de una actividad económica, la zona dedicada exclusivamente a tienda debe poderse identificar visualmente de manera clara y precisa o hallarse separada de las áreas del local dedicadas a otras actividades (bar, restaurante, peluquería u otros) por tabiques, biombos, estanterías o similares.

     

    La inversión destinada al marketing digital o al comercio electrónico de la Pyme del sector del comercio minorista

    En cualquier caso, la venta online proporcionará información de identificación de la empresa y, en su caso, de las condiciones de venta y de envío de los productos, de conformidad con el artículo 10 de la Ley de 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

     

    Gastos subvencionables

     

    Respecto a la realización de obras o reformas:

    • Obras y todo tipo de instalaciones para la construcción o modernización de un establecimiento comercial (albañilería, fontanería, carpintería, pintura, remodelación y reforma de la fachada, instalaciones eléctricas, de climatización, sistemas de seguridad y vigilancia y actuaciones de eficiencia energética…).
    • Rótulos, toldos y marquesinas exteriores.
    • Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas discapacitadas.

    Conceptos excluidos:

    • La compra de locales o las opciones de compra.
    • La instalación y compra de placas fotovoltaicas.
    • El pago de los derechos de traspaso.
    • Estudios y proyectos de reforma y adecuación.
    • Adquisiciones de terreno y derechos reales.
    • Edificaciones de locales y las obras e instalaciones complementarias y accesorias a los elementos estructurales de la edificación, tales como escaleras, montacargas, ascensores, o altillos

     

    Respecto al equipamiento de locales comerciales:

    • Mobiliario destinado a la presentación de los productos: escaparates, mostradores, paneles, estanterías, vitrinas e islas expositoras (incluidas las refrigeradas), tarimas, percheros, etc. en la sala de ventas y exposición.
    • Mobiliario destinado a la custodia de los productos en el almacén del local comercial con un importe máximo de 10.000 euros.
    • Cámaras frigoríficas en el almacén del local comercial destinadas a productos perecederos objeto de la actividad comercial con un importe máximo de 20.000 euros.
    • Adquisición de terminales de punto de venta, así como el software necesario para su funcionamiento; adquisición de lectores de códigos de barras, lectores de bandas magnéticas e imprenta de tickets.
    • Balanzas digitales.
    • Ordenadores y periféricos destinados a aplicaciones de la gestión comercial: contabilidad, facturación, almacén, automatización de ventas, marketing digital y venta online.
    • Equipamiento específico para el desarrollo de la actividad comercial.

    Conceptos excluidos:

    • Vehículos.
    • Las compras de mercancías objeto de la comercialización.
    • Equipamiento específico para el desarrollo de actividades de servicios o fabricación vinculadas a la actividad comercia

     

    Respecto a la digitalización y comercio electrónico:

    La adquisición, implantación, actualización y mejora de herramientas software de marketing digital o de comercio electrónico.

     

    Cuantía

     

    El porcentaje máximo de ayudas a conceder sobre la inversión subvencionable será:

    • La ayuda para realización de obras o reformas para la apertura de un nuevo local comercial o para su modernización, ampliación o acondicionamiento y el equipamiento de locales comerciales: hasta el 80% de la inversión subvencionable.
    • La ayuda para la inversión en marketing digital o del comercio electrónico a la Pyme del sector del comercio minorista, hasta el 80 % de la inversión subvencionable.
    • En todos los casos, el IVA está excluido.

    Si la disponibilidad presupuestaria fuera suficiente para poder dar el máximo de ayuda a todas las solicitudes favorables presentadas, se les dará el máximo porcentaje permitido.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 21 de julio de 2024.

    Más información

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies