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  • Los agentes sociales se reúnen con Mar Vaquero para plasmar en medidas concretas el compromiso del pasado mes de octubre

    Los agentes sociales se reúnen con Mar Vaquero para plasmar en medidas concretas el compromiso del pasado mes de octubre

     

    La vicepresidenta segunda y consejera de Economía, Empleo e Industria del Gobierno de Aragón, Mar Vaquero, y el director general de Trabajo, Jesús Divasson, se ha reunido con CEPYME Aragón, CEOE Aragón, CCOO Aragón y UGT  Aragón con el objetivo de consensuar medidas concretas que permitan desarrollar el acuerdo institucional de la Mesa del Diálogo Social del pasado 23 de octubre.

    El encuentro ha puesto el foco en el empleo mediante una colaboración estrecha con el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM), en la formación para generar los perfiles profesionales que demandan y necesitan las empresas de la comunidad y en la prevención de riesgos laborales.

    Con respecto a esta última área de actuación, el director general de Trabajo ha especificado que el plan de choque para combatir la siniestralidad pasa por acciones que complementarán la Estrategia Aragonesa de Salud y Salud Laboral, y en el Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral. Se van a centrar en priorizar medidas a desarrollar en el 2024 como seguridad vial, formación de prevención en escuelas y, entre otras, una campaña institucional conjunta de sensibilización para reducir la siniestralidad laboral.

    La mesa del Diálogo Social está encabezada por el presidente del Gobierno de Aragón, Jorge Azcón, los agentes sociales que apuesta por un modelo productivo competitivo e innovador que genere riqueza y pleno empleo de calidad en todo el territorio, el aumento de la cohesión social para reducir la desigualdad, la revisión de los procedimientos administrativos para la reducción de los trámites innecesarios y el fomento de la actividad económica como medio para crear riqueza y empleo.

  • Descárgate el Boletín Informativo PRL de CEPYME Aragón

    Descárgate el Boletín Informativo PRL de CEPYME Aragón

     

    CEPYME Aragón, con la financiación del Gobierno de Aragón, ha publicado el Boletín Informativo PRL correspondiente al mes de enero de 2024, una acción que se encuadra en el marco de las acciones en materia de prevención de riesgos laborales desarrolladas por la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa en virtud de la Orden de la Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, correspondientes a 2023.

    Este Boletín informativo, que se edita de forma mensual, contiene información sobre guías, publicaciones, e información de interés y trata de ser una herramienta de apoyo a la actividad preventiva y que contribuya al fomento de la cultura preventiva y permita implantar la prevención de riesgos laborales de forma eficaz y eficiente.

    Incluye información actualizada sobre temas relacionados con la prevención de riesgos laborales, información técnica y jurídica, con seguridad y salud laboral, higiene industrial, ergonomía, etc.

    A través de estos boletines pretendemos proporcionar a las empresas, especialmente pymes, y las personas trabajadoras información actualizada sobre prevención de riesgos laborales y apoyar en la gestión de la seguridad y la salud en el trabajo facilitando su gestión diaria.

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  • Calendario contribuyente. Febrero 2024

    Calendario contribuyente. Febrero 2024

     

    • 12-02-2024  Hasta el 12 de febrero
      • Intrastat
    • 20-02-2024  Hasta el 20 de febrero
      • Declaraciones informativas
      • Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito
      • Gravamen temporal energético
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto sobre las Primas de Seguros
      • Impuestos especiales y medioambientales
      • IVA
      • Número de identificación fiscal
      • Renta y sociedades
    • 29-02-2024  Hasta el 29 de febrero
      • Autoliquidación de la aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una comunidad autónoma
      • Declaraciones informativas
      • Impuesto especiales y medioambientales
      • IVA
      • Impuesto sobre sociedades

    Fuente: AEAT

  • ¿Tu comercio cumple la normativa de bolsas de plástico?

    ¿Tu comercio cumple la normativa de bolsas de plástico?

     

    Se recuerda por las autoridades de Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en previsión de posible campaña de inspección sobre el tema, el cumplimiento por parte de las empresas y comercios de las obligaciones previstas en el RD 293/2018 sobre reducción del consumo de bolsas de plástico

     

    Objetivo de la norma

     

    El citado real decreto, del año 2018, tiene por objeto, además de la creación de un Registro de Productores de Productos, el adoptar medidas para reducir el consumo de bolsas de plástico, con la finalidad de prevenir y reducir los impactos adversos que los residuos generados por dichas bolsas de plástico, siendo su ámbito de aplicación todas las bolsas de plástico puestas en el mercado en el territorio del Estado, así como los residuos generados por dichas bolsas.

     

    A partir del 1 de julio de 2018

     

    a) Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado.

    b) En el caso de la excepción para las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras prevista en el apartado anterior, los comerciantes deberán disponer de documentación proporcionada por el fabricante que acredite dicho porcentaje.

    c) Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor (En el anexo I de la norma se indicaban unos precios de referencia)

    d) Asimismo, los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones contenida en los apartados anteriores. 

    Descargar cartel

     

    A partir del 1 de enero de 2020

     

    a) Se prohíbe la entrega a los consumidores, en los puntos de venta de bienes o productos, de bolsas de plástico fragmentables.

    b) Las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 50 % de plástico reciclado.

     

    A partir del 1 de enero de 2021

     

    Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable. Los comerciantes podrán también optar por otros formatos de envase para sustituir a las bolsas de plástico.

    Esta última obligación constituye la fase final de todo el período transitorio expuesto, que ha ido incrementando las obligaciones / prohibiciones para el uso de las bolsas de plástico. En la actualidad, desde el 1 de enero de 2021 y como resumen:

    • Las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras deben ser compostables, estando exceptuadas de su cobro únicamente las bolsas de plástico compostable muy ligeras (de menos de 15 micras de espesor) que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel; las bolsas de plástico compostable ligeras (15-50 micras), deben cobrarse desde el 1 de julio de 2018.
    • Las bolsas de un espesor igual o superior a las 50 micras entregadas a los consumidores deben contener un porcentaje mínimo de 50% de plástico reciclado.
    • Deben cobrarse las bolsas de espesor igual o superior a 50 micras con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado pero inferior al 70%, pudiendo dispensarse gratuitamente las que tengan un porcentaje igual o superior al 70% de plástico reciclado.
    • Están prohibidas todas las bolsas de plástico fragmentable, independientemente de cuál sea su espesor.

     

    Todas las medidas expuestas afectan tanto a las bolsas de plástico que se entreguen en los puntos de venta de bienes o productos como a las que puedan suministrarse en la venta online, así como a las entregadas a domicilio. Se excluyen los sobres de plástico empleados para las ventas a distancia, si bien éstos deberán ser considerados envases de acuerdo con la Ley 11/1997, de 24 de abril.

    Por su parte, y en lo que a los productores compete, se exige el marcado de las bolsas de plástico compostables que se pongan en el mercado del territorio nacional, de acuerdo con la normativa europea de aplicación.

     

    Definiciones

     

    Además de las definiciones contenidas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases, y en el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, a efectos de lo dispuesto en este real decreto se entenderá por:

    a) «plástico»: un polímero en el sentido del artículo 3.5, del Reglamento (CE) n.º 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, al que pueden haberse añadido aditivos u otras sustancias, y que puede constituir un componente estructural principal de las bolsas;

    b) «bolsas de plástico»: bolsas, con o sin asa, hechas de plástico, proporcionadas a los consumidores en los puntos de venta de bienes o productos, lo que incluye la venta online y la entrega a domicilio;

    c) «bolsas de plástico ligeras»: bolsas de plástico con un espesor inferior a 50 micras;

    d) «bolsas de plástico muy ligeras»: bolsas de plástico con un espesor inferior a 15 micras, que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel, como fruta, legumbre, carne, pescado, entre otros, cuando su uso contribuye a prevenir el desperdicio de estos alimentos;

    e) «bolsas de plástico fragmentable»: bolsas de plástico fabricadas con materiales plásticos que incluyen aditivos que catalizan la fragmentación del material plástico en microfragmentos. Se incluye en el concepto de plástico fragmentable tanto el plástico oxofragmentable como el fotofragmentable, el termofragmentable y el hidrofragmentable;

    f) «bolsas de plástico compostables»: bolsas de plástico que cumplan los requisitos de la norma europea vigente EN 13432:2000 «Envases y embalajes. Requisitos de los envases y embalajes valorizables mediante compostaje y biodegradación. Programa de ensayo y criterios de evaluación para la aceptación final del envase o embalaje» y en sus sucesivas actualizaciones, así como las bolsas de plástico que cumplan los estándares europeos o nacionales de biodegradación a través de compostaje doméstico;

    g) «fabricante de bolsa de plástico»: aquél que ponga en el mercado nacional bolsas de plástico terminadas. Tendrán también la condición de fabricantes los importadores de bolsas de plástico terminadas.

    Real Decreto completo

  • CEPYME Aragón insiste en que la incertidumbre sigue marcando el corto plazo

    CEPYME Aragón insiste en que la incertidumbre sigue marcando el corto plazo

     

    Según la Encuesta de Población Activa (EPA), publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), la población activa de Aragón en el cuarto trimestre de 2023 ha subido un 2,49% respecto a 2022 y la población ocupada ha crecido un 4,25%. Así la cifra total de desempleados en Aragón es de 51.800, 8.800 personas menos que el año anterior, y la tasa de paro es del 7,85%, la tercera tasa más baja de España, por detrás de País Vasco y Cantabria.

    Los datos intertrimestrales, sin embargo, no son positivos ya que el paro ha aumentado un 3,12% respecto al trimestre anterior debido, entre otros motivos, a que la población activa ha crecido por encima del empleo.

    Recordamos que las personas que han perdido su empleo no son contabilizadas como parados, sino como inactivos, así como que las personas demandantes de empleo con contratos fijos discontinuos tampoco computan en el paro.

    La presidenta de CEPYME Aragón, María Jesús Lorente, ha señalado que “Aragón, como Comunidad, sigue estando por encima de la media nacional en tasa de paro, algo que siempre es positivo y demuestra el esfuerzo de nuestro tejido empresarial, pero hay que ser muy prudentes porque hemos terminado el cuarto trimestre del año con más parados que el tercer trimestre”.

    CEPYME Aragón recuerda que el 99,9% del tejido empresarial aragonés está formado por PYMES y autónomos de los que el 95,43% son empresas con menos de 10 trabajadores. Asimismo, son las PYMES y los autónomos los que crean 7 de cada 10 empleos generados en nuestra Comunidad.

    2023 ha sido un año complicado para las empresas, especialmente las pymes y los autónomos. Se ha pasado por un nuevo conflicto bélico o un IPC por las nubes, y los datos demuestran que se terminó con la misma incertidumbre que empezó. El año que arrancamos se presenta igualmente difícil con nuevos costes como la subida del SMI o el incremento de la cotización a la Seguridad Social; a lo que, además, hay que añadir la propuesta de reducir la jornada laboral”, ha señalado Lorente. “El Gobierno debe darse cuenta de que este tipo de decisiones suponen un gran impacto para los pequeños empresarios“, ha concluido.

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